Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-15188

Resolución de 19 de julio de 2007, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2007, páginas 34209 a 34213 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-15188

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 426/2005, de 15 abril (B.O.E. de 16 de abril) y con el fin de atender las necesidades de personal funcionario de Administración y Servicios, Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad, grupo A, por el sistema de promoción interna. 1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, modificado por Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo (BOE de 4 de marzo); la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 426/2005, de 15 de abril (BOE de 16 de abril), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad, y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El procedimiento de selección constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y valoraciones que se especifican en la Base 6. 1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I de esta convocatoria. 1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará a partir del mes de enero de 2008, determinándose en la Resolución a que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su realización.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

b) Los aspirantes que concurran a estas plazas de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionarios de carrera en un Cuerpo o Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos y tener destino definitivo en la UNED. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como funcionario de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se facilitará en las Unidades del Centro de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo número 38, en la calle Juan del Rosal n.º 16 y en la calle Senda del Rey n.º 7. (Puente de los Franceses) y en la siguiente dirección de Internet: http://www.uned.es, en la página de la Sección de P.A.S. y a continuación entrar en la página de P.A.S., siempre y cuando se presente por duplicado (ejemplar para la Sección de P.A.S. y para el interesado). 3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.

b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en las Unidades del Centro de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dirigidos a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid. c) Los derechos de examen serán de 13,54 euros y se ingresarán en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED». A la solicitud de participación deberá adjuntarse el comprobante bancario original de transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por otro medio (banca electrónica, internet.) certificado de la entidad bancaria que justifique la operación realizada. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

a) En el recuadro de la solicitud destinado a Cuerpo o Escala, los aspirantes harán constar «Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED».

b) En el recuadro destinado para forma de acceso se consignará la letra «P», sistema de promoción interna. c) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 4.2 de la presente convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesitan, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», junto con la relación de los aspirantes excluidos, figurará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como los Centros donde estará expuesta la lista certificada completa de aspirantes admitidos. 4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como aquellos que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución aludida en la base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos. 4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de estas bases. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera. 5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador. 5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario y Presidente (titular o suplente). 5.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos. 5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Asuntos Generales de Personal y PAS de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, teléfono 91/3987544 y 91/3987556). 5.8 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. 5.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. 5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

6. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

6.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por tres ejercicios de carácter eliminatorio. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas del programa recogidos en el Anexo I de esta convocatoria, uno del apartado A, otro del apartado B, y otro del apartado C, elegidos al azar por el Tribunal en presencia de los opositores. El tiempo máximo de realización del ejercicio será de 3 horas.

Los temas desarrollados serán leídos ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. La calificación del ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos por cada tema.

Segundo ejercicio:

Consistirá en elaborar por escrito la resolución de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el bloque de materias específicas del programa.

Los opositores dispondrán de un máximo de tres horas para la realización de esta prueba. Podrán utilizar la documentación que deseen traer consigo, así como los medios y recursos disponibles en el lugar que determine el tribunal. El supuesto práctico será expuesto por el opositor en sesión pública ante el tribunal, quién podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la traducción de dos textos de carácter profesional (mínimo quinientas palabras cada texto), que proporcionará el Tribunal, en dos idiomas a elegir por el opositor de entre: inglés, francés, alemán o italiano.

El tiempo de realización del ejercicio será de 2 horas y 30 minutos. Las traducciones serán leídas por el opositor. La calificación será de 0 a 7,5 puntos por cada lengua. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio, que no podrá ser superior a 3,75 en cada lengua.

6.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, de conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad: Se valorará por tiempo de servicios con un máximo de 4 puntos y a razón de: Por cada año de antigüedad en la UNED: 0,2 puntos, añadiéndose 0,016 puntos más por cada mes completo.

Por año de antigüedad en otras Administraciones Públicas:

0,06 puntos, añadiéndose 0,005 puntos más por cada mes completo.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 24: 3 puntos.

Grado 26: 5 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria como funcionario del Grupo B, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel 24 Responsable de Biblioteca: 2 puntos.

