Visto el expediente de indulto de don Eduardo Botella Abad, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Madrid, en sentencia de 5 de marzo de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 428.220 euros, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2007,
Vengo en indultar a don Eduardo Botella Abad seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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