Por Resolución de 29 de diciembre de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 19 de enero de 2007), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se hacía pública la convocatoria de ayudas para investigación posdoctoral en centros españoles y extranjeros, incluidas las ayudas para becas MEC/Fulbright, y Cátedras «Príncipe de Asturias». En el punto III.4.1 se establecía que la resolución de las becas y ayudas se resolverían en el plazo máximo de cuatro meses, plazo de resolución que se interrumpirá durante el período de evaluación de las solicitudes. El órgano de instrucción del procedimiento, la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado, dado el número de solicitudes presentadas, del plazo necesario para el proceso de revisión y de subsanación de las mismas, ha estimado que se va a producir un retraso en la resolución de la convocatoria. Por ello y en virtud del artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre), en su redacción dada por la Ley 4/1999. Atendiendo a dichas circunstancias excepcionales y en el uso de sus atribuciones, esta Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, ha resuelto:
1. El plazo de resolución del procedimiento de concesión de las becas posdoctorales convocadas por Resolución de 29 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de conformidad con artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre), en su redacción dada por la Ley 4/1999, quedará suspendido por un periodo que no será superior a tres meses sobre la fecha prevista inicialmente.
2. La fecha de incorporación a los centros de destino de los beneficiarios de las ayudas, prevista para 1 de junio de 2007, queda igualmente modificada y pasará a ser desde el primer día del mes siguiente al que se produzca la resolución de concesión, hasta el 31 de mayo de 2008, sin posibilidad de prórroga. 3. La presente resolución se notificará a los interesados, se publicará en la página web del Ministerio de Educación y Ciencia y en el Boletín Oficial del Estado.
4. Contra el presente acuerdo de ampliación del plazo de resolución, no cabe recurso.
Madrid, 27 de junio de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla Fisac.
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