Nivel 24 Jefe de Sección: 3 puntos. Nivel 26: 4 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. d) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con los cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede o de la Escala a que se pretende acceder, organizados por la UNED, el INAP u otros organismos de la Administración Pública, se valorarán a razón de 0,4 puntos por curso, hasta un máximo de 2 puntos.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición

7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas selectivas se celebrarán en Madrid. 7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes enero de 2008, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» en la misma Resolución a que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración. 7.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B» de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 15 de enero. El anuncio de celebración de los demás ejercicios, no será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se efectuará a través de las Resoluciones del Tribunal Calificador en las que se hagan públicas las relaciones de aprobados del ejercicio anterior. 7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad. 7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan. 7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. Rector Magnífico, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. 7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso

8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por orden de puntuación alcanzada con indicación de su documento nacional de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo. 8.2 Publicada la relación de aprobados en el último ejercicio de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el siguiente en que se haga pública dicha relación, para presentar en las Unidades del Centro de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2. La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo III a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue. Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2 se acreditarán con certificación expedida por la Sección de Personal correspondiente en el modelo que figura como Anexo IV. Los méritos incluidos en las letras d) de la misma base serán acreditados mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin. La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso. 8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid), así como en la página web de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración. 8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, se resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en la fase de concurso y, de persistir la igualdad, a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en el mérito que aparece relacionado en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos. Si persistiera la igualdad, se resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en el segundo ejercicio de la fase de oposición. Finalmente, y de resultar necesario, el Tribunal efectuará un sorteo entre los aspirantes igualados. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes cuyo número supere al de plazas convocadas. La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. 8.5 El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. Rector Magnífico la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, a favor de los aspirantes que han superado el proceso selectivo. El Rectorado hará público en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9. Presentación de documentos, elección de plazas y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de la relación de aprobados en el proceso selectivo, el aspirante deberá presentar en el Servicio de Personal correspondiente de la UNED aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado Servicio, como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo. Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada que figura como Anexo V a esta convocatoria. 9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o si del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 9.3 Por la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». 9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Normas finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 19 de julio de 2007.-El Rector, Juan Antonio Gimeno Ullastres.

ANEXO I

Programa

A) Biblioteconomía universitaria

Tema 1. Bibliotecas universitarias. Concepto y función en la Institución. Tema 2. El nuevo modelo de la Biblioteca Universitaria: la biblioteca como Centro de Recursos para el aprendizaje y la Investigación (CRAI). Tema 3. Situación actual de las Bibliotecas Universitarias en España. Tema 4. La Biblioteca de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Tema 5. La integración de las bibliotecas universitarias en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Tema 6. Planificación estratégica, dirección por objetivos y gestión de calidad en bibliotecas universitarias. Tema 7. Gestión de recursos humanos en bibliotecas universitarias. Tema 8. Gestión presupuestaria y financiera en bibliotecas universitarias. Tema 9. Marketing en bibliotecas universitarias: el compromiso con la sociedad, cartas de servicios y derechos y deberes de los usuarios. Tema 10. Planificación de edificios. Organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias. Tema 11. Gestión de la colección bibliográfica: Selección y adquisición de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en las bibliotecas universitarias. Criterios para su formación, mantenimiento y evaluación. Suministro de las colecciones: los concursos públicos y agencias de suscripción. Su mantenimiento y evaluación. Tema 12. Gestión de la colección bibliográfica: Proceso técnico de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en las bibliotecas universitarias. Normalización y criterios de mantenimiento y evaluación de catálogos. Tema 13. Formatos para tratamiento de la información bibliográfica en un entorno electrónico: Formatos MARC y Metadatos. Tema 14. Gestión de servicios al usuario: planificación, control, difusión y evaluación de los servicios. Tema 15. La formación de usuarios y las nuevas tendencias: la alfabetización informacional. Tema 16. Evaluación de bibliotecas universitarias: modelos EFQM, ISO 9000 y la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Tema 17. La cooperación bibliotecaria: Sistemas, redes y consorcios de bibliotecas universitarias en España. Redes y sistemas europeos y americanos de bibliotecas académicas y de investigación.

B) Tecnologías e Información Científica

Tema 1. Situación actual de la edición científica. Problemas y perspectivas editores, autores y bibliotecas.

