El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACYL), y las empresas Agrosa Semillas Selectas S.A., Semillas Columbia S.A., Agrotecnipec S.L., Semillas Batlle S.A., Semillas El Solc S.L., Cooperativa Agrícola Regional, Bureba-Ebro Sociedad Cooperativa, Cobadu Soc. Coop. Ltda. Bajo Duero, Cooperativa Cocetra, Cocope S. Coop., Copiso Soria Sociedad Cooperativa, Odarpi Sociedad Cooperativa Limitada y Agropecuaria Palentina Sociedad Cooperativa Limitada, han formalizado con fecha 13 de julio de 2007, un Convenio de Colaboración, para la realización de un proyecto de obtención de variedades de guisante proteaginoso.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de julio de 2007.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vassallo.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO AGRARIO DE CASTILLA Y LEÓN, EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA Y LAS EMPRESAS AGROSA SEMILLAS SELECTAS S.A., SEMILLAS COLUMBIA S.A., AGROTECNIPEC S.L., SEMILLAS BATLLE S.A., SEMILLAS EL SOLC S.L., COOPERATIVA AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO SOCIEDAD COOPERATIVA, COBADU SOC. COOP. LTDA. BAJO DUERO, COOPERATIVA COCETRA, COCOPE S. COOP., COPISO SORIA SOCIEDAD COOPERATIVA, ODARPI SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA Y AGROPECUARIA PALENTINA SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE OBTENCIÓN DE VARIEDADES DE GUISANTE PROTEAGINOSO
En Madrid, a 13 de julio de 2007.
REUNIDOS
De un parte, el Sr. D. Javier Martínez Vassallo, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF. Q-2821013-F, con sede en Madrid, Ctra. de La Coruña, km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 286/2007, de 23 de febrero, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12.2.d) del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.
De otra parte, el Sr. D. José Manuel Ferreras Navarro, como Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, (en adelante ITACYL), con domicilio social en Ctr. Burgos-León Km. 119 (Finca Zamadueñas) 47071-Valladolid y C.I.F. núm.: Q-4700613-E en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 18.2 g) de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, y 12.2 j) del Decreto 121/2002, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo. De otra parte el Sr. D. Manuel Rojo Rojo, con NIF 3.045.379-H, en nombre y representación de Agrosa Semillas Selectas S.A., (en adelante AGROSA), con CIF A19154418, y domicilio social en C/ Camino de Caritas s/n de Jadraque, (Guadalajara), cuya representación legal ostenta como administrador solidario asignado en Junta General Universal en reunión celebrada el día 31 de marzo de 2000, según acredita la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Santiago María Cardelus Muñoz Seca, bajo el número 667 de su Protocolo. De otra parte el Sr. Dña. María Victoria Arranz Montalvillo, con NIF 3.433.200-J, en nombre y representación de Semillas Columbia S.A., (en adelante COLUMBIA), con CIF A-40017105, y domicilio social en ctra. Adanero-Gijón, km. 197, Zaratán (47610 Valladolid), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Jesús Torres Espiga con fecha 27 de julio de 2004 con número de protocolo 2396. De otra parte el Sr. D. Joel Cuesta Vegas, con NIF 12.226.406-C, en nombre y representación de AGROTECNIPEC S.L., (en adelante AGROTECNIPEC), con CIF B-34109975, y domicilio social en c/ Inglaterra P137 polígono Industrial de Villalobón 34004 (Palencia), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Julio Herrero Ruiz con fecha 30 de septiembre de 2002 con número de protocolo 3337. De otra parte el Sr. Francisco Batlle Valdeperes con NIF 36.920.366-F, en nombre y representación de Semillas Batlle SA (en adelante Batlle), con CIF A-25004714 y domicilio social en C/ Santiago Rusiñol 4-6, 08750 Molins de Rey (Barcelona), cuya representación legal ostenta como acredita el Notario Don Francisco Armas Omedes con fecha 18 de diciembre de 2002 con número de protocolo 3939. De otra parte el Sr. Ramón Enrique Martí Meliá con NIF 40.800.650-F, en nombre y representación de Semillas el Solc S.L. (en adelante EL SOLC), con CIF B-25228479 y domicilio social en Ctra. N-240 Km 114,5 25100 Almacellas (Lérida), cuya representación legal ostenta como acredita el Notario Don Antonio Rico Morales con fecha 24 de febrero de 1999 con número de protocolo 977. De otra parte el Sr. D. Tomás Rodríguez Simón, con NIF 12.711.090-W en nombre y representación de la Cooperativa Agrícola Regional, (en adelante Agrícola Regional), con CIF F-34002535, y domicilio social en Avda. Manuela Rizo s/n de Carrión de los Condes (Palencia), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Íñigo Irache Varona con fecha 29 de abril de 2005 con número de protocolo 577. De otra parte el Sr. D. Luis Miguel Valdés Mínguez, con NIF 12.757.380-Q, en nombre y representación de Bureba-Ebro Sociedad Cooperativa, (en adelante (Bureba-Ebro), con CIF F-09065657, y domicilio social en Carretera Cornudilla, km. 1,5 09240 Briviesca (Burgos), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. José María Gómez-Oliveros Sánchez de Rivera con fecha 1 de septiembre de 2004 con número de protocolo 4.732 De otra parte el Sr. D. Florentino Mangas Blanco, con NIF 11.575.015-N, en nombre y representación de Soc. Coop. Ltda Bajo Duero, (en adelante COBADU), con CIF 11575015-N, y domicilio social en Ctra. Moraleja Km. 4 Moraleja del Vino (Zamora), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Antonio Hernández Rodríguez-Calvo con fecha 11 de febrero de 2004 con número de protocolo 379 De otra parte el Sr. D. Armando Caballero Vadillo, con NIF 12.329.143-Q, en nombre y representación de la Cooperativa Cocetra de Castrejón de Trabancos Sdad. Coop. Ltada., (en adelante COCETRA), con CIF F47032818, y domicilio social en C/ Afueras, s/n, 47512, Castrejón de Trabancos. Valladolid, cuya representación legal ostenta como acredita el notario Dña. María Concepción Ortí García-Valdecasas con fecha 13 de diciembre de 2006 con número de protocolo 499. De otra parte el Sr. D. Gabriel Alonso Resina, con NIF 12.170.354-L, en nombre y representación de Cocope S. Coop., (en adelante COCOPE), con CIF F47007018, y domicilio social en CR. Pesquera, Km. 0,800 C.P. 47300 Peñafiel (Valladolid), cuya representación legal ostenta, como Presidente, por acuerdo de la Asamblea General de fecha 19 de Diciembre de 2004. Dicho acuerdo expedido por el Secretario ha sido inscrito en el Registro de Cooperativas -Sección Provincial de la Junta de Castilla y León en la fecha del 7 de marzo de 2005, tal como indica en el artículo 41.2 de la Ley de 4/2002 de 11 de abril de Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. De otra parte el Sr. D. Andrés García Martínez, con NIF 16.781.994-K en nombre y representación de Copiso Soria Sociedad Cooperativa, (en adelante COPISO), con CIF F42000844, y domicilio social en Avenida de Valladolid 105 (42005 Soria), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Sebastián Ribera Peral con fecha 19 de enero de 1995 con número de protocolo 207. De otra parte el Sr. D. Cecilio Santiago Plaza, con NIF 13.068.655-D, en nombre y representación de Odarpi Sociedad Cooperativa Limitada, (en adelante ODARPI), con CIF F-09035916, y domicilio social en C/ Fernán González s/n, Melgar de Fernamental (09100 Burgos), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Enrique Varela Díez con fecha 27 de septiembre de 1994 con número de protocolo 302. Y de otra parte el Sr. D. César Reales Ajo, con NIF 03.428.314-A, en nombre y representación de Agropecuaria Palentina Sociedad Cooperativa Limitada (en adelante AGROPAL), con CIF F34003889, y domicilio social en C/ Francia P52 (Polígono Industrial) (34004 Palencia), cuya representación legal ostenta como acredita el notario D. Julio Herrero Ruiz con fecha 13 de febrero de 1989 con número de protocolo 343. Actuando todos ellos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio.
