Visto el expediente de indulto de don Armando Borja Díaz García, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Octava, en sentencia de 18 de noviembre de 2004, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 5.900 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2007,
Vengo en conmutar a don Armando Borja Díaz García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 27 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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