Publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 16 de enero de 2007 la Resolución de 22 de diciembre de 2006 de la Comisión Permanente de Selección, por la que se hizo pública la relación definitiva de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas para acceso, por promoción horizontal para personal laboral fijo, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, las que fueron convocadas por Orden APU/656/2006, de 6 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 9), procede efectuar la oferta de puestos de trabajo a estos aspirantes, como fase previa a su nombramiento como funcionarios de carrera. En consecuencia, esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.c) del Real Decreto 562/2004, de 19 de abril (Boletín Oficial del Estado del día 20 siguiente), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:
Primero.-Ofertar a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para acceso, por promoción horizontal para personal laboral fijo, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2006, los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de esta Resolución.
Segundo.-La adjudicación de los puestos de trabajo a los aspirantes aprobados se efectuará a la vista de las peticiones presentadas, según el orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 10 de abril siguiente) por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Tercero.-Los 50 primeros aspirantes de la relación definitiva de aprobados solicitarán destino en la misma Unidad en la que están destinados como personal laboral fijo, utilizando para ello el Modelo de solicitud de puestos de trabajo que se incluye como anexo II de esta Resolución, siguiendo las instrucciones que se indican al dorso y disponiendo para su presentación de un plazo de siete días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.2 de las normas específicas de la convocatoria, los 168 últimos aspirantes de la relación definitiva de aprobados solicitarán destino en el Servicio Público de Empleo Estatal, en la misma localidad en la que están destinados como personal laboral fijo, utilizando para ello el Modelo de solicitud de puestos de trabajo que se incluye como anexo II de esta Resolución, siguiendo las instrucciones que se indican al dorso y disponiendo para su presentación de un plazo de siete días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. El citado anexo II deberá ser presentado en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, o en las Oficinas de Registro de la Dirección General de la Función Pública (calle de María de Molina, 50, de Madrid), o del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, 106, de Madrid). Cuarto.-A los aspirantes que no presenten su solicitud de destino dentro del plazo señalado, o presentada ésta en tiempo y forma, no incluyesen puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguno de los puestos vacantes del anexo I que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.
Quinto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1, regla segunda, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 25 de mayo de 2007.-La Secretaria General para la Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
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