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Documento BOE-A-2007-13983

Resolución de 5 de julio de 2007, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Javier Duque Serrano.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2007, páginas 31590 a 31590 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2007-13983

TEXTO ORIGINAL

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia, en Sentencia número 30, de fecha 23 de enero de 2007, declarada firma en derecho, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Javier Duque Serrano, con número de DNI 25.421.914, adscrito a la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad Valenciana, actualmente en la situación de suspenso provisional de funciones, como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de: «Inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público o privado de actividades relacionadas con la seguridad, también durante el tiempo de la condena». Mediante escrito de fecha 23 de marzo de 2007 el Juzgado autorizó la ejecución de la pena, al tiempo que comunicó que la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo de cargo público o privado de actividades relacionadas con la seguridad, incluye el cargo de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía. Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, «la pena accesoria de inhabilitación especial para cargo público cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia». Esta Secretaría de Estado dispone:

1.º Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía de don Francisco Javier Duque Serrano, así como la incapacidad de obtenerla durante el tiempo de la condena.

2.º El cese en la situación de suspensión provisional de funciones en que ahora se encuentra.

Madrid, 5 de julio de 2007.-El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

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