El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, y la Comunidad de Madrid (Servicio Regional de Empleo), han formalizado con fecha 29 de marzo de 2007, un Convenio de Colaboración para el «desarrollo del plan de formación de auxiliares técnicos de investigación Finnova 2006».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de mayo de 2007.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vasallo.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID (SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO) Y EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA), PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE FORMACIÓN DE AUXILIARES TÉCNICOS DE INVESTIGACIÓN FINNOVA 2006
En Madrid, a 29 de marzo de 2007.
Reunidos
De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Güemes Barrios, Consejero de Empleo y Mujer, en calidad de Presidente del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo, creado por Ley 5/2001, de 3 de julio, adscrito a la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, actúa en nombre y representación del citado organismo, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 9 apartado a) de la mencionada Ley.
Y de otra parte, el Sr. D. Javier Martínez Vassallo, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con C.I.F. Q 2821013 F, con sede en Madrid, Carretera de la Coruña, km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 286/2007, de 23 de febrero (BOE de 24 de febrero), por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.
Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para obligarse en el presente Convenio, y a tal efecto
Exponen
Primero.-Que el Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, tiene como fines, la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los trabajadores desempleados la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado y a facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato, así como la modernización del sistema de atención al demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Que, entre sus funciones se incluye el suscribir convenios y programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos procedentes de FP (Formación Profesional), Universidades e Institutos Universitarios. Segundo.-Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el Plan Finnova 2006 por Orden 1878/2006, de 6 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de puestos de becas Finnova 2006, (BOCM número 222). Tercero.-Que el INIA, en la consecución de dichos fines posee los medios técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de auxiliares técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías contribuyendo al desarrollo de los mismos.
En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de colaboración de acuerdo a las siguientes
Cláusulas
Primera.-Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un Plan de apoyo a la formación de los jóvenes técnicos mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los mismos, en los Departamentos del INIA.
Segunda.-El Servicio Regional de Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (Finnova 2006), concede seis becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación, reflejados en el Anexo, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo. Tercera.-La concesión de las becas, y las características de las mismas, estará sujeta a lo dispuesto en la Orden 1878/2006, de 6 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Mujer. Cuarta.-La selección de los becarios, de entre los solicitantes que han reunido los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se ha efectuado de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria citada. Quinta.-Los candidatos finalmente seleccionados, percibirán una beca de una cuantía mensual de setecientos veinte euros (720,00 euros). La condición de becario no dará lugar, en ningún caso, a relación jurídica laboral con las partes del presente Convenio. Sexta.-Los becarios desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el INIA bajo la dirección de un tutor, que la Universidad designa para cada puesto. El control de seguimiento del entrenamiento y determinación del nivel de rendimiento de los participantes corresponderá al tutor designado para la dirección de la actividad del becario. Asimismo, el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los becarios que los tutores visarán periódicamente; las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los tutores, así como las escalas de satisfacción de los alumnos. Las escalas especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con carácter trimestral. Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50% del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma, con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de los doce meses previstos inicialmente. Séptima.-El INIA suscribirá un seguro de accidentes para la cobertura de los becarios durante el período de duración de la beca. Octava.-El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, cubrirá el coste de las becas durante los primeros seis meses de duración de las mismas aportando, una vez iniciadas estas, la cantidad de veinticinco mil novecientos veinte euros (25.920,00 euros) de una sola vez, es decir mediante pago anticipado y sin presentación de aval, con cargo al Programa 960, Partida 48200, del ejercicio 2006, de forma que el INIA tenga con suficiente antelación, los créditos para hacer efectivos los pagos mensuales de las becas. Por su parte el INIA aportará con cargo a su presupuesto el coste de las becas restantes, que asciende a veinticinco mil novecientos veinte euros (25.920,00 euros). A esta cantidad se sumará el coste del seguro de accidentes de los becarios, incluyéndose a éstos en la póliza colectiva de accidentes que sufraga el INIA, cuyo coste anual por becario asciende a 33,48 euros. Novena.-El INIA justificará al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo remitirá, con carácter mensual y durante toda la duración de las becas, la documentación acreditativa de la ejecución del Programa objeto del presente Convenio, así como de las altas y bajas que se hubiesen producido. Décima.-A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid y dos representantes del INIA, que se reunirá al menos dos veces al año. Dicha Comisión tiene la consideración de un grupo de trabajo paritario con objeto de realizar el seguimiento de la ejecución del contenido del convenio, para lo cual intercambiarán información y elaborarán documentos de evaluación. Undécima.-El presente Convenio de colaboración permanecerá en vigor desde la fecha de su firma hasta la finalización de las becas del Plan Finnova 2006. Duodécima.-Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, de acuerdo con lo establecido en los artículo 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuantas controversias o litigios surgieran como consecuencia de la interpretación, modificación, resolución y efectos se entenderán siempre sometidas a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso-Administrativos con sede en Madrid. Decimotercera.-El presente Convenio podrá quedar sin efecto por mutuo acuerdo entre las partes, bastando con que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el convenio de forma expresa y por escrito.
Podrá procederse igualmente a la resolución unilateral del Convenio por incumplimiento de las obligaciones en él contenidas por cada una de las partes, previo aviso con un plazo no inferior a tres meses a la fecha prevista para la resolución del convenio.
Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente Convenio de Colaboración en duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.-El Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, Juan José Güemes Barrios.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vasallo.
ANEXO FINNOVA 2006 |
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Código |
Denominación del puesto de prácticas |
Organismo y departamento |
Perfil: Títulos de formación profesional reglada superior |
Tutor |
810002 |
Extracción de los principios activos de las plantas aromáticas y medicinales y análisis de los mismos por CEL y HPLC. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Medio ambiente. |
Análisis y Control (F.P. de Grado Superior). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P. II). Química de Laboratorio (Química-F.P. II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P. Experimental 3). |
M.ª Ángeles Cases Capdevila. |
810003 |
Producción in vitro y conservación de embriones ovinos. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Reproducción animal. |
Análisis y Control (F.P. de Grado Superior). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P. II). Química de Laboratorio (Química-F.P. II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P. Experimental 3). |
M.ª Jesús Cocero. |
820005 |
Detección de la contaminación ambiental mediante ensayos in vitro con líneas celulares de peces. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Laboratorio de Ecotoxicología. |
Química Ambiental (F.P. de Grado Superior). Medio Ambiente (Química F.P. Experimental 3). |
M.ª del Mar Babín. |
820006 |
Puesta a punto y desarrollo de técnicas instrumentales de laboratorio. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Centro de Investigación forestal. |
Química Ambiental (F.P. de Grado Superior). Medio Ambiente (Química F.P. Experimental 3). |
Ismael Aranda. |
910007 |
Estudios de anatomía patológica de animales infectados experimentalmente con virus de interés en sanidad animal. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Centro de Investigación en sanidad animal. |
Anatomía Patología y Citología (F.P. de Grado Superior). Anatomía Patológica (Sanitaria-F.P. II). Anatomía Patológica-Citología (Sanitaria-F.P. Experimental 3). |
Francisco Javier Salguero Bodes. |
940008 |
Técnicas de Inmunología porcina. |
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). Dpto.: Biotecnología. |
Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P. de Grado Superior). Laboratorio (Sanitaria-F.P. II). |
Francisco Javier Domínguez Juncal. |
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