La Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente y el Presidente de la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., han suscrito, con fecha 28 de junio de 2007, un Acuerdo de encomienda de gestión para la financiación de obras artísticas.
Para general conocimiento se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 19 de julio de 2007.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.
Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., para la financiación de obras artísticas
En Madrid, a 28 de junio de 2007.
REUNIDOS
De una parte, doña Concepción Toquero Plaza, Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, en virtud del nombramiento mediante Real Decreto 718/2004, de 19 de abril («BOE» de 20 de abril), en representación del Ministerio de Medio Ambiente, facultada para la firma de la presente encomienda de gestión por Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, actuando en representación de este Ministerio
Y de otra, don Roque Gistau Gistau, en su condición de Presidente de la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., cargo para el que fue nombrado, en virtud de escritura pública de 25 de abril de 2005, otorgada ante el Notario de Zaragoza don Adolfo Calatayud Sierra. El capital social de la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., corresponde en un 70 por 100 a la Administración General del Estado y el 30 por 100 restante corresponde a la Diputación General de Aragón y al Ayuntamiento de Zaragoza, a partes iguales, según Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005, por el que se autoriza su creación. Ambas partes tienen plena capacidad para formalizar la presente encomienda de gestión y en su virtud
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Medio Ambiente a través de la Subsecretaría y en cumplimiento de la Ley del Patrimonio Histórico Español, tiene suscrito con el Ministerio de Cultura un Acuerdo de Colaboración para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español a través del 1 por 100 cultural. En virtud de lo previsto en dicho Acuerdo, suscrito el 5 de abril de 2005, la aplicación de los fondos correspondientes al 1 por 100 cultural, podrá consistir en la realización de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico, encuadrados en algunos de los programas señalados en el apartado Segundo del mismo.
Segundo.-Que los terrenos donde se realizarán las obras, son propiedad del Ayuntamiento de Zaragoza que los pone a disposición de la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008. Tercero.-Que Expoagua Zaragoza 2008, S. A., presentó en su día ante el Ministerio de Medio Ambiente el correspondiente proyecto de ejecución de las obras artísticas, aprobados reglamentariamente. Cuarto.-Que las obras artísticas de la Expo Zaragoza 2008, se incluyen en la lista de actuaciones integrantes del Programa de Recuperación de Infraestructuras públicas hidráulicas para actividades ambientales, previsto en el Acuerdo con el Ministerio de Cultura. Quinto.-De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo 3.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), modificado por Real Decreto ley 5/2005, de 11 de marzo, y lo previsto en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado -Ministerio de Medio Ambiente- encomienda la gestión de las actividades técnicas definidas en los puntos anteriores a la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, por carecer de los medios técnicos idóneos para su desempeño. Sexto.-Que para la materialización de la correspondiente financiación se requiere formalizar la presente encomienda de gestión entre este Ministerio y la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-Que el objeto de esta encomienda de gestión es la financiación y ejecución de las siguientes obras artísticas contenidas en el Proyecto para la Expoagua Zaragoza 2008:
«Válvula con Alberca» de Miquel Navarro.
«Ranillas» de Miguel Ángel Arrudi.
Los proyectos de las obras artísticas han sido aportados por la Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008.
La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda. Segunda.-El Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Subsecretaría ha tenido en cuenta, dentro de la distribución de los recursos presupuestarios provenientes del porcentaje a que se refiere el artículo 68 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (1 por 100 cultural), la necesidad de asignar para las obras artísticas a que se refiere la presente encomienda de gestión, la cantidad máxima de 827.985 euros, resultado de la suma de los precios correspondientes a cada una de las obras:
«Válvula con Alberca», 696.000 euros.
«Ranillas», 131.985 euros.
La aportación que realice el Ministerio de Medio Ambiente representará el 100 por 100 del coste previsto de honorarios de los artistas y producción o construcción de las esculturas.
