En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 79/1996, de 26 de enero, por el que se modifican diversos artículos del Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores (B.O.E. de 23 de febrero), y en la Orden de 8 de febrero de 1996, por la que se dictan normas sobre los exámenes para nombramiento de Intérpretes Jurados (B.O.E. de 23 de febrero), dispongo:
Primero. Convocatoria.-Se convocan exámenes de Intérpretes Jurados, que se celebrarán a partir del día 1 de octubre de 2007.
Segundo. Requisitos.-Para tomar parte en los exámenes de Intérpretes Jurados será necesario reunir los siguientes requisitos:
1. Ser mayor de edad.
2. Poseer el título español de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico u otro título español equivalente a diplomatura o licenciatura, o un título extranjero que haya sido homologado a alguno de los antes indicados o al grado académico de diplomado o de licenciado por el Ministerio de Educación y Ciencia de España. 3. Poseer la nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo.
Los aspirantes deberán reunir los anteriores requisitos en la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
Tercero. Presentación de instancias.-Las instancias, que se ajustarán al modelo que se adjunta en el anexo y que figura también en la página web del Ministerio (www.maec.es), se presentarán, junto con el original del justificante de ingreso bancario, en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, plaza de la Provincia, 1, 28012 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto. Lenguas.-Se podrá solicitar examen para cualquier lengua extranjera oficial en algún Estado miembro de las Naciones Unidas. La celebración de los exámenes queda siempre condicionada a que se pueda disponer, a juicio del Tribunal Examinador, de asesores cualificados en los idiomas solicitados. Quinto. Derechos de examen.-Los candidatos deberán satisfacer la cantidad de 36,06 euros por idioma, en la cuenta corriente del BBVA número 0182-2370-47-0200107974, a nombre del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en concepto de «Derechos de examen para Intérpretes Jurados», debiendo acompañar a la instancia el original del resguardo justificativo del ingreso o transferencia bancaria. Cuando la transferencia se realice desde fuera de España, y de acuerdo con el código «IBAN» a la numeración de la cuenta corriente antes indicada, se antepondrá lo siguiente: ES63. Sexto. Exámenes.-Los exámenes de Intérprete Jurado constarán de cuatro pruebas, todas ellas de carácter eliminatorio:
1. La primera prueba consistirá en la traducción al castellano, sin diccionario, de un texto de carácter periodístico o literario.
2. La segunda prueba consistirá en una traducción del castellano a la lengua extranjera, sin diccionario, de un texto de carácter periodístico o literario. 3. La tercera prueba consistirá en una traducción al castellano, con diccionario, de un texto de carácter jurídico o económico. El Tribunal procederá a la corrección de las tres primeras pruebas por el orden indicado. Una vez terminada dicha corrección, el Tribunal hará pública la relación de candidatos admitidos a la cuarta prueba.
4. En la cuarta prueba el candidato deberá acreditar a satisfacción del Tribunal su capacidad de comprensión y expresión oral en la lengua de que se trate. Al efecto, el candidato deberá resumir oralmente un texto escrito que le será entregado por el Tribunal y comentarlo respondiendo a las preguntas que sobre el mismo le sean formuladas.
Madrid, 16 de mayo de 2007.-El Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Luis Calvo Merino.
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