El Pleno del Consejo General de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) ha adoptado el pasado 28 de junio el Acuerdo 7/2007-3.4, relativo al lanzamiento, el día 1 de Octubre de 2007, de un producto de Lotería Instantánea con mecánica »Tres de Seis Cantidades». Este producto de Lotería Instantánea ya fue verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en su reunión de 14 de Julio de 2006, y le resulta aplicable lo dispuesto en el Reglamento regulador de la Lotería Instantánea de boletos de la ONCE, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 5 de agosto de 2006, mediante Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 27 de julio de 2006. La citada norma establece en su Apéndice 3, que la fecha de comienzo de comercialización efectiva de los productos con mecánica «Tres de Seis Cantidades» se determinará, en su momento, por el Consejo General de la ONCE, disponiéndose la publicación de la misma por Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, como garantía de los consumidores.
En consecuencia, se dispone la publicación de la fecha de inicio de la comercialización efectiva del producto de «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE» con mecánica «Tres de Seis Cantidades», que tendrá lugar a partir del día 1 de octubre de 2007.
Madrid, 13 de julio de 2007.-La Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.
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