Visto el expediente de indulto de doña María Nieves Díez Yagües, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Tercera, de Málaga, en sentencia de 13 de febrero de 2002, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 3.000.000 de pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2007,
Vengo en conmutar a doña María Nieves Díez Yagües la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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