Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-15599

Resolución de 10 de julio de 2007, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para la Cueva de Los Murciélagos, en Fresneo, Ribera de Arriba.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2007, páginas 35350 a 35351 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2007-15599

TEXTO ORIGINAL

La Cueva de Los Murciélagos, sita en Fresneo, concejo de Ribera de Arriba, fue declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Se trata de una cueva que presenta dos bocas y que tiene una longitud de 70 metros, con un desnivel de 27. Cuenta con un grabado de un bóvido acéfalo. En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para la Cueva de Los Murciélagos. Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 24 de mayo de 2007 por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para esta cueva. Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para la Cueva de Los Murciélagos, sita en Fresneo, concejo de Ribera de Arriba.

Segundo.-Establecer un entorno provisional para la Cueva de Los Murciélagos, según la descripción literal y gráfica que se publica como Anexo a la presente Resolución. Este entorno de protección incluye espacios de los concejos de Ribera de Arriba y de Oviedo.

Tercero.-Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 10 de julio de 2007.-La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo en funciones, Ana Rosa Migoya Diego.

ANEXO I

Delimitación literal del entorno de protección

El área de protección arranca en el vértice de caminos de Picullanza. Por el norte se ha tomado como límite la carretera de Picullanza a Manzaneda, la cual en este tramo es también Camino de Santiago. Donde la carretera gira para Manzaneda, junto a las antiguas instalaciones mineras hoy restauradas como Centro Reto, se bordean un par de edificios ubicados al este del Centro Reto para seguir de nuevo el trazado del Camino de Santiago, de forma que esta ruta marca el límite del perímetro propuesto por el este. A partir de El Portazgo se ha tomado como hito la línea del ferrocarril Oviedo-El Entrego llegando hasta la ribera del río Nalón, dejando fuera del perímetro el espacio ocupado por la central eléctrica de El Portazgo. Donde el río es cruzado por la línea de ferrocarril Gijón-León, se toma como límite la vía del tren que seguimos hasta la salida del túnel de la línea Oviedo-El Entrego, pocos metros antes de que se encuentren ambos trazados ferroviarios, donde se gira 90º hacia el norte. Por el lado oeste, desde el punto anterior se sigue el fondo de una pequeña vaguada, casi imperceptible, hasta alcanzar el camino de acceso a la cueva desde Fresnedo o Picullanza. Este camino, hasta Picullanza es el límite de la protección propuesta por este lado. Se ha dejado fuera el núcleo de Picullanza como tal. Listado de parcelas catastrales afectadas por la propuesta de delimitación del entorno de protección de la Cueva de Los Murciélagos:

Ribera de Arriba

Polígono 6

33057A00600181, 33057A00600182, 33057A00600183, 33057A00600184, 33057A00600185, 33057A00600186, 33057A00600187, 33057A00600188, 33057A00600189, 33057A00600190, 33057A00600191, 33057A00600192, 33057A00600193, 33057A00600194, 33057A00600195, 33057A00600196, 33057A00600197, 33057A00600198, 33057A00600199, 33057A00600200, 33057A00600203, 33057A00600204, 33057A00600205, 33057A00600206, 33057A00600207, 33057A00600241, 33057A00600242, 33057A00600243, 33057A00600244, 33057A00600245, 33057A00600246, 33057A00600248, 33057A00600249, 33057A00600250, 33057A00600251, 33057A00600252, 33057A00600253, 33057A00600254, 33057A00600255, 33057A00600256, 33057A00600257, 33057A00600259, 33057A00600260, 33057A00600261, 33057A00600262, 33057A00600263, 33057A00600264, 33057A00600265, 33057A00600266, 33057A00600267, 33057A00600268, 33057A00600269, 33057A00600270, 33057A00600271, 33057A00600272, 33057A00600273, 33057A00600274, 33057A00600275, 33057A00600276, 33057A00600277, 33057A00600278, 33057A00600279, 33057A00600280, 33057A00600281, 33057A00600282, 33057A00600283, 33057A00600284, 33057A00600285, 33057A00600286, 33057A00600289, 33057A00600290, 33057A00600291, 33057A00600292, 33057A00600293, 33057A00600294, 33057A00600295, 33057A00600296, 33057A00600297, 33057A00600326, 33057A00600327, 33057A00600328, 33057A00600330, 33057A00600331, 33057A00600332, 33057A00600333, 33057A00600334, 33057A00600335, 33057A00600336, 33057A00600337, 33057A00600338, 33057A00600339, 33057A00600340, 33057A00600341, 33057A00600342, 33057A00600343, 33057A00600344, 33057A00600345, 33057A00600346, 33057A00600347, 33057A00600348, 33057A00600349, 33057A00600350, 33057A00600351, 33057A00600352, 33057A00600353, 33057A00600354, 33057A00600355, 33057A00600379, 33057A00609012, 33057A00609021, 33057A00609022, 33057A00609023, 33057A00609024, 33057A00611200, 33057A00611241, 33057A00611276, 33057A00611376.

Oviedo

Polígono 109

33900A10900379, 33900A10900380, 33900A10900381, 33900A10900428, 33900A10900378, 33900A10900377, 33900A10900376, 33900A10900427, 33900A10900382, J10307700TN79G, 33900A10900352, 33900A10900366, 33900A10900365, 33900A10900360, 33900A10900359, 33900A10900358, 33900A10900357, 33900A10900356, 33900A10900355, 33900A10900333, 33900A10900334, 33900A10900335, 33900A10900336, 33900A10900337, 33900A10900338, 33900A10900339, 33900A10900340, 33900A10900341, 33900A10900343, 33900A10900344, 33900A10900348, 33900A10900349, 33900A10900351, 33900A10900347, 33900A10900350, 33900A10900383, 33900A10900431, 33900A10909004, J10307800TN79G.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid