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Documento BOE-A-2007-11120

Orden EHA/1583/2007, de 14 de mayo, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Previsión Colegial Benéfico Social del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas de Madrid para el ejercicio de la actividad aseguradora, extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2007, páginas 24520 a 24520 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-11120

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 3 de junio de 2005 la entidad Previsión Colegial Benéfico Social del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas de Madrid presentó certificación del acta de las juntas generales celebradas el 26 de mayo de 2005 y el 7 de junio de 2005, en las que se adoptó el acuerdo de disolución y liquidación, así como el nombramiento de los componentes de la comisión liquidadora. La comisión liquidadora de la citada entidad con fecha 26 de diciembre de 2006 remite documentación acreditativa de la finalización de la liquidación de la mutualidad y solicita que se declare la extinción y consiguiente cancelación de la misma del Registro administrativo previsto en el artículo 74.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad Previsión Colegial Benéfico Social del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas de Madrid la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Segundo.-Proceder a la extinción y cancelación de la citada entidad en el Registro administrativo previsto en el artículo 74.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 14 de mayo de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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