Tema 2. Los OPACs: diseño, prestaciones y acceso. El catálogo como portal de acceso a servicios a distancia y recursos electrónicos. Tema 3. Técnicas de recuperación de la información. Lenguajes controlados versus texto libre. Nuevas herramientas para la integración e interconexión de recursos. Tema 4. Herramientas electrónicas para la difusión, comunicación y servicios a distancia: formularios, correo electrónico, Intranets y Webs de bibliotecas. Tema 5. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias. Soportes y contenidos (CD-Rom, archivos digitales, repositorios, archivos abiertos, documentos electrónicos). Tema 6. El acceso a la información y los servicios de obtención de documentos. El préstamo interbibliotecario. Tema 7. Sistemas integrados de gestión de bibliotecas universitarias. Situación actual y tendencias de futuro. Tema 8. Fuentes de información especializada en Ciencia y Tecnología. Tema 9. Fuentes de información especializada en Ciencias Sociales. Tema 10. Fuentes de información especializada en Humanidades. Tema 11. El mercado de los servicios documentales informatizados. Grandes suministradores de información y documentación en el mundo. Tema 12. Internet y las grandes redes teleinformáticas en la actualidad y su aplicación en bibliotecas universitarias. Servicios teleinformáticos avanzados y sus aplicaciones en información y documentación. Tema 13. Implicaciones sociales y culturales de la innovación tecnológica en información documentación. La Biblioteca universitaria ante la sociedad de la información.

C) Organización administrativa

Tema 1. La Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, actualizada conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999 y su desarrollo normativo. Atención al ciudadano y calidad en los servicios de las Administraciones Públicas. Tema 2. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental. Tema 3. La Ley de Propiedad Intelectual y su reflejo en la gestión de bibliotecas. Tema 4. Los contratos administrativos. Concepto y clases. Extinción de los contratos. Acomodación de la Ley de Contratación del Estado a la Legislación Universitaria. Tema 5. El personal funcionario al servicio de las administraciones públicas. Concepto y clases. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Tema 6. El personal laboral al servicio de las administraciones públicas. Régimen jurídico. Derechos y deberes. Tema 7. Las Universidades. Concepto. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Proyecto de modificación de la LOU. Tema 8. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos. Tema 9. El documento en la legislación informática. Los documentos electrónicos, informáticos y telemáticos. La protección de los datos de carácter personal. La firma electrónica. Tema 10. La protección de datos y su implicación en las Universidades. Aspectos jurídicos del suministro de información informatizada. Tema 11. El sistema español de investigación científica y desarrollo tecnológico, la Ley de la Ciencia y el Plan de I+D. Tema 12. La prevención de riesgos laborales. Conceptos básicos y disciplinas que la integran. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas. Tema 13. Políticas de igualdad de género: normativa vigente.

ANEXO II

Tribunal

Titulares:

Presidente: D.ª Margarita B. Gabiola García, Cuerpo Superior de la Administración Civil del Estado.

Vocales: D.ª M.ª Jesús López Manzanedo, Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. D.ª Margarita Taladriz Mas, Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. D.ª Raquel Benito Alonso, Escala de Facultativos de la Universidad Complutense de Madrid. Secretaria: D.ª Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Suplentes:

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales: D.ª Marta Torres Santo Domingo, Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. D. José Burgoa Abarca, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED. D.ª Sara González Miguel, Escala de Facultativos de la Universidad Autónoma de Madrid. Secretaria: D.ª Antonia González Díez, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

ANEXO III

D./D.ª .................................................................................. aspirante a las plazas de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, habiendo superado la fase de oposición de las pruebas selectivas y de conformidad con la base 6.2, presenta la siguiente documentación acreditativa de los méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal calificador en la fase de concurso:

Certificación acreditativa de los méritos enumerados en las letras a), b) y c), según modelo Anexo IV.

Documentación acreditativa de los méritos enumerados en la letra d), que a continuación se detalla:

CURSOS

.............................................................................................

............................................................................................. ............................................................................................. ............................................................................................. .............................................................................................

En ........................., a ..... de ............................ de 200.... Fdo.:

Sr. Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

ANEXO IV

El Certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del Organismo donde preste o haya prestado servicios al aspirante.

D./D.ª Cargo:

Certifico los datos que siguen previa verificación del expediente de la persona interesada. Servicios referidos a la fecha: Servicios prestados como: Organismo: Apellidos y nombre ................................................................

DNI ...................................................................................... Cuerpo, Categoría o Escala ....................................................

NRP .....................................................................................

Situación Administrativa ........................................................ Puesto de trabajo (definitivo o provisional) ..............................

Otros puestos desempeñados:

Denominación F. Desde F. Hasta A M D

Total: En ........................., a ..... de ............................ de 200....

ANEXO V

Don .................................................................................. con domicilio .............................................................................., y con documento nacional de identidad número ............................, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Madrid, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ........................., a ..... de ............................ de 200....

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid