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Documento BOE-A-2007-10283

Resolución de 16 de mayo de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convoca el XX Certamen «Jóvenes Investigadores», 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2007, páginas 21894 a 21896 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-10283

TEXTO ORIGINAL

Enmarcados en la promoción del interés por la investigación científica, se han celebrado diecinueve ediciones del Certamen «Jóvenes Investigadores», organizados por el Instituto de la Juventud (Injuve-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y la Dirección General de Universidades (Ministerio de Educación y Ciencia). Con esta iniciativa, la Administración General del Estado trata de despertar vocaciones investigadoras entre los jóvenes estudiantes de Enseñanza Secundaria, de Bachillerato, de Enseñanza Superior no graduados y de miembros de distintas asociaciones, además de mejorar la cultura científica y fomentar la actitud racional crítica en la juventud de nuestro país, incorporando al menos una parte de la experiencia directa en el proceso de generación del conocimiento. La experiencia acumulada en las anteriores convocatorias y la positiva aceptación de la iniciativa en el ámbito juvenil, aconsejan proseguir la actividad convocando el XX Certamen «Jóvenes Investigadores» que continúa contando con la colaboración destacada del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Universidad Politécnica de Madrid y, en esta ocasión, de la Universidad de Málaga. Por otra parte, este Certamen tiene su continuación en el Certamen Europeo de Jóvenes Investigadores, organizado desde 1989 por la Comisión Europea, en el que participan los mejores trabajos premiados en el certamen nacional. El Certamen se regirá por la Orden PRE/1304/2007, de 8 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de los premios del Certamen «Jóvenes Investigadores». También será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de general aplicación. En virtud de la habilitación dispuesta en la disposición adicional única de la Orden PRE/1304/2007, corresponde a esta Secretaría de Estado la convocatoria anual del Certamen. Por todo ello y en uso de dichas atribuciones, he resuelto publicar la presente convocatoria:

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

1.1 La finalidad de esta convocatoria es despertar vocaciones investigadoras entre los y las jóvenes estudiantes de Enseñanza Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza Superior no graduados/as y miembros de distintas asociaciones o clubes juveniles debidamente constituidos, además de mejorar la cultura científica y fomentar la actitud racional crítica en la juventud de nuestro país, incorporando al menos una parte de la experiencia directa en el proceso de generación del conocimiento.

1.2 Para llevar a cabo dicho fin la presente convocatoria promueve la investigación entre los jóvenes mediante la concesión de premios a trabajos realizados sobre investigaciones básicas o aplicadas, o prototipos relacionados con cualesquiera de las áreas del currículo de enseñanzas medias o de las áreas científico tecnológicas definidas en los planes de estudio universitarios.

2. Premios que se convocan

2.1 Se convocan los siguientes premios: Un premio Mención Especial del Jurado de 6.000,00 euros, al trabajo que reúna en grado sumo los méritos incluidos en el artículo 7.1 de esta Orden.

