Visto el expediente de indulto de don Jesús María González Salvador, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 2 de marzo de 2006, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y 1.500 euros de multa, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de junio de 2007,
Vengo en conmutar a don Jesús María González Salvador la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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