Mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 19 de julio de 2006 (BOE 19 de agosto), se concedieron y se renovaron becas de la Convocatoria General de «Becas MAEC-AECI» para ciudadanos españoles y extranjeros, curso 2006-2007 (Resolución de 24 de octubre de 2005, BOE de 4.11.05). Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECI ha resuelto:
Primero.-Modificar con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02 la fecha de la beca concedida al siguiente becario español del Programa III-D, para hacerla coincidir con la duración de sus estudios:
Apellidos y nombre |
País destino |
Fechas iniciales |
Fechas actuales |
Pulido Pedraza, Carlos. |
Brasil. |
01/01/2007-30/06/2007 |
01/01/2007-31/12/2007 |
La dotación económica de estas becas, de acuerdo a las bases de la citada convocatoria consiste en 1.200,00 euros mensuales; un seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe de 19,00 euros por mes, y una Ayuda de Viaje de Vuelta de 800,00 euros.
Esta modificación no supone incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad por la Renuncia de D. Iván Villafaina Romero, de España. Segundo.-Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos en la Orden Ministerial de AECI/1098/2006, de 11 de abril de 2006.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 17 de mayo de 2007.-La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.
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