De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de Habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos y a tenor de lo establecido en el artículo 104 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes Bases
Primera.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Carlos III de Madrid, y con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.-Para ser admitido a este concurso se deberá reunir los siguientes requisitos generales:
a) Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo, podrán participar en los concursos de acceso convocados los habilitados de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos previstos en el apartado 4 del artículo 15 de Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de parentesco, y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas. b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los setenta. c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de Universidad.
Tercera.-Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en los artículos 15 del Real Decreto 774/2002 y 104 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, en los términos regulados en los mismos.
Asimismo, no podrán participar en estos concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 17.7 del Real Decreto 774/2002, es decir, aquellos que no han desempeñado durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por el concurso de acceso a que se refiere el artículo 4 del citado Real Decreto. Los requisitos enumerados en la Segunda y en la presente base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente a la última fecha de publicación oficial de la presente convocatoria, mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el Anexo IV, junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base Tercera.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Carlos III de Madrid, la cantidad de 30,39 Euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en BBV-Argentaria, en la cuenta 0182-9059-29-0203893031 con el título «Derechos examen concurso acceso PDI-Universidad Carlos III de Madrid» abierta en dicha entidad.
A la solicitud deberán adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector, dictará Resolución, en el plazo máximo de quince días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, se publicará en los tablones de anuncios de Recursos Humanos de todos los Campus de la Universidad y en la dirección de internet: http://www.uc3m.es Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar en el mismo plazo, el motivo de exclusión. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Sexta.-La composición de la Comisión y los criterios para la adjudicación de las plazas, figuran en los Anexos II y III respectivamente, de esta convocatoria. En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la Comisión se estará a lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, y en el artículo 105 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. La Comisión deberá constituirse dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria. Para ello, el presidente titular de la comisión convocará a los miembros titulares y en su caso a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma, fijando lugar y fecha. Simultáneamente el Presidente de la Comisión dictará Resolución convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento de día, hora y lugar de su celebración. Ambas Resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados. Séptima.-En el acto de presentación que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:
a) Un currículo, en triplicado ejemplar.
b) Un ejemplar de cada uno de las publicaciones y los documentos que acrediten los datos reflejados en el currículo.
En el mismo acto de presentación, la Comisión:
1. Fijará la lista definitiva de participantes por relación a los concurrentes al acto que hayan aportado en regla la documentación preceptiva.
2. Señalará la fecha, hora y lugar de actuación de cada uno de los candidatos para la celebración de la entrevista que establece el artículo 104 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, especificando si ésta incluye una exposición del candidato y, en su caso, el objeto de ésta. 3. Determinará y hará público el plazo durante el cual los candidatos podrán examinar la documentación presentada por los demás aspirantes.
La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días, a contar desde el siguiente al del acto de presentación.
Finalizado el proceso, cada miembro de la Comisión, entregará al Presidente un informe razonado, ajustado a los criterios previamente establecidos en la convocatoria. Octava.-Las Comisiones de valoración propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia, para su nombramiento. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que a la vista de los informes señalados en el último apartado de la base Séptima, y sin que sea posible la abstención, efectúe la Comisión. En caso de empate dirimirá el mismo el voto del presidente. La citada propuesta se publicará en el lugar donde se haya celebrado la prueba. Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión en los cinco días siguientes hábiles a la finalización de la actuación de la misma, deberá entregar al Vicerrector que tenga atribuida la competencia en materia de Profesorado, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, la cual una vez finalizado y firme el proceso del concurso, les podrá ser devuelta si así lo solicitan. Contra la propuesta de la Comisión de valoración, los candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días contados a partir del siguiente al de su publicación. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su resolución definitiva. La reclamación será valorada por la Comisión prevista en los artículos 18 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio y 105 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los veinte días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro General de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada de Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad. c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 5 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo, estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Décima.-El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el BOCM, y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de los Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 25 de mayo de 2.007.-El Rector, Daniel Peña Sánchez de Rivera.
ANEXO I Plazas cuerpos docentes universitarios que se convocan a concurso de acceso. Concurso 02/07 |
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Departamento |
Area de conocimiento |
Perfil |
Cuerpo |
Número de plazas |
Código plaza |
Periodismo y Comunicación Audiovisual. |
Comunicación Audiovisual y Publicidad. |
Narrativa audiovisual. |
C.U. |
1 |
DF000284 |
Periodismo y Comunicación Audiovisual. |
Comunicación Audiovisual y Publicidad. |
Géneros cinematográficos. |
T.U. |
1 |
DF000285 |
Ingeniería Mecánica. |
Ingeniería Mecánica. |
Seguridad en vehículos. Diseño de componentes mecánicos y biomecánicos. Análisis numérico y experimental en Ingeniería Mecánica. |
T.U. |
1 |
DF000286 |
Ingeniería Mecánica. |
Ingeniería Mecánica. |
Transportes, vehículos y diseño de Máquinas. |
T.U. |
1 |
DF000287 |
Cuerpo:
C.U.: Catedrático de Universidad.
T.U.: Profesor Titular de Universidad.
ANEXO II Composición de las Comisiones
Departamento: Periodismo y Comunicación Audiovisual. Área de conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad. Perfil: Narrativa audiovisual. Cuerpo: C.U. N.º concurso: 01/07. Código plaza: DF000284.
Comisión titular: Presidente: José Manuel Palacio Arranz. Universidad Carlos III de Madrid.
Vocal Primero: José M.ª Álvarez Monzoncillo. Universidad Rey Juan Carlos. Vocal Segundo: Pablo del Río Pereda. Universidad Carlos III de Madrid.
Comisión suplente:
Vocal Primero: Enrique Bustamante Ramírez. Universidad Complutense de Madrid.
