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Documento BOE-A-2007-16068

Resolución de 23 de agosto de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el resumen de las cuentas anuales de la Fundación Víctimas del Terrorismo, correspondientes al ejercicio 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 2007, páginas 36897 a 36909 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2007-16068

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en el apartado cuarto de la Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Fundación Víctimas del Terrorismo correspondientes al ejercicio 2006, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 23 de agosto de 2007.-La Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, Concepción Becerra Bermejo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Resumen de la Memoria Abreviada de la Fundación Víctimas del Terrorismo correspondiente al ejercicio 2006

1. Actividad de la entidad

Identificación de la entidad.-La Fundación Víctimas del Terrorismo (en adelante, la Fundación) se constituye conforme a lo establecido en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de las Fundaciones de Competencia Estatal. Previa autorización del Consejo de Ministros, por acuerdo de 16 de noviembre de 2001, se constituye con fecha de 19 de diciembre de 2001 ante el notario de Madrid D. José Marcos Picón Martín con el número 2.413 de orden de su protocolo, complementada por la número 1.784 del protocolo del notario de Pamplona D. Joaquín de Pitarque Rodríguez, el 10 de mayo de 2002.

Su inscripción consta en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura por Orden Ministerial de 27 de mayo de 2002, siendo el número 484 el asignado en el índice cronológico del citado Registro. Con fecha 9 de marzo de 2005, se inscribe en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura la modificación de los Estatutos de la Fundación, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, modificación acordada por el Patronato de la Fundación en su reunión de 21 de diciembre de 2004, y contenida en la escritura otorgada el 30 de diciembre de 2004 por el Notario de Madrid, D. José M. Picón Martín, con el número 3.917 de su protocolo. Fines de la entidad.-La inscripción conlleva el reconocimiento por el Estado del interés general de sus fines, considerándose a todos los efectos institución jurídico privada. Se trata de una Fundación del Sector Público Estatal, cuyo objetivo principal se enmarca en la necesidad de conceder a las víctimas del terrorismo el reconocimiento y la atención que la sociedad española reclama, en la medida en que son ellas quienes más directamente sufren las consecuencias del fenómeno terrorista. Esta tarea presenta diversos posibles ámbitos de actuación que van desde la vertiente meramente asistencial a las víctimas y sus familias, hasta la promoción y divulgación de los valores democráticos y la sensibilización de ciudadanos e instituciones sobre las consecuencias de la violencia terrorista. El artículo 3 de los vigentes Estatutos recoge los fines de la Fundación, que tiene por objeto:

a) Promover y divulgar los valores democráticos, la defensa de los derechos humanos, la pluralidad y la libertad de los ciudadanos.

b) Fomentar en todos los ámbitos una mejor comprensión de la situación del colectivo de víctimas del terrorismo. c) Prestar la ayuda necesaria en su vertiente asistencial a las víctimas del terrorismo y a sus familias. d) Colaborar con otras Fundaciones y Asociaciones en aquellas actividades que vienen realizando y que persigan fines similares a los enunciados en este artículo. e) Prestar asesoramiento y apoyo a la gestión de dichas fundaciones y asociaciones. f) Impulsar becas para el estudio de estas materias y promover intercambios culturales. g) Realizar todo tipo de actividades formativas, seminarios, cursos y campañas de divulgación relacionadas con los fines enunciados. h) Promover, organizar y coordinar la celebración de exposiciones, muestras o salones monográficos, estables o itinerantes relativos a dichos fines. i) Ejecutar programas de carácter internacional que tengan como objetivo la sensibilización de las instituciones, organizaciones, políticas y ciudadanas, y en general, de la opinión pública internacional sobre los efectos de la violencia terrorista. j) Crear un fondo cultural de carácter permanente en memoria de las víctimas.