Un premio especial de 6.000,00 euros, en conmemoración del «Año de la Ciencia». Hasta un máximo de siete primeros premios de 5.000,00 euros cada uno. De estos siete premios, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Hasta un máximo de ocho segundos premios de 3.000,00 euros cada uno. De estos ocho premios, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Un premio especial de Química, de 5.000,00 euros, para conmemorar el centenario durante el año 2007 del fallecimiento de Dimitri Mendeleiev, descubridor de la tabla periódica de los elementos, al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas relacionadas con la Química. Un premio especial de 5.000,00 euros, dotado por la Universidad Politécnica de Madrid, al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas de Ingeniería y Tecnología. Un premio especial de 3.000,00 euros, dotado por la Universidad de Málaga. Diez accésit de 1.000,00 euros cada uno. De estos accésit, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Seleccionar a los participantes en la XX edición del Certamen Europeo de Jóvenes Investigadores que se celebrará en una capital europea en septiembre del año 2008. Concesión, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, de hasta un máximo de diez estancias, de dos semanas de duración en sus Centros de Investigación. Al finalizar la estancia deberán presentar una memoria del trabajo realizado, con el visto bueno del responsable de la investigación en el Centro. La memoria será evaluada por un Comité formado por tres expertos designados por el Presidente del CSIC, quien presidirá el Comité. El Comité valorará la calidad científica del trabajo en cuanto a metodología y resultados, aprovechamiento de la estancia, así como su influencia en el desarrollo posterior de los estudios del participante y elevará, antes del 31 de octubre de 2007, la propuesta de concesión del premio a la Dirección General de Universidades. Los Directores Generales del Instituto de la Juventud y de la Dirección General de Universidades, a la vista de la propuesta efectuada por el Comité, concederán un premio de 3.000,00 euros a la memoria mejor evaluada, que será pagado por resolución de la Dirección General de Universidades. Los gastos de viaje y estancia de los miembros de los equipos investigadores en los institutos del CSIC y los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, correrán a cargo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Igualmente el CSIC suscribirá una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor y de los miembros de los equipos, en aquellos casos en que se carecieran de ella, durante su estancia en estos centros de investigación. Un máximo de cinco premios, de 3.000,00 euros cada uno, a los y las profesores/as coordinadores/as, cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable, en aras del fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. Un premio especial de 6.000,00 euros al Centro Docente, Asociación o Club Juvenil cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable en aras del fenómeno de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. Este premio se concederá exclusivamente para ser utilizado en la financiación de laboratorios de investigación u otros equipamientos. Una Mención de Honor, a la o las personas o institución que, a juicio del Jurado, haya destacado en las labores de fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud.

2.2 El importe de los premios concedidos a los trabajos galardonados será distribuido equitativamente y abonado a cada uno de los autores. Los premios a los profesores coordinadores se abonarán a sus titulares y el premio al Centro docente se transferirá al centro premiado.

2.3 Todos y cada uno de los premios podrán ser declarados desiertos. 2.4 Los premios estarán exentos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que el Departamento de Gestión Tributaria resuelva favorablemente dicha exención. No obstante, en el caso del premio de 3.000,00 euros a la memoria mejor evaluada entre las presentadas por los grupos que hayan sido seleccionados para realizar una estancia en el CSIC, no será aplicable dicha exención.

3. Créditos presupuestarios y distribución del gasto del presupuesto del programa

3.1 Los gastos que genere la concesión de los diferentes premios se imputarán a la asignación presupuestaria 18.07.463A.781 del Ministerio de Educación y Ciencia, y los gastos de organización del Certamen a la 19.201.232A.226.06 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El gasto máximo estimado con cargo al Ministerio de Educación y Ciencia es de 127.000,00 € con cargo al ejercicio 2007 y 3.000,00 € al ejercicio 2008. El gasto máximo estimado con cargo al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es de 60.000,00 euros. 3.2 El abono de las cantidades comprometidas para ejercicios futuros queda condicionado a la existencia de dotación adecuada y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente y se harán efectivas con cargo a los créditos presupuestarios mencionados o a los que los sustituyan en ejercicios futuros. 3.3 Los gastos originados por la realización y desarrollo del Certamen y Congreso de «Jóvenes Investigadores 2007» serán asumidos de la siguiente forma:

a) Por la Dirección General de Universidades, los imputables a los premios así como las bolsas de viaje, de hasta 500 euros cada una, en función de la distancia desde el centro de origen, para los profesores/as o coordinadores/as, como consecuencia de su asistencia al Congreso.

b) Por el Instituto de la Juventud, los atribuidos a la difusión de la convocatoria del certamen y a la publicación de las Actas del Congreso, así como los producidos por la realización y desarrollo del Congreso. Los gastos de viaje y estancia de los autores de los trabajos seleccionados, así como la estancia de los/las profesores/as o coordinadores/as serán costeados igualmente por el Instituto de la Juventud. c) Por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los derivados de los equipos premiados con estancias de dos semanas de duración en sus Centros de Investigación. d) Por la Universidad Politécnica de Madrid y por la Universidad de Málaga los imputables a los Premios Especiales de ambas universidades.

