Expirado el plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior del Cuerpo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, convocadas por Resolución del Consejo de Seguridad Nuclear, de 22 de marzo de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 20 de abril), Esta Presidencia ha resuelto lo siguiente:
Primero.-Aprobar la lista de admitidos que se encuentra publicada en la sede del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, Madrid; en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en la página web www.csn.es
Segundo.-Convocar a los aspirantes para realizar el primer ejercicio de la fase de oposición, que dará comienzo el día 14 de junio de 2007, a las 8,30 horas, en la sede del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 de Madrid.
Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores, y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente que sus nombres constan correctamente en la relación de admitidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no alegasen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.
Contra la presente Resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de 1 mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 28 de mayo de 2007.-La Presidenta, Carmen Martínez Ten.
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