Ello, no obstante, si antes de la conclusión del ejercicio presupuestario resultara, la disponibilidad de retenciones del 1 por 100 cultural por cuantía superior a la prevista en esta encomienda de gestión, se podría destinar a la adquisición de otras obras, aprobadas por la Comisión Mixta de Seguimiento del Acuerdo con el Ministerio de Cultura, mediante una addenda a la presente encomienda. Tercera.-La Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008, S. A., se compromete a la financiación del resto de los costes de las obras artísticas, con sus propios recursos o con cualquier otra fuente de financiación, hasta la cantidad necesaria para la finalización total de las obras artísticas objeto de la presente encomienda de gestión. Cuarta.-Expoagua Zaragoza 2008 se compromete a adjudicar las obras artísticas, objeto de esta encomienda de gestión, en el plazo de dos meses desde su firma, lo que deberá comunicar a la mayor brevedad a la Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. Quinta.-Que los proyectos de las obras artísticas para Expoagua Zaragoza 2008 objeto de esta Encomienda han sido aprobados por la Comisión Mixta de seguimiento del Acuerdo con el Ministerio de Cultura en su VIII reunión de fecha 24 de mayo de 2007, para ser financiados con los fondos del 1 por 100 cultural generado por la contratación de obra pública del Ministerio de Medio Ambiente. Sexta.-La aportación indicada en la cláusula segunda, se hará efectiva a Expoagua Zaragoza 2008 una vez recibidas las obras y previa presentación de las facturas correspondientes. Cada una de las obras podrá ser abonada a medida que sean entregadas y recepcionadas. Séptima.-La aportación financiera que con cargo al Ministerio de Medio Ambiente y que por la presente encomienda de gestión se establece está vinculada exclusivamente a la financiación de las obras artísticas mencionadas en la cláusula primera. El resto de las obras no incluidas en el proyecto aportado y que fuere preciso realizar, así como las inversiones necesarias que sean consecuencia de obras complementarias, modificados o revisiones de precio, liquidaciones, etc., que supongan un exceso sobre la cantidad máxima indicada en la cláusula segunda, y cualquiera otros gastos a que hubiere lugar, correrán exclusivamente por cuenta de Expoagua Zaragoza 2008 que podrá hacer frente a dichos gastos por medio de sus propios recursos o cualquier otra fuente de financiación. Deberá mantenerse puntualmente informado el Ministerio de Medio Ambiente de las posibles modificaciones introducidas, remitiendo los informes y las autorizaciones preceptivas. Octava.-La Subsecretaría de Medio Ambiente podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión realizada en las obras artísticas objeto de la presente encomienda de gestión, pudiendo, a tal efecto, solicitar a Expoagua Zaragoza 2008 la remisión de cuantos informes y aclaraciones considere necesarias, así como la documentación gráfica y escrita en la que se refleje la situación de las referidas obras artísticas. Una vez terminados los trabajos, Expoagua Zaragoza 2008, remitirá a la Subsecretaría una copia del Acta de recepción de las obras artísticas junto con la documentación gráfica y escrita que refleje la realidad del final de obra. Novena.-A efectos informativos y de conocimiento público, durante el tiempo de duración de las obras, se instalará en lugar visible desde la vía pública, un cartel publicitario de las dimensiones, tipo y contenido que facilitará el Ministerio de Medio Ambiente, en el que constarán las características de la obra y el grado de participación en la financiación de la misma de los firmantes de esta encomienda de gestión. De igual manera se comprometen a citar, en cualquier difusión pública que se realice de las obras artísticas, la participación de los Organismos que han intervenido en ella, incluso en el caso de que dicha difusión se lleve a efecto con posterioridad a la terminación de los trabajos, debiendo remitirse copia a los firmantes. La actuación coordinada de los Ministerios de Medio Ambiente y de Cultura con cargo al 1 por 100 cultural, deberá quedar expresamente reseñada, de forma permanente mediante la colocación de una placa de las características que facilitará el Ministerio de Medio Ambiente, en lugar visible del acceso al edificio en el momento de la inauguración y/o recepción de las obras artísticas. Expoagua Zaragoza 2008 notificará al Ministerio de Medio Ambiente la proximidad de la finalización de las obras artísticas. Los posibles actos protocolarios o de difusión: inauguración, puertas abiertas al público o prensa, etc., así como los aspectos formales: invitaciones, dossier de prensa, etc., deberán programarse con la antelación necesaria de forma coordinada y de común acuerdo entre ambas partes. Décima.-La presente encomienda de gestión tendrá efectividad a partir de la fecha de su suscripción dándose por concluido con la terminación de las obras artísticas, objeto del mismo, y en todo caso antes del inicio de las actividades de la exposición. Undécima.-La presente encomienda de gestión tiene la naturaleza de las previstas en el artículo 3.1, apartado l), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse
Y en prueba de conformidad, se suscribe la presente encomienda de gestión en el lugar y fecha arriba indicado por duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes.
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