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Documento BOE-A-2007-12686

Resolución de 11 de junio de 2007, del Banco de España, por la que se publica la sanción impuesta a Arquitasa Sociedad de Tasaciones de los Colegios de Arquitectos de España, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 2007, páginas 27993 a 27993 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2007-12686

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 11 de mayo de 2001, el Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 23 de mayo de 2000, a Arquitasa Sociedad de Tasaciones de los Colegios de Arquitectos de España, S. A., y habiendo adquirido firmeza en virtud de sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, de fecha 11 de mayo de 2006, que declaró no haber lugar al recurso de casación número 7133/2003, interpuesto por la citada sociedad, contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, de la Audiencia Nacional, de 21 de junio de 2003, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de la siguiente sanción por infracción muy grave, impuesta en dicha Orden Ministerial, que dispuso, entre otras sanciones, la siguiente:

«Imponer a Arquitasa, Sociedad de Tasación de los Colegios de Arquitectos de España, S. A., la siguiente sanción, prevista en el Título I, Capítulo III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en concordancia con la Disposición Adicional Décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la Legislación Española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones en el sistema financiero: a) Suspensión de la homologación para prestar servicios de tasación por período de un año, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la citada Disposición Adicional Décima de la Ley 3/1994, consistente en el incumplimiento de los requisitos de homologación para ejercer la actividad de tasación.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la referida sanción disciplinaria.

Madrid, 11 de junio de 2007.-Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.

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