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Documento BOE-A-2007-12442

Resolución de 31 de mayo de 2007, de la Dirección General de Política Comercial, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión por la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio a la Empresa Nacional de Mercados Centrales de Abastecimiento, S.A. para la realización de un análisis sobre niveles de precios de productos de gran consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 23 de junio de 2007, páginas 27255 a 27255 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-12442

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Empresa Nacional de Mercados Centrales de Abastecimientos, S. A. (MERCASA) han suscrito, el 27 de marzo de 2007, un Acuerdo de Encomienda de Gestión para la realización de un Análisis sobre Niveles de Precios de Productos de Gran Consumo, lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 31 de mayo de 2007.-El Director General de Política Comercial, Ignacio Cruz Roche.

ANEXO

En Madrid, a 27 de marzo de 2007.

De una parte el Excmo. Sr. don Pedro Mejía Gómez, Secretario de Estado de Turismo y Comercio, y en su representación el Ilmo. Sr. don Ignacio Cruz Roche, Director General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, nombrado por Real Decreto 922/2004, de 30 de abril (BOE de 1 de marzo), conforme a la competencia delegada por Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo de 10 de mayo de 2001 (BOE del 12) y Orden ITC/1102/2004, de 27 de abril de 2004 (BOE del 28).

Y de otra, don Javier de Paz Mancho, con NIF n.º 12243098-Z, que interviene en nombre y representación de la Empresa Nacional Mercados Centrales de Abastecimiento, S.A. (MERCASA), CIF N.º A28135614, y domicilio en Paseo de la Habana, 180, Madrid, en calidad de Presidente del Consejo de Administración, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Consejo de Administración, celebrado el 25 de mayo de 2004. Las partes intervinientes se reconocen mutuamente competencia suficiente para instrumentar la presente Encomienda de Gestión.

EXPONEN

Primero.-Que MERCASA desempeña una función de servicio público, teniendo entre sus objetos, de acuerdo con sus Estatutos, contribuir con su actuación al mejoramiento en todos los órdenes del ciclo de comercialización de los alimentos, así como favorecer la transparencia del mercado y el funcionamiento equilibrado de la cadena alimentaria.

Segundo.-Que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y MERCASA con fecha 21 de septiembre de 2005, suscribieron, en el ejercicio de sus funciones y finalidades, un Convenio Marco de Colaboración para realización de actuaciones conjuntas en materia de comercialización de productos agroalimentarios. Tercero.-Que la cláusula segunda del citado Convenio Marco de Colaboración establece que las actuaciones que se ejecuten en desarrollo del mismo se concretarán mediante la suscripción de Convenios Específicos de colaboración entre las partes, que contendrán la determinación de su objeto, los compromisos que asumen las partes, las condiciones de su financiación y la forma de pago, duración, resolución, régimen jurídico y resolución de conflictos. Cuarto.-Que es deseo de ambas partes firmar una Encomienda de Gestión de acuerdo con la Legislación vigente, según las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Se realiza la presente encomienda de gestión para la realización de un estudio mediante un análisis comparativo sobre los precios de venta al público de productos de gran consumo entre áreas geográficas, formatos y enseñas comerciales.

El objetivo del estudio, cuya estructura figura como Anexo de este convenio, es poder establecer diferencias entre los precios de estos productos entre las distintas capitales de provincia de España; dentro de éstas entre los distintos formatos comerciales, diferenciando entre hipermercados, supermercados, autoservicios, tiendas tradicionales de calle y paradas de los mercados municipales. Dentro de los mismos formatos, se analizarán las diferencias de precios que, para el mismo producto, se aprecian entre las distintas enseñas comerciales. Identificadas las diferencias de precios, se tratará de establecer interpretaciones cualitativas que justifiquen estas diferencias. Segunda.-Para la recogida de información sobre precios de venta al público, la Empresa Nacional MERCASA podrá contratar el trabajo de campo a empresas especializadas en la materia. Tercera.-Una Comisión Mixta, integrada por dos representantes de la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y otras dos personas en representación de la Empresa Nacional MERCASA, llevará a cabo el control de las actividades encaminadas al análisis de los datos obtenidos para la realización del estudio, así como la interpretación de las cuestiones dudosas que pudieran suscitarse. Cuarta.-La Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aportará a la Empresa Nacional MERCASA la cantidad total de ciento treinta y seis mil ochocientos euros, IVA excluido, equivalentes a ciento cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y ocho euros, (158.688,00), IVA incluido, para hacer frente a los gastos que se originen por la realización del citado estudio. El pago será fraccionado en dos plazos, a realizar a la recepción de las dos series de información previstas. La investigación y la información obtenida se realizarán íntegramente en dos épocas del año, aportándose complementariamente información sobre la evolución general de los precios y sobre las variaciones entre provincias, formatos y enseñas en relación con el período anterior y con el mismo período del año precedente. Las fechas de las tomas de precios serán durante la segunda quincena de abril y las semanas 2.ª y 3.ª de octubre. La Empresa Nacional MERCASA deberá tener totalmente elaborados y presentados a la Dirección General de Política Comercial los respectivos informes en la primera quincena de junio y primera semana de diciembre. Los pagos correspondientes a los dos plazos serán iguales y equivalentes a la mitad del total, es decir, de 79.344,00 euros, incluido el IVA. La financiación de los gastos recogidos en este Convenio se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.07.431O.227.06 para el ejercicio 2007 del presupuesto de gastos del Departamento. Quinta.-El primer pago se realizará mediante presentación de factura y previo certificado de la Dirección General de Política Comercial, en la que se refleje su conformidad a las actuaciones realizadas en cada momento. La Dirección General de Política Comercial solicitará un representante de la I.G.A.E. para la recepción del trabajo. El segundo pago se realizará mediante la presentación de factura y Acta de recepción, con la participación del representante de la I.G.A.E. Si este no fuera designado, mediante presentación de factura y certificado de la Dirección General de Política Comercial. Sexta.-Los derechos de explotación del estudio comparativo de los precios de venta al público de productos de gran consumo entre formatos y enseñas comerciales corresponderán a la Administración del Estado, derechos que se gestionarán por la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Para su difusión la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio utilizará los medios y canales que en cada momento considere oportuno. Séptima.-La presente Encomienda de Gestión tendrá vigencia únicamente para el presente año 2007. Octava.-La presente Encomienda de Gestión se halla excluida del ámbito de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en el art. 3.1.l del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Novena.-La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las Partes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste.

El Secretario de Estado de Turismo y Comercio, Pedro Mejía Gómez, P. D. (Orden ITC/1102/2004), el Director General de Política Comercial, Ignacio Cruz Roche.-El Presidente del Consejo de Administración de MERCASA, Javier de Paz Mancho.

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