Por Orden JUS/3089/2006, de 21 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 10 de octubre), se convocó concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento (Abogacía General del Estado -Dirección del Servicio Jurídico del Estado). Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en cuenta los preceptos reglamentarios y valorados los méritos alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima de la citada Orden, este Ministerio acuerda resolver el citado concurso, de conformidad con los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en los Anexos a los funcionarios que se mencionan en los mismos.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican en los citados Anexos. El plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden, así como el cambio de situación administrativa que en su caso corresponda. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación. El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando.
Contra la presente Orden y los actos derivados de la misma que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el órgano que dictó la Orden en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 5 de enero de 2007.-El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Abogado General del Estado, Joaquín de Fuentes Bardají.
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