EXPONEN
Primero.-Que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (en lo sucesivo ITACyL) actúa en el ejercicio de la competencia de fomento de la investigación, título atribuido a las Comunidades Autónomas por el artículo 148.1.17.ª de la Constitución y las que le otorga la Ley de 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto.
Segundo.-Que en el ITACyL se vienen realizando proyectos de investigación sobre la mejora genética de guisante proteaginoso, financiados con cargo a sus propios presupuestos y a través del antiguo Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario, gestionado por el INIA y del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica vigente, contando con investigadores altamente cualificados en este tipo de trabajo y con equipamiento adecuado para la realización de los proyectos. Esto ha permitido la obtención de variedades y el desarrollo de estudios y técnicas relacionadas con la mejora genética y la agronomía del cultivo. Tercero.-Que el INIA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia por el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo y de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en virtud de la cual pueden celebrar convenios de Colaboración los Organismos Públicos de Investigación. Cuarto.-Que las Empresas AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL representantes del sector productor de este tipo de semillas, consideran que el mercado, tanto interior como exterior, no está suficientemente atendido en lo referente a la disponibilidad de variedades competitivas, rentables y de calidad, necesitando un mayor avance en la obtención de variedades productivas y estables adaptadas a los condicionantes agroclimáticos de las regiones productoras. Por todo ello, desean colaborar en la realización de proyectos de investigación y desarrollo de variedades de guisante proteaginoso, ofreciendo al sector público investigador colaboración financiera, instalaciones y medios técnicos para impulsar un proyecto de mejora genética de la especie citada. Quinto.-Que el INIA y el ITACyL, conscientes del problema antes expuesto y sensibles a los intereses del sector privado, deseoso de impulsar el programa hacia objetivos más ambiciosos, que aceleren la diversificación de la oferta de variedades de guisante proteaginoso, consideran necesaria la ampliación de los actuales programas de investigación con estos objetivos, dotándolos de mayores medios, humanos y materiales, que permitan ampliar la oferta del sector productor de esta semilla. A estos efectos, se ha valorado positivamente la colaboración ofrecida por AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL, que disponen de equipo técnico e instalaciones y fincas, necesarias para potenciar el programa en las fases de multiplicación del material vegetal y en las de ensayo de las selecciones, en fincas situadas en las zonas de producción, así como capacidad y contacto directo con el sector como para participar y colaborar en una mejor definición de los objetivos del plan de mejora de guisante proteaginoso. Sexto.-Que las partes consideran necesario y de suma urgencia aunar los esfuerzos para la realización de un «Proyecto de obtención de variedades de guisante proteaginoso competitivas, estables, rentables, de calidad y adaptadas a los condicionantes agroclimáticos de las principales regiones productoras», orientado a las actividades típicas de mejora clásica para climas semiáridos, que permita manejar, multiplicar y ensayar gran cantidad de material y profundizar en los aspectos relacionados con el rendimiento y calidad de la semilla y con la resistencia/tolerancia de la planta a los estreses bióticos y abióticos de mayor importancia.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.-El objeto del presente Convenio es la realización del «Proyecto de obtención de variedades de guisante proteaginoso competitivas, estables, rentables, de calidad y adaptadas a los condicionantes agroclimáticos de las principales regiones productoras», (en lo sucesivo Proyecto), de acuerdo con el diseño, desarrollo y valoración de los materiales vegetales, que se describen en cada una de las partes y fases expuestas en el Anexo I.
Segunda.-Actuación de las partes en el Proyecto.-Las partes realizarán las actividades relacionadas en el Anexo I al presente Convenio, poniendo a disposición de las distintas tareas los medios humanos y materiales que se expresan en el Anexo II al presente Convenio. El proyecto se divide en seis fases que se describen en mayor detalle en el Anexo I:
Fase 1: Obtención de nuevos híbridos.
Fase 2: Obtención de las poblaciones segregantes. Fase 3: Caracterizaciones preliminares y preselección en campo. Fase 4: Estudio agronómico y selección de líneas avanzadas procedentes de cruzamientos obtenidos en proyectos anteriores. Fase 5: Estudio del rendimiento y adaptación de las líneas seleccionadas en diferentes condiciones y zonas de interés. Fase 6: Estudio de los parámetros de calidad de las líneas de interés.
El ITACyL, que se responsabilizará de la dirección científica y técnica del Proyecto, colaborará con AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL en todas las fases del mismo, conforme se indica en el citado Anexo I. El ITACyL pondrá a disposición del Proyecto los medios humanos y materiales que se relacionan en el Anexo II al presente Convenio. Asimismo, aportará la finca de experimentación donde se desarrollarán la mayor parte de las tareas del Proyecto.
AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL aportarán los medios económicos que se relacionan en el Anexo II al presente Convenio y se comprometen a aportar el apoyo de sus técnicos y otros medios materiales (maquinaria, fitosanitarios, etc), en los casos en que se considere necesario por todas las partes, para una correcta ejecución del proyecto. La colaboración del INIA se concreta en el reforzamiento del ITACyL financiando personal, que contratará este Instituto para el desarrollo del Proyecto. A este respecto, el personal que se deberá contratar contemplará: Un Técnico con experiencia acreditada en mejora genética de guisante proteaginoso y en el manejo y control de ensayos, durante toda la duración del proyecto; Personal de apoyo a la investigación a cubrir necesidades puntuales en el tiempo durante el desarrollo del proyecto. En el Anexo II se incluye la relación valorada de los medios que pondrá a disposición del Proyecto el ITACyL y que serán financiados por el INIA. Tercera. Aportaciones económicas.-Además de las aportaciones en especie relacionadas en el Anexo II al presente Convenio, el INIA, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL aportarán mediante transferencia bancaria las cantidades, distribuidas por anualidades, que se expresan en el cuadro siguiente:
Aportaciones económicas
Entidad |
Aportación (€) |
||||
1.ª anualidad |
2.ª anualidad |
3.ª anualidad |
4.ª anualidad |
Total |
|
INIA |
40.000 |
41.200 |
42.436 |
43.709 |
167.345 |
AGROSA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COLUMBIA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGROTECNIPEC |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
BATLLE |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
EL SOLC |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGRÍCOLA REGIONAL |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
BUREBA-EBRO |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COBADU |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COCETRA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COCOPE |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COPISO |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
ODARPI |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGROPAL |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
Total |
50.400 |
51.912 |
53.473 |
55.071 |
210.856 |
La cuantía total de las aportaciones económicas para sustentar las actividades del Proyecto es de doscientos diez mil ochocientos cincuenta y seis euros (210.856 €).
Las cantidades correspondientes al INIA serán abonadas por este Instituto al ITACyL, con cargo a la partida presupuestaria 18.204.467D.751 de los Presupuestos Generales del Estado. Asimismo, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL abonarán también al ITACyL las cantidades indicadas en este cuadro. Cuarta. Pagos entre las partes.-Todos los pagos anuales serán realizados dentro del primer trimestre de cada año de vigencia del Convenio, considerando el primero de ellos el que transcurra a partir de la fecha de formalización del Convenio. No obstante, los pagos que realice el INIA al ITACyL se ajustarán a los siguientes requisitos:
El pago de las anualidades 2.ª, 3.ª y 4.ª estarán condicionados a la presentación del correspondiente informe anual de seguimiento y a la justificación del gasto realizado con cargo a la anualidad anterior. Esta justificación consistirá en la presentación de fotocopia compulsada de las facturas o documentos que justifiquen esos gastos antes del fin de cada anualidad, sin cuya justificación no se podrán efectuar nuevos libramientos de fondos.
Junto con los informes anuales y el informe final se acompañará un certificado de la Gerencia o Servicio de Contabilidad del ITACyL, en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados. A este informe se añadirá también, si procede, fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.
Los pagos al ITACyL se realizará en la cuenta corriente 2096-0120-69-3182404804 de Caja España, C/ José Luis Arrese, n.º 2, 47014 Valladolid.
Quinta. Normas de utilización de los materiales procedentes del Proyecto.-El germoplasma de guisante en posesión del INIA e ITACyL y su ampliación con motivo del presente Convenio, permanecerá en propiedad de estos organismos y podrá ser utilizado por los mismos en el Proyecto. AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL se comprometen a utilizar el material procedente del Proyecto sólo para realizar las actividades que le corresponden en el presente Convenio. Se excluye expresamente la utilización de este material, por parte de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL como parentales para la realización de nuevos cruzamientos, ajenos a los previstos en el presente Convenio durante su vigencia. El INIA y el ITACyL podrán utilizar el material procedente del Convenio en trabajos exclusivamente de investigación y experimentación, que realicen como consecuencia de sus compromisos adquiridos en su actividad de cooperación con grupos científicos nacionales y extranjeros. En todo caso, los resultados de estos trabajos no podrán dar lugar a la inscripción de variedades de guisante proteaginoso y, en consecuencia, a su comercialización. Sexta. Identificación de los materiales vegetales.-Las líneas finales obtenidas en el presente Convenio son consideradas genéticamente como líneas puras, por lo que las sucesivas progenies mantienen un genotipo idéntico al del individuo inicial. Por esta razón, es posible identificar si un individuo procede de una línea determinado mediante la técnica de marcadores genéticos. Este método se aplicará, de forma sistemática, a las líneas que pasen a la Fase 5 (Estudio del rendimiento y adaptación de las líneas seleccionadas en diferentes condiciones y zonas de interés), citada en la cláusula segunda del presente Convenio. El material, marcado de esta forma, permanecerá custodiado por el ITACyL, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL en sus instalaciones, sirviendo como referencia para casos de litigios entre las partes o con terceros. Séptima. Materiales vegetales excluidos del presente del Convenio.-Se excluyen del presente Convenio las variedades ya registradas del patrimonio del INIA y del ITACyL. Dichas variedades serán propiedad exclusiva de estos Organismos, teniendo AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL opción a su explotación en las condiciones que se estipulen en el correspondiente contrato de explotación El resto de materiales, obtenidos en los proyectos en curso que desarrollan estos organismos, se incorporarán al Proyecto, objeto del presente Convenio, para su utilización conforme a lo prescrito en la cláusula sexta, salvo en los casos en que en dichos otros proyectos en curso existan cláusulas que especifiquen su no utilización. Octava. Seguimiento del Convenio y del Proyecto.-El seguimiento del Convenio se realizará mediante una Comisión de Seguimiento responsable de la supervisión de los trabajos desarrollados en el mismo, de las decisiones sobre la planificación y modificaciones de las actividades programadas, de las decisiones referentes a las líneas avanzadas que deben ser inscritas en el Registro Comercial o en el de Variedades Protegidas o en el Registro Comunitario y de la interpretación del presente Convenio, resolución de discrepancias, dudas o conflictos que se presente en la ejecución de las actividades del Proyecto. La comisión estará formada por:
El Director del ITACyL o persona en quien delegue, que actuará como Presidente de la Comisión.