El ámbito de actuación de la Fundación se extiende a todo el territorio nacional. Durante el ejercicio 2006 los beneficiarios de las actividades desarrolladas han sido los ciudadanos en general, en cuanto que son ellos los destinatarios de la promoción y divulgación de los valores democráticos inherentes a las actividades promovidas por la Fundación, así como las siguientes Fundaciones y Asociaciones que persiguen fines similares a los que desarrolla la Fundación Víctimas del Terrorismo: Fundación Miguel Ángel Blanco, Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco (COVITE), Fundación José Luis López de Lacalle, Fundación Profesor Manuel Broseta, Fundación Gregorio Ordóñez, Fundación Tomás Caballero, Asociación Universitaria Manos Blancas, Asociación por la Tolerancia de Cataluña, Fundación para la Libertad, Iniciativa Ciudadana ¡Basta Ya!, Fundación Papeles de Ermua, Asociación Andaluza de Víctimas del Terrorismo, Fundación Alberto Jiménez Becerril, Fundación Fernando Buesa, Asociación Víctimas del Terrorismo, Asociación Jienense de Víctimas del Terrorismo «Verde Esperanza», Fundación para la Tolerancia Maite Torrano, Fundación Manuel Giménez Abad, Fundación de Victimología, Asociación de Víctimas del Terrorismo de Galicia, Asociación 11 M Afectados Terrorismo, Asociación de Ayuda a Víctimas del 11M, Asociación Dignidad y Justicia, Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas ACVOT, Convivencia Cívica Catalana, Foro de Ermua, Asociación ARCO para la Resolución de Conflictos y la Cooperación, Agencia Pedro Laín Entralgo de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios, y Fundación Rodolfo Benito Samaniego.

Asimismo, algunos de los proyectos desarrollados durante el ejerci- cio 2006 se han llevado a cabo a través de la firma de convenios de colaboración con el Ayuntamiento de Ermua, la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Cardenal Herrera CEU de Valencia, el Auditorio Nacional de Música, la Fundación Guardia Civil y la Fundación Euskoiker.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales a) Imagen fiel: Las Cuentas Anuales han sido obtenidas de los registros contables de la Fundación correspondientes al ejercicio 2006 y se han preparado de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades Sin Fines Lucrativos y las Normas de Información Presupuestaria de Estas Entidades, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.

b) Principios contables: Las Cuentas Anuales se han elaborado aplicando principios generales de contabilidad, tal y como se recogen en la normativa mercantil y contable vigente, no habiendo sido preciso aplicar otros principios contables distintos a los de carácter obligatorio. c) Comparación de la información: La Fundación presenta sus Cuentas Anuales de acuerdo con la estructura establecida en el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, siguiendo el modelo abreviado. Junto a las cifras del ejercicio 2006, las cuentas presentan las cifras del ejercicio precedente. d) Agrupación de partidas: No se han realizado agrupaciones de partidas distintas de las recogidas por los modelos de Cuentas Anuales que presenta la adaptación sectorial del Plan General de Contabilidad. El desglose de las partidas precedidas de números árabes que han sido objeto de agrupación en el Balance de Situación o en la Cuenta de Resultados figura en los apartados de la Memoria que se desarrollan a continuación. e) Elementos recogidos en varias partidas: No han sido registrados en dos o más partidas del Balance de la Fundación los elementos patrimoniales de la misma.

3. Excedente del ejercicio 3.1 Las principales partidas que forman el excedente del ejercicio, en el Debe de la Cuenta de Resultados, son los correspondientes a las «Ayudas monetarias» y los gastos de explotación por naturaleza, en concreto, la cuenta «Otros servicios». Estos gastos se corresponden con los incurridos por la realización de los proyectos resultantes de la actividad de la Fundación, y su detalle figura en el punto 15 del presente resumen de la Memoria (distribución por programas de la liquidación del presupuesto). En cuanto a su cuantía, otra partida a destacar son los gastos de personal.

Respecto al Haber de la Cuenta de Resultados, la principal partida son los ingresos de patrocinadores y colaboraciones empresariales, así como los ingresos procedentes de subvenciones oficiales y donaciones de particulares, cuyo detalle se expone en el punto 10 del presente resumen de la Memoria. 3.2 El Patronato de la Fundación propondrá la siguiente aplicación del excedente resultante de la diferencia entre el total de los ingresos recibidos y aportaciones destinadas al cumplimiento de los fines de la Fundación durante el ejercicio 2006 (importes en euros):

Importe

Base de reparto:

Excedente negativo del ejercicio

-255.292,86

Total

-255.292,86

Distribución:

A excedentes negativos de ejercicios anteriores

-255.292,86

Total

-255.292,86

4. Normas de valoración a) Gastos de establecimiento: La Fundación no ha incurrido en ningún gasto que tenga esta consideración, durante el ejercicio 2006.

b) Inmovilizado inmaterial: Los elementos recogidos dentro del mismo se encuentran valorados a su precio de adquisición. Para las aplicaciones informáticas, no se incluyen en el activo los gastos de mantenimiento de la aplicación. Las marcas de las que es titular la Fundación, se valoran incluyendo todos los costes necesarios hasta su inscripción en el registro. En general se amortizan en un plazo no superior a los diez años. Las aplicaciones informáticas se encuentran valoradas a su precio de adquisición. Cuando se realizan inversiones adicionales o complementarias se incorporan al bien correspondiente, valorándose éstas conforme al mencionado criterio. Su amortización se realiza sistemáticamente en el periodo de tiempo en que se utilicen, sin que se supere el plazo de cinco años desde que se comenzó dicha utilización. c) Bienes integrantes del patrimonio histórico: La Fundación no posee bienes considerados como tales en virtud de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. d) Inmovilizado material: Los criterios de valoración aplicados corresponden a los establecidos en las disposiciones legales vigentes. Los bienes comprendidos en el inmovilizado material, se encuentran valorados a su precio de adquisición. Cuando se realizan inversiones adicionales o complementarias, se incorporan al valor del inmovilizado correspondiente, valorándose éstas conforme a los mencionados criterios. El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento. Los gastos financieros no se incluyen. Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes de inmovilizado material son incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil. La amortización de los bienes comprendidos en el inmovilizado material se realiza de forma lineal en función de la vida útil de los mismos, atendiendo a la depreciación que normalmente sufren por su funcionamiento, uso y disfrute, sin dejar de considerar también, en determinados casos, la obsolescencia que pudiera afectarles, de acuerdo con el siguiente detalle:

Descripción

Porcentaje

Construcciones

2,00

Instalaciones

12,00

Mobiliario

10,00-15,00

Equipos proceso Información

25,00

Otro Inmovilizado Material

25,00

No figura en el inmovilizado material ninguna partida contabilizada por una cantidad fija, ni se han realizado actualizaciones de valor practicadas al amparo de una Ley.

e) Valores negociables y otras inversiones financieras análogas: La Fundación no ha realizado inversiones en valores negociables ni otras análogas durante el ejercicio 2006. f) Créditos no derivados de la actividad: La Fundación Víctimas del Terrorismo no ha concedido ningún crédito de esta naturaleza en el ejercicio 2006. g) Existencias: No procede. h) Subvenciones, donaciones y legados: Las subvenciones, donaciones y legados de carácter no reintegrable, se contabilizan como «ingresos a distribuir en varios ejercicios» y se imputan, dependiendo de su finalidad, a resultados como ingresos propios de la entidad, si están afectos a la actividad propia, y como ingresos extraordinarios si están afectos a la actividad mercantil; para ello se tienen en cuenta las siguientes reglas:

Activos del inmovilizado material o inmaterial: se imputarán a los resultados del ejercicio en proporción a la depreciación experimentada durante el período por los citados elementos.

Tesorería: se imputarán a resultados de la siguiente forma:

Si se conceden sin asignación a una finalidad concreta, se reconocerán como ingresos del ejercicio en que se conceden.

Si se conceden con asignación a una finalidad concreta, se imputarán a resultados de acuerdo con las reglas anteriores, en función de la finalidad a que se haya asignado la subvención, donación o legado.

Los elementos patrimoniales recibidos en las donaciones, se valoran por su valor venal, con el límite del valor de mercado, cuando tienen carácter de no reintegrables.

A estos efectos, se consideran no reintegrables, las subvenciones, donaciones y legados en los que ya se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión o, en su caso, no existen dudas razonables sobre su futuro cumplimiento. En definitiva, las depreciaciones de todo tipo que puedan afectar a los elementos patrimoniales a que se ha hecho referencia, producirán la imputación a resultados de la subvención, donación o legado correspondiente en proporción a las mismas, considerándose en todo caso que las citadas depreciaciones tienen naturaleza irreversible en la parte en que estos elementos hayan sido financiados gratuitamente. i) Provisiones para pensiones y obligaciones similares: No existen. j) Otras provisiones para riesgos y gastos: No existen. k) Deudas: Los importes que figuran en este epígrafe en el Balance de Situación, al cierre del ejercicio, se clasifican en corto o largo plazo, atendiendo al periodo previsto para su vencimiento. A estos efectos se considera corto plazo, si vencen antes del periodo de un año contado a partir de la fecha del Balance; y a largo plazo, cuando vencen en un periodo superior a aquél. Estas deudas son las derivadas del desarrollo de la actividad fundacional, las cuales figuran en el Balance por su valor nominal. l) Impuesto sobre beneficios: La Fundación tiene derecho a disfrutar del régimen fiscal especial de entidades sin fines lucrativos que consiste en la exención del Impuesto sobre Sociedades para determinados rendimientos, conforme a la legislación vigente, contenida en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades Sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y su normativa de desarrollo. La contabilización del impuesto sobre beneficios se realiza corrigiendo el resultado del ejercicio antes de impuestos en las diferencias que pudieran existir entre el resultado contable y fiscal de carácter permanente y temporal, así como en las deducciones y las bonificaciones practicadas sobre la cuota, obteniendo finalmente el gasto por impuesto correspondiente al ejercicio. Las diferencias temporales que pudieran existir entre el gasto por impuesto y la cuota del mismo, se contemplan en las respectivas cuentas de impuesto anticipado o diferido según sea el criterio temporal de imputación empleado para determinar ambas magnitudes. m) Transacciones en moneda extrajera: La Fundación no tiene activos ni pasivos en moneda extranjera. n) Ingresos y gastos: Los ingresos y los gastos han sido valorados en virtud del principio del devengo imputándose al ejercicio en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia de la fecha de su cobro o de su pago. No obstante, siguiendo el criterio de prudencia, la Fundación, únicamente, contabiliza los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio en tanto que, los riesgos previsibles y las pérdidas, aun las eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidas. La contabilización de las ayudas otorgadas por la Fundación se realiza en el momento que se aprueba su concesión, por el importe acordado.

