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Documento BOE-A-2007-11997

Orden TAS/1777/2007, de 30 de marzo, por la que se clasifica la Delegación en España de la Fundación Manantiales y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2007, páginas 26501 a 26502 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-11997

TEXTO ORIGINAL

Por Orden Ministerial se clasifica y registra la Delegación en España de Fundación Manantiales, constituida en Argentina, Visto el expediente, para la clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales de ámbito estatal, de la Delegación en España de Fundación Manantiales, y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-El 21 de noviembre de 2006 se presentó escrito y documentación solicitando la inscripción en el Registro de Fundaciones de la Delegación en España de Fundación Manantiales, constituida en Argentina. Segundo.-A los efectos indicados se aporta al expediente escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid don Francisco José de Lucas Cadenas, el día 6 de noviembre de 2006, con el número 3.223 de orden de su protocolo, complementada con documento otorgado ante el mismo Notario, de fecha 16 de marzo de 2007, en la que constan los siguientes extremos:

Acta de constitución de Fundación Manantiales y estatutos por los que se rige, inscrita en la Dirección provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires con el número 13.195.

Los fines de Fundación Manantiales, que figuran en el artículo 4.º de sus estatutos. Acta protocolizada donde consta la voluntad de establecer una Delegación en España. El fin y actividades encomendadas a la Delegación en España, así como el plan de actuación con las actividades previstas para el primer ejercicio de la Delegación en España y la dotación patrimonial para el desarrollo de las mismas.

Tercero.-Los fines de Fundación Manantiales son de interés general, según la vigente legislación española de fundaciones, y el objeto de la Delegación en España, según resulta de la escritura de su constitución, es desempeñar las siguientes actividades:

1. Prevención de las adicciones en los ámbitos comunitarios, escolar, familiar y laboral; 2. Formación de docentes, profesionales de la salud, asistencia social, y particulares; 3. Asistencia a personas y núcleo familiar que padezcan la problemática de la drogodependencia.

Cuarto.-La Delegación tendrá su domicilio en Madrid, calle del Olivo, número 33, 1.º B (Aravaca), 28023 Madrid. La delegación actuará en todo el territorio del Estado.

Quinto.-La aportación económica para el desarrollo de las actividades de la Delegación, correspondiente al primer ejercicio, será de 15.000 euros, ampliables hasta 30.000 euros, que serán aportados por la Fundación Manantiales sede de Uruguay Sexto.-Se designan apoderados autorizados a las siguientes personas: Don Juan José Aboy Santucho, don Pablo Óscar Rossi Rodríguez y don Daniel Hugo More, con todos los poderes amplios y generales de representación legal, gestión y administración de la Delegación, con carácter solidario.

Vistos la Constitución Española; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril; 562/2004, de 19 de abril, y 1600/2004, de 2 de julio.

Fundamentos de Derecho

Primero.-A la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de asistencia social, respecto de aquellas de competencia estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 y disposición transitoria tercera de la Ley 50/2002, 26 de diciembre, de Fundaciones, así como en el artículo 40 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado mediante el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, en relación con el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (art. 9), y con los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril, y 1600/2004, de 2 de julio, por los que se aprueba y desarrolla, respectivamente, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad es competente para resolver el presente expediente, en virtud de la Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales («BOE» del día 13 de julio). Segundo.-El artículo 7 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el 4 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, regulan las delegaciones de fundaciones extranjeras en España.

Por cuanto antecede, este Ministerio, visto el informe del Abogado del Estado en el Departamento, ha dispuesto:

Primero.-Inscribir, en el Registro de Fundaciones, bajo el número 28-1425, la escritura de constitución de la Delegación en España de la Fundación Manantiales.

Segundo.-Inscribir, en el Registro de Fundaciones, a los representantes legales de la Delegación, que figuran en el antecedente de hecho sexto.

Tercero.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 30 de marzo de 2007.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.

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