El Subdirector General de Prospectiva y Coordinación de Programas del INIA o persona en quien delegue. Los Presidentes de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL o persona/s en quien/es delegue/n. El Coordinador del Proyecto, perteneciente al ITACyL y designado por su Director General actuará como Secretario de la Comisión, con voz y voto. Un representante de la Administración General del Estado, nombrado por la Delegación del Gobierno de la Región de Castilla y León.
En todo lo no previsto en el presente Convenio la Comisión de seguimiento se regirá según lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre órganos colegiados.
Novena. Información entre las partes.-Cada parte se compromete a mantener informada a las otras partes del desarrollo del presente Convenio, tanto de los trabajos científico-técnicos alcanzados en su realización, como de cualquier extremo relevante para la consecución de los mismos. Cualquier información a terceros, sobre el contenido y el desarrollo del Convenio, deberá realizarse con autorización expresa de las otras partes y haciendo mención a la existencia del Convenio. Décima. Propiedad de los resultados y uso de los mismos.-Las partes han acordado que la propiedad de los resultados, objeto del presente Convenio, será del ITACyL, del INIA y de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL en la siguiente proporción:
ITACyL: 15,875 %.
INIA: 15,875 %. AGROSA: 5,25 %. COLUMBIA: 5,25 %. AGROTECNIPEC: 5,25 %. BATLLE: 5,25 %. EL SOLC: 5,25 %. AGRÍCOLA: 5,25 %. BUREBA-EBRO: 5,25 %. COBADU: 5,25 %. COCETRA: 5,25 %. COCOPE: 5,25 %. COPISO: 5,25 %. ODARPI: 5,25 %. AGROPAL: 5,25 %.
En la determinación de esta proporción, las partes, conscientes de los costes que generarán a la parte privada la promoción y comercialización de las variedades, acordaron compensar a ésta con una mayor participación global en la propiedad de los resultados del convenio, independientemente de lo que le correspondería por su aportación al mismo.
En la medida en que estos resultados sean susceptibles de protección legal, la titularidad de los derechos de propiedad industrial relativos a las obtenciones vegetales que pudieran derivarse de los referidos trabajos de investigación, pertenecerá asimismo a todas las partes signatarias del presente convenio en la proporción anteriormente establecida, apareciendo como inventores todos y cada uno de los investigadores cuya aportación científica sea relevante. En cuanto a propiedad intelectual, le corresponde exclusivamente al equipo investigador del ITACyL que participa en los proyectos de investigación de obtención de variedades de guisante proteaginoso. Los resultados obtenidos tendrán carácter reservado y las partes mantendrán confidencialidad sobre la información generada durante la ejecución de los trabajos del Convenio. La posible publicación, en revistas científicas o de divulgación, de las características de las variedades obtenidas en el Proyecto, por ser materia que puede afectar a la viabilidad económica de las mismas, necesitará del permiso por escrito y expreso de las partes, las cuales están obligadas a contestar a estas solicitudes en un plazo máximo de un mes, a través de la Comisión de Seguimiento. Undécima. Registro y protección de las obtenciones.-Cuando una línea avanzada seleccionada, perteneciente al Proyecto, tras los ensayos correspondientes a las fases de desarrollo en distintas zonas y de parámetros de calidad, fuera suficientemente prometedora a juicio de la Comisión de Seguimiento, para poder considerarla como nueva variedad, se procederá a la solicitud de su inscripción en el Registro Español de Variedades Comerciales. De forma paralela, se solicitará su protección bajo la legislación española o comunitaria. La solicitud de protección a terceros países se realizará también, por decisión de la Comisión de Seguimiento, en función de las perspectivas comerciales de cada variedad obtenida. Las gestiones relativas a estas inscripciones serán realizadas por el INIA. Las tasas y demás costes de solicitud y mantenimiento en los registros, serán sufragadas por los solicitantes en la misma proporción en que participen en la propiedad de la variedad, de acuerdo con lo prescrito en la cláusula anterior. Duodécima. Explotación de las obtenciones.-Las partes acuerdan que la gestión comercial de las variedades obtenidas en el Proyecto será encargada, previa decisión de la Comisión, a una de las empresas signatarias del presente convenio (AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL) ya que reúnen las mejores condiciones para proceder a la comercialización de las variedades. A estos efectos, se formalizará al correspondiente contrato de gestión entre con ITACyL, INIA, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL, precisando las condiciones de la gestión, cuyas características generales serán:
ITACyL se encargará de la conservación de las variedades.
AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL se encargarán de las gestiones relativas a la inscripción en el registro de los países no pertenecientes a la Unión Europea, en los casos en que estas inscripciones sean aprobadas por la Comisión Técnica del Proyecto. La empresa acordada por la Comisión como encargada de la gestión comercial gestionará los posibles contratos de licencias de explotación de las variedades, realizando las gestiones comerciales y la de cobro del total de los royalties, e ingresando al ITACyL, INIA, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL las cantidades que les correspondan como obtentores. La empresa acordada por la Comisión como encargada de la gestión comercial tendrá encomendada la producción de semilla de categoría R1. Esta semilla R1 será considerada como «semilla técnica», es decir, estará prohibida su comercialización o cesión si no es para la producción de semilla R2 por parte de las empresas que firmen las posteriores licencias. Toda nueva licencia que firme la empresa encargada de la gestión deberá ser aprobada previamente por la Comisión, existiendo la obligatoriedad de concesión de licencia si la empresa solicitante es signataria del convenio. En caso de tratarse de una empresa no signataria del convenio, existe la posibilidad de veto a la firma de esa licencia por parte de alguna de las empresas signatarias, si esta considera y justifica que dicha concesión puede resultar no beneficiosa para el convenio general o para sus intereses particulares. Con el fin de que la Comisión pueda decidir mas favorablemente a que empresa se la concede la gestión comercial de las variedades en el caso de que haya varias interesadas, se acuerda que, una vez se haya formado la Comisión, esta establezca un sistema de sanciones que vele asimismo por los derechos y el buen funcionamiento del convenio y de las relaciones entre los signatarios. Dicho sistema de sanciones deberá contemplar al menos: los casos en que se realice uso fraudulento, o no contemplado, de la semilla de trabajo o resultado del proyecto; el no cumplimiento en el desarrollo de las distintas actividades; la negligencia en el cumplimiento de los compromisos; el no estar al corriente de los pagos o el posible retraso en los mismos. Estas y otras posibles faltas no tendrán solo impacto en la posible consideración para obtener la encomienda de la gestión comercial, sino también pueden ser motivo para eliminar el derecho de firma de posterior licencia, rescisión de la misma si ya ha sido firmada o incluso de acudir a otras vías legislativas si la comisión lo estima oportuno.
