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Visto el expediente de indulto de doña Emilia Jiménez López, condenada por la Audiencia Provincia, sección decimoséptima, de Madrid, en sentencia de 26 de octubre de 2005, como autora de un delito consumado contra la salud pública, a la pena de 10 años de prisión y multa de 55.000 euros, con la accesoria de inhabilitación absoluta por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2007,
Vengo en conmutar a doña Emilia Jiménez López la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de ocho años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 27 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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