4. Condiciones y requisitos para solicitar la participación

4.1 Podrán tomar parte en este Certamen, de forma individual o colectiva, hasta un máximo de 5 personas, los y las jóvenes de nacionalidad española y todos y todas aquellos y aquellas ciudadanos/as legalmente establecidos/as en España, con edades comprendidas entre los 15 y 20 años, cumplidos estos últimos a lo largo del año 2007.

4.2 Tanto los equipos, como los participantes a título individual, deberán ser coordinados por un profesor/a del Centro al que pertenezcan o, en caso de Asociaciones o Clubes Juveniles, por alguna persona que ejerza funciones de animación o dirección en los mismos, en cualquier caso diferente de los participantes, que realizará funciones de supervisión de los trabajos.

5. Solicitudes, documentación a aportar y plazo de presentación

5.1 Las personas que deseen tomar parte en este Certamen deberán presentar:

1. El formulario del «Boletín de inscripción del trabajo», cuyo modelo se puede obtener en las páginas web http://www.mec.es/universidades/ji y http://www.injuve.mtas.es, debidamente cumplimentado.

Caso de no autorizar al Instituto de la Juventud la consulta de sus datos de identificación, según Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, el/la participante deberá presentar fotocopia del documento nacional de identidad, en el caso de ser solicitantes españoles, o fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España, en el resto de los casos. 2. Un trabajo consistente en investigaciones básicas o aplicadas, o prototipos relacionados con cualesquiera de las áreas del currículo de enseñanzas medias o de las áreas científico tecnológicas definidas en los planes de estudios universitarios. Deberán ser originales e inéditos y su lengua de redacción deberá ser conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, constituyendo una investigación completa en si misma. Los trabajos que impliquen experimentación animal, deberán atenerse a lo dispuesto en la normativa vigente y, en particular, en el Real Decreto 1201/2005, sobre protección de animales utilizados para experimentación y otros fines científicos. 3. Una descripción resumida del trabajo, redactada en castellano, de acuerdo con las siguientes características y partes:

a) Datos personales de los y las participantes y coordinadores/as, Centro de Estudios, Asociación o Club Juvenil, teléfono, correo electrónico y dirección postal completa de los mismos.

b) Título del trabajo. c) Breve resumen de la investigación (máximo 500 palabras). d) Antecedentes e investigaciones previas sobre el tema (1.000 palabras). e) Objetivo de la investigación (1.000 palabras). f) Metodología empleada (500 palabras). g) Resultados obtenidos (1.000 palabras). h) Referencias bibliográficas consultadas más importantes (500 palabras). i) Información gráfica mínima que se considere imprescindible. j) Currículo del coordinador/a del trabajo.

5.2 Los anteriores documentos se presentarán en el Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, pudiendo hacerlo directamente en el Registro General de dicho Instituto o por cualquiera de los medios establecidos por el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Proceso Administrativo Común.

5.3 El plazo para dicha presentación será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». 5.4 En el supuesto de documentación incompleta se requerirá al coordinador/a responsable del trabajo presentado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Órganos competentes

6.1 Los órganos colegiado y concedente serán los señalados en el artículo 6 de la Orden de Bases Reguladoras.

6.2 El órgano instructor estará formado por personal adscrito al Instituto de la Juventud y a la Dirección General de Universidades. Por parte de la Dirección General de Universidades, la instrucción del procedimiento será competencia de la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado. 6.3 El órgano instructor contará, para el correcto desarrollo del certamen, con la colaboración de una Dirección Científica, que podrá asesorar a los coordinadores de los participantes inscritos, a través de recomendaciones básicas que faciliten la presentación del trabajo de investigación realizado. Esta figura será nombrada por las Direcciones Generales de Universidades y del Instituto de la Juventud. 6.4 El Jurado, cuya composición se hará publica en los tablones de anuncios de la Dirección General de Universidades y del Injuve, así como en las páginas web de ambos organismos: http://www.mec.es/universidades/ji y http://www.injuve.mtas.es, estará compuesto por un máximo de diez especialistas, designados por las Direcciones Generales de Universidades y del Instituto de la Juventud, de los que dos serán investigadores del CSIC, designados a propuesta del Presidente de este organismo. 6.5 El Jurado, como órgano colegiado estará auxiliado por un cuerpo de evaluadores, nombrados por la Dirección General de Universidades, expertos en las diferentes materias objeto de los de los diversos trabajos o investigaciones. 6.6 Dicho órgano, teniendo en cuenta la evaluación de los expertos, será el encargado de efectuar la selección de los trabajos que serán presentados en el XX Congreso de «Jóvenes Investigadores 2007» y en dicho Congreso propondrá la concesión de los premios al órgano concedente.

7. Criterios de valoración y selección

7.1 El Jurado, como órgano colegiado, efectuará el proceso de selección en régimen de concurrencia competitiva, asistido por un equipo de evaluadores que realizarán la evaluación científica de los trabajos presentados de conformidad con los siguientes criterios de valoración: Como criterio fundamental, el Jurado valorará la originalidad de los trabajos, así como los planteamientos teóricos, los objetivos planteados, la metodología utilizada, la claridad de exposición y las conclusiones y su análisis. Asimismo valorará la utilización de recursos propios y la autonomía de la gestión y realización del trabajo por los jóvenes participantes.

7.2 La presencia de afirmaciones o posiciones racistas o sexistas, serán motivo inapelable de descalificación de los trabajos. 7.3 El Jurado, atendiendo a las evaluaciones científicas, seleccionará, antes del 31 de julio de 2007, hasta un máximo de 40 trabajos, que participarán en un Congreso que se celebrará durante los meses de septiembre u octubre de 2007, en el Centro Eurolatinoamericano de Juventud (Mollina, Málaga), en el que los participantes seleccionados deberán presentar sus trabajos en forma de comunicación oral, y al que habrán de asistir la totalidad de los autores. 7.4 El dictamen final se realizará por el Jurado tras la celebración del Congreso, teniendo en cuenta la evaluación realizada en la selección previa, el informe del Director Científico y la calidad de las comunicaciones orales y exposiciones gráficas de los trabajos. El fallo del Jurado se hará público en el acto de clausura del Congreso.

8. Resolución y notificación

8.1 El plazo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de los premios concluirá al mes siguiente de la clausura del Congreso de Jóvenes Investigadores 2007.

8.2 La concesión se efectuará por resolución de la Dirección General de Universidades, oído el Instituto de la Juventud y de conformidad con el fallo emitido por el Jurado. 8.3 La resolución de concesión contendrá la relación de los adjudicatarios de los premios, así como la desestimación del resto, y en su caso los premios que se hayan declarado desiertos. La resolución se hará pública en la página web http://www.mec.es/universidades/ji y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

9. Recursos

9.1 La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

10. Pago de los premios y de las bolsas de viaje

10.1 El pago de los premios y de las bolsas de viaje de los profesores/as o coordinadores/as se hará a los interesados, en el plazo de uno o dos meses a contar desde la fecha en que se efectúe la correspondiente resolución de concesión de la Dirección General de Universidades.

10.2. Los beneficiarios de los premios de este Certamen, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, habrán de aportar a la Dirección General de Universidades una declaración responsable de no estar incurso en los supuestos y prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados anteriormente mencionados.

11. Difusión de los trabajos

11.1 El Instituto de la Juventud editará los resúmenes de los trabajos premiados y seleccionados en las Actas del Congreso y, una vez finalizado el certamen, los devolverá a sus respectivos autores. Todo ello teniendo en cuenta lo que al respecto se dispone en el artículo 11 de la Orden PRE/1304/2007, de 8 de mayo («BOE» de 14 de mayo) por la que se establecen las bases reguladoras.

12. Aceptación de las normas de la convocatoria

La participación en la presente convocatoria de los premios «XX Certamen de Jóvenes Investigadores 2007», implica la aceptación de las normas contenidas tanto en esta convocatoria como en la Orden de bases reguladoras.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente resolución, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pone fin a la vía administrativa. Cabe, no obstante, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 16 de mayo de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla Fisac.

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