Las partes, conscientes de los costes que generarán a AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL estas actividades, acordaron compensar a estas empresas con una mayor participación global en la propiedad de los resultados del convenio, independiente a la que le correspondería por su aportación al mismo.
Decimotercera. Régimen de personal.-El régimen del personal de cada una de las partes, si desarrolla alguna actividad en sede de la otra, deberá respetar las normas de funcionamiento interno sin que en ningún caso se altere su relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra parte. Decimocuarta. Comienzo de efectos y duración del Convenio.-El presente Convenio, que surtirá efectos desde el día de su firma, tendrá una duración de cuatro años. No obstante podrá ser prorrogado mediante la oportuna Acta de Prorroga, que deberá formalizarse con anterioridad a la finalización de su plazo de duración, por acuerdo expreso de las partes. La tramitación de dicha prórroga deberá seguir los mismos trámites que el convenio original ante la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, de acuerdo con los apartados cuarto y séptimo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990. Decimoquinta. Resolución del Convenio.-El presente Convenio podrá ser rescindido de acuerdo mutuo y voluntario de las partes o por Acuerdo Motivado de alguna de ellas, lo que deberá comunicarse a las otras partes fehacientemente, previa audiencia de las mismas y con, al menos un mes de antelación. Decimosexta. Régimen jurídico y resolución de conflictos.-El presente Convenio tiene su fundamento en lo establecido en el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Asimismo, tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Queda excluido, por tanto, de la regulación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio) de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3.1, letra c, del propio Texto Refundido. A pesar de ello, y según lo previsto en la propia Ley de Contratos, se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio, de no resolverse pacíficamente por la Comisión de Seguimiento, serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, todas las partes firman quince ejemplares del presente Convenio, en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vassallo.-El Director del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, José Manuel Ferreras Navarro.-El Representante de Agrosa Semillas Selectas S.A., Manuel Rojo Rojo.-La Representante de Semillas Columbia S.A., María Victoria Arranz Montalvillo.-El Representante de Agrotecnipec S.L., Joel Cuesta Vegas.-El Representante de Semillas Batlle S.A., Francisco Batlle Valdeperes. El Representante de Semillas El Solc S.L., Ramón Enrique Martí Meliá. El Representante de Cooperativa Agrícola Regional, Tomás Rodríguez Simón.-El Representante de Bureba-Ebro Sociedad Cooperativa, Luis Miguel Valdés Mínguez.-El Representante de Soc. Coop. Ltda. Bajo Duero, Florentino Mangas Blanco.-El Representante de Cooperativa Cocetra, Armando Caballero Vadillo.-El Representante de Cocope S. Coop, Gabriel Alonso Resina.-El Representante de Copiso Soria Sociedad Cooperativa, Andrés García Martínez.-El Representante de Odarpi Sociedad Cooperativa Limitada, Cecilio Santiago Plaza.-El Representante de Agropecuaria Palentina Sociedad Limitada, César Reales Ajo.
ANEXO I Fases y metodología para la obtención de nuevas variedades de guisante proteaginoso, distribución de tareas
Fase 1: Obtención de nuevos híbridos
Campañas 1, 2, 3 y 4
En función de las necesidades expuestas por el sector privado en cuanto a características esenciales que deben tener las variedades para cubrir sus intereses se seleccionará el material parental. Con ellos se realizarán cruzamientos en condiciones de invernadero entre las distintas líneas, incluyendo fuentes de resistencia y/o tolerancia a bacteriosis y heladas, así como líneas portadoras de genes de indehiscencia. Se estima poder realizar por año 15-25 cruzamientos entre distintas líneas, de forma que el número de semilla viable F1 para cada cruzamiento sea de 50. La estimación de éxito en los cruzamientos en el grupo del ITACyL es del 93%, con una media de 3 semillas viables por cada flor utilizada como parental materno. Esto implica la necesidad de realizar entre 250 y 450 hibridaciones individuales por campaña. Por cada cruzamiento línea A x línea B y recíproco será necesario realizar al menos 18 hibridaciones individuales. Para garantizar que exista el número de flores necesarios en los momentos adecuados, se planteará la siembra de tres tandas de siembra de parentales, espaciadas 10 días, incluyendo en cada tanda entre 5 y 10 plantas de cada parental. La decisión de nuevos cruzamientos será realizada por el ITACyL bajo las consideraciones de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL. La generación de dichos cruzamientos será realizada por el ITACyL. Esta fase será recurrente durante la duración del proyecto, de forma que durante cada campaña se generen los mencionados 15-25 cruzamientos distintos, con lo que al final del proyecto se habrán generado entre 60 y 100 nuevos cruzamientos. Se considera la posibilidad que alguno de los parentales sea algún híbrido resultante de cruzamientos anteriores, con el fin de incrementar la variabilidad interna de los cruzamientos.
Fase 2: Obtención de las poblaciones segregantes
Campañas 2, 3 y 4
La semilla F1 procedente de los cruzamientos obtenidos en la campaña anterior será sembrada con el objetivo de obtener poblaciones segregantes F2 con un número de individuos suficiente como para maximizar el número de recombinantes que se puedan manejar. Para ello se realizará siembra en condiciones de campo en la Finca Zamadueñas durante el mes de febrero en parcelas donde se pueda aplicar riego. La siembra se realiza en surcos, a razón de un surco por cada vaina individual obtenida. Se realizará el seguimiento de surcos y plantas, eliminándose aquellas que puedan resultar sospechosas de proceder de autofecundación. El resultado previsto será el conseguir entre 1500 y 2000 semillas F2 procedentes de cada uno de los cruzamientos.
