La Resolución de 27 de marzo de 2006 (BOE 10-04-06), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para la formación de personal investigador, regula en su punto vigésimo octavo el procedimiento para solicitar ayudas complementarias para que los beneficiarios de estas ayudas predoctorales puedan realizar estancias breves en centros de I+D y empresas; por ello y en uso de las atribuciones recogidas en la mencionada Orden, he resuelto:
Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución cuyo importe asciende a 5.072.569,00 euros que será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.463B. 783.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado, ante la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. El plazo para la interposición de cualquiera de los recursos mencionados comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el B.O.E. de esta Resolución.
Madrid, 12 de abril de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), la Directora General de Investigación, Violeta Demonte Barreto.
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