5. Inmovilizado inmaterial El análisis del movimiento durante el ejercicio de este epígrafe del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas, es el siguiente (importes en euros):

Denominación

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Propiedad industrial

3.754,86

-

-

3.754,86

Aplicaciones informáticas

12.401,45

-

-

12.401,45

Total

16.156,31

-

-

16.156,31

Amortización del inmovilizado inmaterial:

Denominación

Saldo inicial

Dotación

Bajas

Saldo final

Propiedad industrial

618,49

375,48

-

993,97

Aplicaciones informáticas

10.603,15

1.798,29

-

12.401,44

Total

11.221,64

2.173,77

-

13.395,41

2005

2006

Saldo neto inmovilizado inmaterial

4.934,67

2.760,90

7. Inmovilizado material El análisis del movimiento durante el ejercicio de este epígrafe del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas, es el siguiente (importes en euros):

Denominación

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Terrenos

214.360,84

0,00

0,00

214.360,84

Construcciones

142.907,23

0,00

0,00

142.907,23

Instalaciones

9.716,59

0,00

0,00

9.716,59

Mobiliario

51.161,49

264,43

0,00

51.425,92

Eq. proc. de información

16.059,34

9.590,88

9.604,78

16.045,44

Otro inmov. material.

921,67

0,00

0,00

921,67

Total

435.127,16

9.855,31

9.604,78

435.377,69

Amortización del inmovilizado material

Denominación

Saldo inicial

Dotación

Bajas

Saldo final

Construcciones

11.432,62

2.858,16

0,00

14.290,78

Instalaciones

3.044,99

1.166,00

0,00

4.210,99

Mobiliario

20.389,64

5.428,47

0,00

25.818,11

Eq. proc. de información

11.888,76

2.956,73

8.540,50

6.304,99

Otro inmov. material.

486,26

162,28

0,00

648,54

Total

47.242,27

12.571,64

8.540,50

51.273,41

2005

2006

Saldo neto inmovilizado material

387.884,89

384.104,28

Respecto a las subvenciones y donaciones recibidas, relacionadas con el inmovilizado material, se encuentran detalladas a continuación. 10. Subvenciones, donaciones y legados 10.1 Información sobre el importe y características de las subvenciones, donaciones y legados recibidos.-El importe de las subvenciones y donaciones recibidas en el ejercicio se detalla en el siguiente punto, 10.2. En cuanto a sus características, hemos de distinguir entre:

a) Subvenciones y donaciones de capital: El Ministerio de Economía y Hacienda donó el mobiliario perteneciente a la sede de la Fundación, en el ejercicio 2002. Asimismo, durante el ejercicio 2002 se recibieron donaciones privadas de otro mobiliario y equipos de proceso de información también destinados a la sede fundacional. Ambas donaciones se encuentran vinculadas a la actividad propia desarrollada por la Fundación y tienen el carácter de no reintegrable.

Por su parte, el Ministerio de Cultura concedió en el ejercicio 2002 una subvención nominativa a la Fundación, para la adquisición de elementos del inmovilizado material destinados al funcionamiento operativo de la entidad. Esta subvención se encuentra vinculada a la actividad propia desarrollada por la Fundación, y una vez cumplidos los requisitos de su justificación, tiene el carácter de no reintegrable. b) Subvenciones y donaciones no de capital: Son aquellas subvenciones y donaciones corrientes recibidas por la Fundación en el ejercicio con carácter no reintegrable, y que se encuentran afectas al desarrollo de la actividad propia.

