En el expediente de indulto de don Mang Wai Yuen, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 2 de diciembre de 2005, como autor de dos delitos de lesiones, a la pena de dos años de prisión por cada uno, y de una falta de lesiones, a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 12 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2007, dispongo:
Conmutar las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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