Visto el expediente de indulto de don David Gómez Ripollés, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona, en sentencia de 29 de septiembre de 2001, como autor de dos delitos de robo con intimidación con uso de armas, a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión, por cada uno, con la accesoria de inhabilitación especial para el desempeño de cargo público y de ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2007,
Vengo en conmutar a don David Gómez Ripollés las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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