10.2 El análisis de su movimiento durante el ejercicio 2006 es el siguiente (importes en euros):

a) Subvenciones de capital:

Concepto

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Subvención M.º Cultura

15.094,90

0,00

4.174,57

10.920,33

Donación M.º Hacienda

14.474,29

0,00

2.226,80

12.247,49

Donaciones privadas

876,31

0,00

143,40

732,91

Total

30.445,50

0,00

6.544,77

23.900,73

El movimiento de estas cuentas durante el ejercicio 2006 refleja su traspaso al resultado proporcionalmente a la depreciación sufrida por los elementos del inmovilizado objeto de subvenciones y donaciones.

Durante el ejercicio 2006 se produjo la baja de los equipos informáticos de la sede fundacional que formaban parte de la mencionada subvención nominativa concedida por el Ministerio de Cultura (al haberse reemplazado por otros nuevos) que se encontraban valorados en 7.302,43 euros, con una amortización acumulada de 6.487,57 euros.

b) Subvenciones y donaciones no de capital:

Concepto

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Estatales: Ministerio de Cultura

0,00

470.760,00

470.760,00

0,00

Estatales: Ministerio de Trabajo

0,00

38.250,00

38.250,00

0,00

Autonómicas (excepto 11-M)

0,00

440.117,00

440.117,00

0,00

Privadas (excepto 11-M).

32.393,63

22.700,00

55.093,63

0,00

Sólo 11-M:

Autonómicas

0,00

35.800,32

35.800,32

0,00

Privadas

3.379.697,15

29.903,70

2.113.760,26

1.295.840,59

Total

3.412.090,78

1.037.531,02

3.153.781,21

1.295.840,59

En cuanto a los entes concedentes de las subvenciones autonómicas, su detalle queda reflejado a continuación:

Entidad del sector público

Importe en €

Finalidad

Comunidad Autónoma de Navarra

90.000,00

(1)

Comunidad Autónoma de Madrid

98.077,00

(2)

35.800,32

(3)

Comunidad Autónoma de Valencia

90.140,00

(2)

Comunidad Autónoma de Islas Baleares

11.900,00

(2)

Comunidad Autónoma de Cantabria

90.000,00

(2)

Comunidad Autónoma de La Rioja

60.000,00

(2)

Nota (1) No hay asignación específica: se destina de forma genérica para todos los fines fundacionales.

Nota (2) Asignado a los proyectos detallados en los correspondientes convenios. Nota (3) Asignado a proyectos de ayudas asistenciales a víctimas del 11-M.

c) Total movimiento de subvenciones y donaciones en 2006, conjuntamente:

Concepto

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Subvenciones oficiales de capital

15.094,90

0,00

4.174,57

10.920,33

Otras subv. y donac. de capital

15.350,60

0,00

2.370,20

12.980,40

Subvenciones oficiales corrientes

0,00

949.127,00

949.127,00

0,00

Otras subv. y donac. corrientes

3.412.090,78

88.404,02

2.204.654,21

1.295.840,59

Total

3.442.536,28

1.037.531,02

3.160.325,98

1.319.741,32

13. Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios Los bienes y derechos que forman parte de la dotación fundacional y aquéllos que se encuentran directamente vinculados al cumplimiento de los fines propios de la entidad quedan determinados a continuación:

Concepto

Saldo inicial

Entradas

Salidas

Saldo final

Dotación Fundacional

357.268,07

0,00

0,00

357.268,07

Totales

357.268,07

0,00

0,00

357.268,07

Esta dotación fundacional está constituida por el inmueble donde radica la sede de la entidad, que fue aportado a título gratuito por el Ministerio de Economía y Hacienda por Orden Ministerial de fecha 28 de noviembre de 2001, habiendo sido tasado por los Servicios Técnicos de dicho Ministerio en el importe de 357.268,07 euros, y recogiéndose este acto mediante escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid, D. José Marcos Picón Martín con fecha de 19 de diciembre de 2001, con el número 2.412 de orden de su protocolo.

En cuanto al resto de los bienes y derechos de la Fundación se encuentran vinculados en su totalidad, directamente, al cumplimiento de los fines propios de la entidad. 15. Información de la liquidación del presupuesto

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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