Vocal Segundo: Emilio Prado Pico. Universidad Autónoma de Barcelona.
Departamento: Periodismo y Comunicación Audiovisual.
Área de conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad. Perfil: Géneros cinematográficos. Cuerpo: T.U. N.º concurso: 01/07. Código plaza: DF000285.
Comisión titular: Presidente: José Manuel Palacio Arranz. Universidad Carlos III de Madrid.
Vocal Primero: José Francisco Cerdán los Arcos. Universidad Autónoma de Barcelona. Vocal Segundo: Josep M.ª Catalá Doménech. Universidad Autónoma de Barcelona.
Comisión suplente:
Vocal Primero: José Luis Castro de Paz. Universidad de Vigo.
Vocal Segundo: Gerard Imbert. Universidad Carlos III de Madrid.
Departamento: Ingeniería Mecánica.
Área de conocimiento: Ingeniería Mecánica. Perfil: Seguridad en vehículos. Diseño de componentes mecánicos y biomecánicos. Análisis numérico y experimental en Ingeniería Mecánica. Cuerpo: T.U. N.º concurso: 02/07. Código plaza: DF000286.
Comisión titular: Presidente: José Fernández Saez. Universidad Carlos III de Madrid.
Vocal Primero: M.ª Henar Miguélez Garrido. Universidad Carlos III de Madrid. Vocal Segundo: M.ª Lourdes Rubio Ruiz de Aguirre. Universidad Carlos III de Madrid.
Comisión suplente:
Vocal Primero: Eugenio Giner Maravilla. Universidad Politécnica de Valencia.
Vocal Segundo: Javier Cuadrado Aranda. Universidad de La Coruña.
Departamento: Ingeniería Mecánica.
Área de conocimiento: Ingeniería Mecánica. Perfil: Transportes, vehículos y diseño de Máquinas. Cuerpo: T.U. N.º Concurso: 01/07. Código plaza: DF000287.
Comisión Titular:
Presidente: Carlos Navarro Ugena. Universidad Carlos III de Madrid.
Vocal Primero: María Prado Novoa. Universidad de Málaga Vocal Segundo: Fernando Viadero Rueda. Universidad de Cantabria.
Comisión Suplente:
Vocal Primero: Ramón Sancibrián Herrera. Universidad de Cantabria.
Vocal Segundo: Francisco Aparicio Izquierdo. Universidad Politécnica de Madrid.
ANEXO III Criterios para adjudicación de las plazas
Departamento: Periodismo y Comunicación Audiovisual. Área de conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad. Perfil: Narrativa audiovisual. Cuerpo: C.U. N.º concurso: 02/07. Código plaza: DF000284.
Departamento: Periodismo y Comunicación Audiovisual.
Area de conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad. Perfil: Géneros cinematográficos. Cuerpo: T.U. N.º concurso. 02/07. Código plaza: DF000285.
Méritos de investigación:
Relación de la actividad investigadora del candidato con las líneas de investigación del Departamento.
Publicaciones científicas. Becas y ayudas a la investigación obtenidas en concursos públicos de carácter competitivo. Dirección y participación en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas de carácter competitivo. Otros méritos de investigación.
Méritos docentes:
Experiencia y calidad docente en relación con las áreas docentes del Departamento.
Experiencia docente en las distintas titulaciones en las que participa el Departamento. Experiencia docente en las asignaturas del área de Comunicación Audiovisual y Publicidad. Labores de coordinación. Diseño de cursos. Expediente académico y otros méritos docentes.
Otros méritos:
Desempeño de cargos académicos.
Participación en tareas de gestión y organización universitaria. Experiencia profesional en los temas relacionados con el perfil y en relación a la actividad docente e investigadora del Departamento. Otros méritos que se puedan alegar.
Departamento: Ingeniería Mecánica.
Área de conocimiento: Ingeniería Mecánica. Perfil: Seguridad de vehículos. Diseño de componentes mecánicos y biomecánicos. Análisis numérico y experimental en Ingeniería Mecánica. Cuerpo: T.U. N.º concurso: 02/07. Código plaza: DF000286.
Departamento: Ingeniería Mecánica.
Área de conocimiento: Ingeniería Mecánica. Perfil: Transportes, vehículos y diseño de Máquinas. Cuerpo: T.U. N.º concurso: 02/07. Código plaza: DF000287.
Adecuación del currículum del candidato al perfil de la plaza.
Adecuación de la formación del candidato respecto a las asignaturas e investigación del Departamento.
Méritos de investigación: Relación de la actividad investigadora del candidato con las líneas de investigación del Departamento.
Publicaciones en revistas científicas. Comunicaciones a Congresos. Participación en proyectos de investigación financiados en convocatorias competitivas. Participación en convenios y contratos de I+D. Formación de estudiantes de postgrado. Dirección de Tesis doctorales y trabajos de investigación. Puesta a punto de laboratorios y técnicas de investigación.
Méritos docentes:
Experiencia docente en asignaturas del Área de conocimiento con la variedad temática y de titulaciones propia del Departamento.
Publicaciones Docentes relacionadas con el perfil de la plaza. Participación en proyectos de innovación docente. Valoración positiva de la docencia. Diseño y preparación de asignaturas del área de conocimiento incluyendo la elaboración de material docente. Dirección de Proyectos Fin de carrera de distintas titulaciones. Participación en docencia de tercer ciclo (master y doctorado). Coordinación de asignaturas y de laboratorios. Puesta a punto de laboratorios docentes.
Otros méritos:
Tareas de gestión y organización universitaria.
Participación en comisiones y órganos de gobierno. Capacidad del candidato para trabajo en equipo y de gestión. Participación en organización de congresos.
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