Fase 3: Caracterizaciones preliminares y preselección en campo
Campañas 3 y 4
La semilla F2 procedente de cada uno de los surcos será clasificada en función del cruzamiento de origen. Se separarán 200 semillas de cada cruzamiento y se almacenarán para una posible futura utilización para estudios de mapeo genético, formación de líneas recombinantes por autofecundación, etc. El resto de la semilla procedente de cada cruzamiento será sembrada en condiciones de secano en siembra otoño-invernal en la finca de Zamadueñas. Bajo esta siembra se somete al cultivo a una primera fase de selección ambiental. La siembra será en parcelas, en cada parcela un cruzamiento distinto, de 4 surcos de 10 m de longitud. La separación entre surcos será de 37,5 y la separación entre semillas dentro de surcos de 10 cm. Estas condiciones implican la siembra de 400 semillas por parcela, sembrándose tantas parcelas por cruzamiento como sean necesarias (se estima entre 4 y 5). La separación mínima entre parcelas será de 1,5 m en paralelo y 2 m en línea, para permitir posibles tratamientos mecanizados y facilitar el acceso a las parcelas y plantas dentro de parcela en las evaluaciones y en el proceso de selección. Las distancias entre plantas son lo suficiente para permitir que cada planta maximice la probabilidad de expresar su verdadero potencial, minimizando la competencia, estando asimismo menos protegidas por sus colindantes de los rigores ambientales típicos del invierno, con lo que se considera una mayor presión selectiva natural de las heladas invernales. Las labores agronómicas de preparación del terreno serán las habituales que realizan los agricultores, poniendo especial énfasis en proporcionar un lecho de siembra adecuado para favorecer la nascencia (suelo desmenuzado y nivelado). Se aplicarán herbicidas en preemergencia y de postemergencia para hoja estrecha, orientados especialmente para controlar los rebrotes de la cebada precedente. Si se observa presencia de malas hierbas se realizará escarda manual en los momentos que se considere necesario. La selección de plantas F2 a final de campaña se realiza sobre las mismas parcelas, mediante estima de la valía del cruzamiento en potencial productivo. En función de dichos potenciales se establecerán índices de selección por cruzamiento, de forma que el sumatorio total de plantas seleccionadas para el conjunto de cruzamientos sea de 1500. (número máximo de futuras parcelas F3 manejables en las condiciones habituales de trabajo). Para el apoyo de cálculo del potencial de rendimiento se habrán evaluado diversos caracteres durante el ciclo de crecimiento: fenológicos (inicio y final de floración y maduración de las primeras vainas), estimas visuales de nascencia y supervivencia al invierno, de ramificación presente en el momento de floración, de altura de las primeras vainas, de la altura de las plantas y de la carga de vainas en el momento de cosecha, así como nivel de daños de enfermedades caso de aparecer. Posteriormente, y dentro de cada parcela seleccionada, se seleccionarán tantas plantas de cada cruzamiento como indique la relación de índices de selección cumpliendo con el criterio de seleccionar un máximo de 1.500 parcelas. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por el ITACyL, con el apoyo de los técnicos de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
Campaña 4
Se realizará siembra planta-parcela de la semilla F3 procedente de las 1.500 plantas F2 seleccionadas la campaña anterior. Las condiciones de siembra serán las mismas que las expuestas para la semilla F2, con la salvedad que en este caso las parcelas serán de un máximo de 2 m de longitud.
La selección seguirá un proceso similar al expuesto en la generación anterior, con las siguientes salvedades: Se eliminarán las parcelas menos interesantes, especialmente aquellas mas afectadas por posibles estreses bióticos y abióticos. Se desecharán aquellas parcelas que presenten excesivo problema de encamado o morfología indeseada. Se establecerá un índice por parcela y se recogerán entre 1 y 5 plantas por parcela en función de dicho potencial. Posteriormente se cosechará y se pesará el resto de la parcela sobre la que se haya seleccionado alguna planta. Con la estima de rendimiento efectuado sobre el sobrante de parcela, el índice definido en cada una de ellas y las anotaciones y evaluaciones realizadas durante el ciclo de cultivo se seleccionarán las plantas finales, de forma que el número máximo de plantas seleccionadas sea de 500. La semilla procedente de cada una de dichas plantas formará la generación F4, que será tratada en futuros proyectos. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por el ITACyL, con el apoyo de los técnicos de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
Fase 4: Estudio agronómico y selección de líneas avanzadas procedentes de cruzamientos obtenidos en proyectos anteriores Fijación del genotipo
Campaña 1, 2, 3 y 4
Dentro de la continuación con el material segregante procedente de proyectos anteriores, se cuenta con poder sembrar 822 para fijación de genotipos, correspondientes al mismo número de plantas seleccionadas representando generaciones de F6 y F7. La mayor parte de ellas proceden de cruzamientos entre materiales altamente productivos, habiendo representados en la actualidad más de 80 cruzamientos diferentes. Con ellas se realizará siembra otoñal-invernal en la finca de Zamadueñas, durante el mes de noviembre, en parcelas donde el año precedente se ha sembrado cebada, en parcelas elementales de 1,5 x 1,33 m, superficie total de 2,66 m2, con cuatro líneas de 1,5 m de longitud y separación entre líneas de 0,33 cm por cada parcela elemental. La separación entre semillas es de 5 cm. En estas condiciones se pretende favorecer que cada planta individual dentro de la parcela pueda expresar su potencial, minimizando la competencia y favoreciendo y facilitando de esta forma el proceso de selección de plantas. La siembra se realiza con sembradora neumática autopropulsada de precisión. Cada cinco parcelas de fijación de genotipo se sembrarán parcelas testigo de las variedades de guisante de siembra invernal Dove e Iceberg, de la de primavera Baccara y del guisante de doble adaptación Ucero. Las labores agronómicas de preparación del terreno serán las habituales que realizan los agricultores, poniendo especial énfasis en proporcionar un lecho de siembra adecuado para favorecer la nascencia (suelo desmenuzado y nivelado). Se aplicarán herbicidas en preemergencia (hay suficientes en el mercado con buenos resultados) y de postemergencia para hoja estrecha (también disponibles en el mercado), orientados especialmente para controlar los rebrotes de la cebada precedente. Si se observa presencia de malas hierbas se realizará escarda manual en los momentos que se considere necesario. El proceso de selección se realiza sobre las mismas parcelas, mediante estima de la valía de la línea en potencial productivo. Para ello se efectúa comparación visual con los testigos más próximos y se habrán evaluado diversos caracteres durante el ciclo de crecimiento: fenológicos (inicio y final de floración y maduración de las primeras vainas), estimas visuales de nascencia y supervivencia al invierno, de ramificación presente en el momento de floración, de altura de las primeras vainas, de la altura de las plantas y de la carga de vainas en el momento de cosecha, así como nivel de daños de enfermedades caso de aparecer. En primer lugar se seleccionan las parcelas interesantes en función de toda la información recogida. Posteriormente, y dentro de cada parcela seleccionada, se muestrean entre una y tres plantas, dependiendo del potencial observado en la parcela. Por último se cosechará la semilla restante de las parcelas seleccionadas. Con toda la información se seleccionarán las parcelas que seguirán la campaña siguiente en el proceso de fijación de genotipo, de forma que el índice de selección de avance generacional será del 20%, si bien variable debido al interés que se observe en los cruzamientos de los que procede cada tipo de generación. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por el ITACyL, con el apoyo de los técnicos de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
