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Documento BOE-A-2007-13307

Resolución de 20 de junio de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2007 el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2007, páginas 29639 a 29640 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-13307

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2007 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de junio de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO

Protocolo por el que se prorroga para el año 2007 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 13 de junio de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Excma. Sra. doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid nombrada por Real Decreto 1427/2003, de 20 de noviembre, y en virtud de las competencias que le otorgan el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y la Ley 8/1998, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid. Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen con plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.-Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid, suscribieron en fecha 4 de octubre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo.-Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga del Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.-En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2007 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.-Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga han de ajustarse a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2007», examinado en la reunión del día 6 de febrero de 2007 del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como Anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan. Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Autónoma de Madrid en el presente ejercicio, se recogen en el Plan de Acción 2007. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma del Protocolo de Prórroga. La aprobación del Plan de Acción 2007 se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y la Dirección de Inmigración de la Consejería de Inmigración de la Comunidad de Madrid, según el documento adjunto. El Plan de Acción de la Comunidad Autónoma recoge de forma expresa las actuaciones, incluido el número de plazas del «Programa de Acogida y Atención Humanitaria a personas inmigrantes procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla». Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.

1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de sesenta millones trescientos noventa mil setecientos noventa y un euros con noventa y un céntimos (60.390.791,91 €).

2. Las actuaciones correspondientes a refuerzo educativo y acogida e integración, se cofinancian entre ambas partes, siguiendo lo señalado a continuación:

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2007, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231B.455.00, aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga, la cantidad de cuarenta millones setecientos noventa y cuatro mil noventa y ocho euros (40.794.098€),

La Comunidad de Madrid con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2007, aporta diecinueve millones quinientos noventa y seis mil seiscientos noventa y tres euros con noventa y un céntimos (19.596.693,91€), cantidad que supone como mínimo el treinta por ciento del coste total de las actuaciones de refuerzo educativo y de acogida e integración. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

22300 del programa 503.

22740 del programa 981. 22760 del programa 981. 22810 del programa 507. 25410 del programa 981. 26090 del programa 507. 28010 del programa 980. 29000 del programa 503, 504, 505, 507 y 514. 29100 del programa 503. 40500 del programa 981. 46200 y 48200 del programa 507. 48090 del programa 981. 48250 del programa 503. 48390 del programa 503, 504 y 507. 48510 del programa 504. 48520 del programa 504.

Cuarta. Compromisos de las partes.-La Comunidad Autónoma de Madrid se compromete a destinar la cantidad de diecinueve millones ochocientos veintidós mil ochocientos noventa y un euros (19.822.891€) de la aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a actuaciones encuadradas en las medidas prioritarias del eje de educación y la cantidad de veinte millones novecientos setenta y un mil doscientos siete euros (20.971.207 €) a las medidas para el desarrollo de los otros ejes enunciados en el Plan de Acción 2007.

Igualmente, la Comunidad de Madrid se compromete a derivar a las Entidades Locales de su territorio con una mayor presión migratoria, como mínimo el 40 % de la asignación con cargo a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2007. Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.-La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Autónoma la aceptación expresa de dicha variación. Sexta. Seguimiento y evaluación.-En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

Séptima. Vinculación con el Convenio.-En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden Comunicada de 15 de febrero de 2007), la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, María Consuelo Rumí Ibáñez.-Por la Comunidad Autónoma de Madrid, P. D. (Decreto 6/2007, de 12 de junio), la Consejera de Inmigración, Lucía Figar de Lacalle.

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