Visto el expediente de indulto de don Domingo Navarrete Martínez, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona sección sexta, en sentencia de 22 de abril de 2003, como autor de un delito continuado de falsedad y de un delito continuado de estafa, en concurso medial, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1997-1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2007,
Vengo en conmutar a don Domingo Navarrete Martínez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia si viniera a mejor fortuna en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no cometa delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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