Una vez comprobado por la Secretaría General del Consejo de Universidades que la propuesta de modificación del plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de carácter oficial de Licenciado en Bellas Artes formulada por la Universidad de Málaga se corresponde con las directrices que le son aplicables y conforme a lo previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, este Rectorado ha resuelto ordenar su publicación.
Las modificaciones, consistentes en el cambio de denominación de la asignatura obligatoria «Arte electrónico» que pasa a denominarse «Arte electrónico I»; el cambio en la distribución de créditos teórico/prácticos de las asignaturas obligatorias «Arte y tecnología» y «Diseño gráfico»; el cambio en los descriptores de las asignaturas obligatorias «Arte y tecnología», «Arte electrónico I» y «Composición»; la supresión del área de «Comunicación Audiovisual y Publicidad» como área vinculada a la asignatura «Arte electrónico I»; y la reestructuración de la relación de asignaturas optativas, se reflejan en el Anexo a la presente Resolución que incluye la página 1 del Anexo 2-B (asignaturas obligatorias) y el Anexo 2-C (asignaturas optativas) que pasan a sustituir a la respectiva página y Anexo del plan de estudios original, homologado mediante acuerdo del Consejo de Coordinación Universitaria de 11 de mayo de 2005 y publicado mediante Resolución de la Universidad de Málaga de 6 de octubre de 2005 (BOE n.º 267, de 8 de noviembre).
Málaga, 5 de julio de 2007.-La Rectora, Adelaida de la Calle Martín.
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