Estudio agronómico
Campañas 1, 2, 3 y 4
Las plantas no seleccionadas incluidas en cada parcela F6 de las que proceden son cosechadas. La semilla obtenida de cada parcela será incluida en ensayos de rendimiento en una localidad fecha de siembra otoño-invernal en la finca de Zamadueñas, junto a variedades testigo (Iceberg, Dove, Bacará y Ucero) de acuerdo a un diseño aumentado en cuadrados latinos. La cantidad de semilla para estos ensayos asociada a cada planta F7 es insuficiente para conseguir repeticiones, con lo que el potencial de rendimiento se corregirá en función de la información de las parcelas testigos y del diseño de campo. El tamaño de parcela o unidad experimental considerado será de 4 × 1,5 m2 (6m2), considerando 7 surcos por parcela y una densidad de siembra de 100 semillas/m2, considerados estos últimos parámetros como los recomendables para las condiciones de secano en siembra invernal en nuestra Comunidad Autónoma. En la actualidad se cuenta para desarrollar dicho ensayo durante la primera campaña 230 líneas procedentes de proyectos anteriores. En las campañas sucesivas se evaluarán las líneas procedentes de las seleccionadas en el proceso de fijación de genotipos y se incluirán aquellas de la campaña anterior que, por la problemática que fuere, no hubiesen podido ser bien evaluadas o sobre las que se tengan dudas de su interés. Se evaluarán datos fenológicos, nascencias y supervivencias tras el invierno, evaluación de daños por bacteriosis y otros posibles estreses que pudieran aparecer, componentes de rendimiento, rendimiento y morfología general, siguiendo la metodología habitual en este tipo de ensayos. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por el ITACyL, con el apoyo de los técnicos de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
Fase 5: Estudio del rendimiento y adaptación de las líneas seleccionadas en diferentes condiciones y zonas de interés Rendimiento y adaptación
Campañas 1, 2, 3 y 4
De las parcelas en el estudio agronómico de la fase 4 se recogerá la semilla procedente de las parcelas sin repetición, contándose en este momento con semilla suficiente para plantear ensayos con tres repeticiones en tres localidades y dos fechas de siembra. De esta forma los ensayos de rendimiento se plantean en tres localidades, dos fechas de siembra y tres repeticiones, incluyendo los mismos cuatro testigos considerados hasta ahora e incluyendo hasta 10 nuevos testigos definidos a partir de la información que los ensayos del Plan de Experimentación Agraria del ITACyL pueda revelar como interesantes. El diseño experimental se plantea a priori como un diseño latinizado en filas y columnas con tres repeticiones, con unidad experimental de 6 × 1,5 m (9 m2). Se evaluarán datos fenológicos, nascencias y supervivencias tras el invierno, evaluación de daños por bacteriosis y otros posibles estreses que pudieran aparecer, componentes de rendimiento, rendimiento y morfología general, siguiendo la metodología habitual en este tipo de ensayos. En la actualidad se cuenta para la primera campaña con 45 líneas para ser evaluadas en la Finca de Zamadueñas y 20 de ellas en el resto de localidades. Será decisión de la Comisión de Seguimiento establecer el número de líneas incluidas en este tipo de ensayos en las campañas 2, 3 y 4, previéndose que dicho número no deberá exceder de 40 comunes para todas las localidades, incluyendo aquellas que hayan superado el primero o sucesivos alños de ensayos y las nuevas procedentes de las parcelas del estudio agronómico de la fase 4. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por el ITACyL, con el apoyo de los técnicos de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL, siendo responsabilidad de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL la de garantizar la maquinaria, tratamientos y tierras necesarias para permitir una correcta ejecución de los ensayos.
Parcelas de demostración
Campañas 2, 3 y 4
La cantidad de semilla procedente de los diversos ensayos anteriores será suficiente para permitir parcelas de demostración de las líneas consideradas como de mayor interés en un número de localidades que la Comisión deberá establecer en función de disponibilidad de semilla e interés por parte de cada una de las empresas. Las parcelas de demostración incluirán ensayos comparativos entre las líneas consideradas y 4-5 variedades testigos conocidas, preferiblemente las mas utilizadas en cada zona. La supervisión y seguimiento de las parcelas serán realizados por el ITACyL y AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL, siendo responsabilidad de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL la de garantizar la maquinaria, tratamientos y tierras necesarias para permitir una correcta ejecución de los ensayos, así como la difusión de la existencia de dichas parcelas entre el público objetivo que AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL considere oportuno.
Fase 6: Estudio de tolerancias y parámetros de calidad de las líneas de interés
Campañas 1, 2, 3 y 4
De cada una de las líneas seleccionadas a partir de la información de los ensayos agronómicos de la fase 4, se separará semilla suficiente para una primera estimación de resistencia a las 7 razas de Pseudomonas syringae pv. pisi, causante de bacteriosis en nuestra región, considerada como potencialmente agresiva en nuestra región. Asimismo se separará semilla suficiente para una primera evaluación en cámara de ambiente controlado para tolerancia a heladas durante los primeros estadios de crecimiento. Asimismo, y si la cantidad de semilla lo permite, se obtendrán muestras para evaluación de contenido proteico, aminoácidos azufrados e inhibidores de tripsina. Los resultados de estos análisis servirán como apoyo en el proceso de selección. De la semilla procedente de los ensayos de la fase 5 se separarán muestras para permitir repetir dichos análisis. Los resultados de estos análisis servirán como apoyo en el proceso de selección. La realización de estos ensayos será responsabilidad del ITACyL, siendo la utilización de los datos generados responsabilidad de ITACyL y AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
Independiente de las fases:
Registro y conservación: Independientemente de las fases establecidas en el plan de mejora en sí, cuando la comisión considere justificado que alguna de las líneas debería ser enviada a registro, se seleccionarán plantas en las parcelas de fijación de genotipos y se multiplicarán para obtener semilla suficiente para envío a registro y para generación de parcelas G0 con las que iniciar el proceso de conservación de variedades.
Estas tareas serán responsabilidad del ITACyL y AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL en los términos que estime la Comisión.
Investigación de apoyo:
En paralelo a las distintas fases del proyecto se pondrá a punto la técnica de avance generacional mediante cultivo in vitro, con la finalidad de que al final del proyecto se cuente con la definición de una metodología que permita un avance generacional mediante el procedimiento de descendencia por semilla simple de 5 generaciones anuales, herramienta que será utilizada en proyectos venideros.
Asimismo, con la semilla F2 separa en los primero momentos de cada cruzamiento (200 semillas) se comenzará el proceso de obtención de Líneas Recombinantes por Autofecundación a partir de aquellos cruzamientos que se consideren como mas interesantes. Se proseguirán los trabajos relacionados con mapeo genético y definición de marcadores ligados a genes de interés, con el fin de incorporar la selección asistida por marcadores al proyecto a medida que se obtengan y validen posibles marcadores genéticos de interés. Estas tareas serán responsabilidad del ITACyL, siendo parte del presupuesto que el ITACyL aprobará como apoyo a este proyecto dedicado a estos objetivos.
ANEXO II Aportación de AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL al Convenio
La aportación de todas las empresas al proyecto será idéntica y consistirá en: 1) colaboración, a tiempo parcial, de los técnicos de cada una de las empresas según el criterio del Coordinador del Proyecto; 2) aportación de campos de ensayo según criterio del Coordinador del Proyecto y tras aprobación de la Comisión de seguimiento, incluyendo los gastos de las labores de cultivo (personal, combustibles, fertilizantes, pesticidas, herbicidas, maquinaria y mantenimiento). Además, cada empresa contribuirá a los gastos de funcionamiento del ITACyL con las cantidades anuales siguientes:
Entidad |
Aportación (€) |
||||
1.ª anualidad |
2.ª anualidad |
3.ª anualidad |
4.ª anualidad |
Total |
|
AGROSA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COLUMBIA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGROTECNIPEC |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
BATLLE |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
EL SOLC |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGRÍCOLA REGIONAL |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
BUREBA-EBRO |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COBADU |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COCETRA |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COCOPE |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
COPISO |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
ODARPI |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
AGROPAL |
800 |
824 |
849 |
874 |
3.347 |
Estas cantidades serán utilizados en el alquiler de tierras, mantenimiento de los ensayos correspondientes a la fase 5, en gastos fungibles (fitosanitarios, estaquillado, bolsas, etc) necesarios a lo largo del proyecto en las distintas fases y al pago de posibles servicios externos de análisis considerados en la fase 6.
Aportación del INIA al Convenio: El INIA aportará al Proyecto la cantidad total de 167.345,1 € para financiar la contratación de personal por parte de ITACyL en función de la distribución expresada en el cuadro siguiente:
Personal a contratar el ITACyL |
Meses/año |
Costes (€/año) |
|||||
N.º |
Cualificación |
1 |
2 |
3 |
4 |
Total |
|
1 |
Técnico. |
12 |
33.250 |
34.248 |
35.275 |
36.333 |
139.106 |
1 |
Personal Apoyo a la investigación. |
3-6 |
6.750 |
6.952 |
7.161 |
7.376 |
28.239 |
Total personal |
40.000 |
41.200 |
42.436 |
43.709 |
167.345 |
Estas cantidades serán abonadas por el INIA al ITACyL.
Aportación del ITACyL al Convenio: El ITACyL se responsabilizará de la coordinación y dirección científica y técnica del Proyecto y colaborará con AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL en las fases del mismo, descritas en el Anexo I. Pondrá a disposición del Proyecto los siguientes medios humanos y materiales:
a) Investigadores: Coordinador del Proyecto: Constantino Caminero Saldaña, Dr. Ingeniero Agrónomo.
Manuel Julio Rodríguez Cachón, Dr. Ingeniero Agrónomo. Alberto Martín Sanz, Licenciado en Ciencias Biológicas. Sonia Ramos Gómez, Licenciada en Ciencias Biológicas. Técnico a contratar.
b) Personal de campo fijo:
Carmelo Santodomingo González, Tractorista.
Olegario Esteban Prieto. Felina Pérez Faúndez.
d) Personal de apoyo eventual:
El ITACyL contratará este personal en las fechas en que las actividades del Proyecto lo aconsejen.
e) Equipamiento:
Colección de líneas avanzadas de guisante proteaginoso.
Colección de Germoplasma de guisante proteaginoso. Parcela para experimentación, de 7 Ha. Invernaderos. Maquinaria de siembra y recolección de ensayos. Cámara de conservación de muestras y almacén. Cámara de cultivo in vitro. Laboratorio de preparación de siembras y evaluaciones. Laboratorio de patología. Laboratorio de biotecnología y marcadores moleculares. Laboratorio de cultivo «in vitro». Y más en general el resto de sus instalaciones siempre que el proyecto lo requiera y no existan perjuicios para el correcto desarrollo de otras actividades del ITACyL.
c) Fungible:
En general, material fungible necesario para el correcto desarrollo de las distintas fases del proyecto y de la investigación de apoyo expuestas en el anejo 1 que no sean cubiertas por las aportaciones de INIA, AGROSA, COLUMBIA, AGROTECNIPEC, BATLLE, EL SOLC, AGRÍCOLA REGIONAL, BUREBA-EBRO, COBADU, COCETRA, COCOPE, COPISO, ODARPI y AGROPAL.
d) Dietas:
El ITACyL asumirá el pago de las dietas devengadas por motivos de desplazamientos a los distintos ensayos del proyecto por parte de su personal o del personal contratado a cargo del proyecto.
Asimismo, y si la Comisión lo considera oportuno, si parte de los resultados del presente proyecto son considerados como interesantes para su exposición en Congresos, Jornadas o Reuniones nacionales, el ITACyL asumirá el pago de las dietas devengadas por motivos de desplazamientos y estancias a dichas actividades por parte de su personal o del personal contratado a cargo del proyecto.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid