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Documento BOE-A-2007-16509

Resolución de 6 de julio de 2007, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, mediante promoción interna y por el sistema de concurso-oposición libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 2007, páginas 37956 a 37963 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-16509

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de octubre), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las necesidades del Personal de Administración y Servicios. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1, en relación con el artículo 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre de 2001), así como en los artículos 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas pertenecientes a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, grupo B, de la Universidad Politécnica de Madrid, para su provisión simultánea mediante promoción interna y por el sistema de concurso-oposición libre.

Las características de las plazas convocadas comprenden, entre otras funciones, la realización de tareas y actividades bibliotecarias de nivel de titulación universitaria oficial de primer ciclo, así como la realización de tareas propias de gestión bibliotecaria no específicas de la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de concurso-oposición libre asciende a 2 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a 2 plazas. En caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del sistema de concurso-oposición libre. En este sentido, el proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de concurso-oposición libre. 1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas: turno de promoción interna o sistema general de concurso-oposición libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el Acceso a determinados sectores de la Función Pública de los Nacionales de los demás Estados Miembros de la Unión Europea (Boletín Oficial del Estado de 23 de febrero); la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de abril); los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 14 de mayo), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; lo dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5. Superarán el proceso selectivo, siendo nombrados funcionarios de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de concurso y oposición hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso. No obstante, los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de concurso-oposición libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, los aspirantes que vinieran desempeñando un puesto de trabajo en el ámbito organizativo de bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid, podrán solicitar que se les adjudique dicho puesto con preferencia sobre el resto de los aspirantes que lo hubieran solicitado. 1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.6.1 Fase de concurso: Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de aspirantes por cada turno con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá exponerse, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la oposición y en el tablón de anuncios del edificio A del Rectorado de la Universidad (Avda. Ramiro de Maeztu, 7, Madrid).

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición. 1.6.2 Fase de oposición: El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la segunda quincena de octubre de 2007.

1.7 Duración del proceso selectivo:

Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve meses.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. 2.1.3 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se considera equivalente al título de Diplomado Universitario, el haber superado tres cursos completos de una misma licenciatura, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla. 2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no encontrarse inhabilitados para el acceso a la Función Pública en España, no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer como funcionarios de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de los Grupos B o C de la Universidad Politécnica de Madrid, no encontrarse en la situación administrativa de suspensión de funciones, y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como funcionario de carrera en cuerpos o escalas de los grupos B o C de la Universidad Politécnica de Madrid.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo normalizado de solicitud, -no será admisible ninguna solicitud que no sea presentada en el modelo normalizado de esta Universidad, que será facilitado gratuitamente en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid (Rectorado, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Plaza del Descubridor Diego de Ordás n.º 3, Madrid), en el Centro de Información Administrativa perteneciente a la Dirección General de Inspección, Simplificación y Calidad de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas (calle María de Molina n.º 50, Madrid), y en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle de Atocha, n.º 106, Madrid).

3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el Registro General del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo establecido anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma, en los términos expresados en el párrafo anterior. Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria. Asimismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso. La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, a efectos de la valoración de la fase de concurso en el turno de promoción interna, en la que deberá constar el grado consolidado, el nivel del puesto desempeñado y la antigüedad en el Cuerpo o Escala, será expedida de oficio una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, según el modelo que se adjunta como Anexo VI de la presente convocatoria. La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad Politécnica de Madrid en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, a efectos de la valoración de la fase de concurso en el sistema general de concurso-oposición libre será expedida de oficio una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, según el modelo que se adjunta como Anexo VII de la presente convocatoria. Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid. 3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos».

En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala B». En el recuadro destinado a «Plaza Número» consignarán: «000».

3.4 Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas deberán hacer constar esta circunstancia en su solicitud dentro de la casilla correspondiente: «Discapacitado», a los únicos efectos de expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Los derechos de examen serán de 12,64 € para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna y de 25,28 € para los aspirantes que concurran por el sistema general de concurso-oposición libre y se ingresarán en la cuenta corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander, abierta a nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar: «Pruebas Selectivas Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. Promoción Interna», o, en su caso: «Pruebas Selectivas Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. Libre». Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la Administración Pública competente. Igualmente, estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, dos años anterior a la fecha de la convocatoria, así como las víctimas del terrorismo, su cónyuge e hijos. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. 3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado cuando concurra alguna causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal. 3.8 Los datos consignados en las solicitudes serán tratados de conformidad a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de protección de datos de carácter personal en la Comunidad de Madrid, para uso exclusivo de este procedimiento, pudiendo los interesados ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación sobre los mismos.

4 Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, por cada turno, y expresando las causas de exclusión, que se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu, n.º 7, Madrid), y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/). Asimismo, se indicarán el lugar, día y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos. 4.3 Contra la Resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación. 4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen se regirá por lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOCM de 29 de octubre), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

5 Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán pertenecer a un cuerpo o escala para cuyo ingreso se requiera nivel de titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes a la selección o poseer la titulación requerida a los aspirantes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y Escalas análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese periodo de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/). 5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución por la que se aprueben las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del Presidente, de los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el Presidente recordará a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las responsabilidades administrativas o penales que por cualquier causa pudieran derivarse. Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso, de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos. 5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que actuará con voz, pero sin voto. Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también cualquier otro miembro titular del Tribunal que lo desee. Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto favorable. 5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid. 5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. 5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (Boletín Oficial del Estado de 22 de febrero), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor y a aquellos que no hayan atendido debidamente las instrucciones del Tribunal. 5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu, n.º 7, 28040 Madrid, teléfono: 91 336 60 00). El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 30 de mayo de 2002). 5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en estas bases será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 17 de enero de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 26 de enero de 2007).

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal. 6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (Edificio A del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo. 6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones provisionales de aspirantes que han superado el proceso selectivo en cada uno de los turnos, por orden de puntuación alcanzada, con indicación del número de su documento nacional de identidad, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas.

Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases. 7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos los errores advertidos, elevará copia certificada de las relaciones definitivas de aprobados al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).

8. Lista de espera para funcionarios interinos

8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes del sistema general de concurso-oposición libre, que se regulará según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 6 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 19 de abril), de la Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid.

8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos a las anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de funcionarios interinos de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación definitiva de seleccionados, los aspirantes incluidos en la misma deberán presentar en el Servicio de Organización y Formación, -Sección de Oposiciones y Concursos-, de la Universidad Politécnica de Madrid los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el acceso a la Función Pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria. C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la Función Pública, de no estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. D) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u Organismo Público del que dependan, justificativo de tal condición.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.

9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo con lo establecido en la base 1.5 de esta convocatoria.

10. Nombramiento de funcionarios

10.1 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado y aporten la documentación requerida en la base 8.1 serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, mediante Resolución del Órgano convocante que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado, la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.

11. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Madrid, 6 de julio de 2007.-El Rector, Javier Uceda Antolín.

ANEXO I Proceso de selección y valoración

Turno de Promoción Interna

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 40 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se valorará hasta un máximo de 14 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 1 punto por la pertenencia al grupo C; 0,75 puntos por la pertenencia al grupo D; y 0,50 puntos por la pertenencia al grupo E, hasta el límite máximo expuesto. b) Grado personal: Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala: Hasta el Grado 17: 2 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 17: 2 puntos más, hasta un máximo de 10 puntos.

c) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

Nivel 17: 4 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 17: 4 puntos más, hasta un máximo de 12 puntos.

d) Titulación académica: Se valorará con 4 puntos la posesión de una o más titulaciones académicas oficiales superiores, incluido el título de Doctor, a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo B del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en la realización por escrito de un resumen analítico (de hasta 150 palabras) de un artículo sobre temas bibliotecarios/documentales en un idioma extranjero (inglés o francés, a elección del opositor). Para realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.

El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio. Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Este segundo ejercicio estará dividido en dos partes. La primera parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema, de entre dos propuestos por el tribunal del bloque 3 «Organización administrativa y universitaria» del temario. Los aspirantes que participen en la presente convocatoria y sean funcionarios de carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, están exentos de contestar la primera parte del ejercicio. La calificación de la primera parte de este ejercicio será de «apto» o «no apto». La segunda parte consistirá en el desarrollo, por escrito, de dos temas, uno por cada grupo de materias que integran el programa, correspondientes a: «Biblioteconomía y documentación» y «Fuentes de información y organización bibliotecaria. Historia del libro y de las bibliotecas», elegidos por los opositores de entre cuatro, extraídos al azar, a razón de dos por cada uno de los grupos de materias citados. El tiempo máximo para el desarrollo de este segundo ejercicio será de tres horas para ambas partes. La segunda parte del ejercicio se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de 15 puntos y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno de los temas. El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión. Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un período máximo de quince minutos. Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Este ejercicio, de carácter práctico, constará de dos partes, que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:

Primera parte: Consistirá en la redacción de los asientos bibliográficos en formato MARC 21 de cuatro documentos modernos, dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno en inglés y otro en francés.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación.

b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose a alguno de los tesauros existentes. c) Clasificación Decimal Universal.

Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD, el manual de formato MARC, las tablas de CDU y los instrumentos de ayuda a la indización que estimen oportunos, además de diccionarios.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para la superación de esta parte del ejercicio obtener una puntuación mínima de cinco puntos y no haber obtenido una puntuación de cero en ninguno de los asientos bibliográficos. Segunda parte: Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica utilizando los recursos impresos y/o automatizados de información bibliográfica de los que dispone la UPM sobre un tema concreto que propondrá el Tribunal, y que se seleccionara por sorteo entre varias propuestas del Tribunal. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco puntos.

Cuarto ejercicio (voluntario y de mérito): Consistirá en la traducción directa con diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección del aspirante, no pudiendo ser el mismo idioma que el elegido en primer examen. Los opositores podrán acudir al examen provistos de diccionarios generales y especializados.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 45 minutos. La calificación será de cero tres puntos y dicha calificación no servirá en ningún caso para la superación de la oposición.

Sistema general de concurso-oposición libre

Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de cualquier escala de la Universidad Politécnica, dentro del año inmediatamente anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a razón de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 8 puntos.

La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante certificación, según el modelo del Anexo VI de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Selección, Gestión y Formación del Personal de Administración y Servicios. b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de una o más titulaciones académicas superiores a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo B del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, debiendo acreditarse con copia cotejada, que se adjuntará a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Fase de oposición

La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en la realización por escrito de un resumen analítico (de hasta 150 palabras) de un artículo sobre temas bibliotecarios/documentales en un idioma extranjero (inglés o francés, a elección del opositor). Para realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.

El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio. Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, uno por cada grupo de materias del programa, elegidos por los opositores de entre seis, extraídos al azar, a razón de dos por cada uno de los tres grupos de materias citados. El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión. Una vez leído el ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un período máximo de quince minutos. Se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de 15 puntos y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno de los temas.

Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio): Este ejercicio, de carácter práctico, constará de dos partes, que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:

Primera parte: Consistirá en la redacción de los asientos bibliográficos en formato MARC 21 de cuatro documentos modernos, dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno en inglés y otro en francés.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación.

b) Descriptores que se redactarán libremente o ajustándose a alguno de los tesauros existentes. c) Clasificación Decimal Universal.

Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD, el manual de formato MARC, las tablas de CDU y los instrumentos de ayuda a la indización que estimen oportunos, además de diccionarios.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para la superación de esta parte del ejercicio obtener una puntuación mínima de cinco puntos y no haber obtenido una puntuación de cero en ninguno de los asientos bibliográficos. Segunda parte: Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica utilizando los recursos impresos y/o automatizados de información bibliográfica de los que dispone la UPM sobre un tema concreto que propondrá el Tribunal, y que se seleccionara por sorteo entre varias propuestas del Tribunal. El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco puntos.

Cuarto ejercicio (voluntario y de mérito): Consistirá en la traducción directa con diccionario de un texto profesional propuesto por el Tribunal en inglés o francés, a elección del aspirante, no pudiendo ser el mismo idioma que el elegido en primer examen. Los opositores podrán acudir al examen provisto de diccionarios generales y especializados.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 45 minutos. La calificación será de cero tres puntos y dicha calificación no servirá en ningún caso para la superación de la oposición.

Valoración final

Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los ejercicios de la fase de oposición. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta Escala. La calificación final del proceso selectivo para el sistema de concurso-oposición libre y promoción interna, respectivamente, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio de que consta la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:

A) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

B) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. C) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición. D) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.

De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido empezando por la letra mencionada en la base 6.1.

Obtenida del modo descrito las relaciones de aspirantes que superan el proceso selectivo en cada uno de los dos sistemas: concurso-oposición libre y promoción interna, se convocará a los mismos a la realización del ejercicio optativo y de mérito, estableciéndose con la nota de este último ejercicio la calificación final de las pruebas selectivas en cada uno de los dos sistemas: promoción interna y concurso-oposición libre.

ANEXO II Programa

1. Biblioteconomía y documentación

Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de bibliotecas.

Tema 2. La profesión bibliotecaria. Ética profesional y deontología. Asociaciones profesionales. Los profesionales. Tema 3. Las bibliotecas universitarias, concepto y función. Los centros de recursos para el aprendizaje y la investigación (CRAI). Tema.4. Situación actual de las bibliotecas universitarias. Cooperación, redes de bibliotecas universitarias y de investigación. Cooperación internacional. Tema 5. El sistema de bibliotecas de la Universidad Politécnica de Madrid Tema 6. Automatización de la actividad y los servicios bibliotecarios. Panorama y tendencias de las bibliotecas universitarias en España Tema 7. Los OPAC: diseño, prestaciones y accesos Tema 8. Organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias Tema 9. Gestión automatizada de la colección bibliográfica en la biblioteca universitaria: Selección y adquisición de materiales. Criterios, técnicas y evaluación. Adquisición cooperativa y compartida. Tema 10. Gestión automatizada de la colección bibliográfica en la biblioteca universitaria: Proceso técnico de materiales. Tema 11. Normalización, formato MARC 21. Metadatos. Reconversión y catalogación compartida. Tema12. Lenguajes documentales: La Clasificación Decimal Universal, descriptores y tesauros. Tema 13. Servicios para el usuario en la biblioteca universitaria: Información básica y bibliográfica. Formación de usuarios y servicios de extensión universitaria. Tema 14. Servicios para el usuario en la biblioteca universitaria: Accesibilidad de los fondos, préstamo interbibliotecario y suministro de copias. Tema 15. Preservación y conservación de los materiales bibliográficos. Sistemas de reproducción. Prevención y control del vandalismo. Tema 16. El Espacio Europeo de Educación Superior y el papel de las bibliotecas universitarias en su desarrollo.

2 Fuentes de información y organización bibliotecaria. Historia del libro y de las bibliotecas

Tema 1. Panorama actual de la edición y distribución electrónica.

Tema 2. Internet. Funcionamiento, acceso y utilidad. Aplicación en bibliotecas universitarias. Tema 3. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología. Tema 4. Fuentes de información en Ingeniería y Arquitectura Tema 5. Productores y distribuidores de Bases de Datos bibliográficas y documentales en España y en el mundo Tema 6. Catálogos colectivos: Tipos, fines y mantenimiento. Accesibilidad: Protocolo Z39.50. Tema 7. Sedes web en bibliotecas: arquitectura de la información. Interfaces y motores de búsqueda. Accesibilidad. Tema 8. Explotación y gestión de sistemas informáticos documentales. Productores, distribuidores y redes: Interconexión de centros y servicios. Tema 9. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta. Tema 10. Invención y difusión de la imprenta. Evolución hasta el siglo XVIII. Tema 11. El libro y las bibliotecas en los siglos XIX y XX. Tema 12. La encuadernación del libro. Panorama histórico general. Tema 13. La ilustración del libro. Panorama histórico general. Tema 14. Origen y evolución de las bibliotecas universitarias. El movimiento bibliotecario anglosajón y su influencia en otros países. Tema 15. El impacto de las tecnologías de la información en la sociedad. La Sociedad de la Información. Tema 16. La industria editorial y el comercio del libro en España en la actualidad.

3. Organización administrativa y universitaria.

Tema 1. Legislación española sobre el patrimonio artístico, bibliográfico y documental.

Tema 2. La Ley de Propiedad Intelectual. Tema 3. La Constitución Española. Tema 4. Organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas y la Administración Local. Tema 5. Las competencias del Estado en materia de cultura. Estructura organizativa de los Ministerios de Educación y Ciencia y de Cultura y Deporte en relación con el libro, archivos y bibliotecas. Tema 6. Ley orgánica 6/2001 de Universidades. Tema 7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Normativa. Tema 8. Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid. Tema 9. El acceso a la documentación pública. Evolución del marco legislativo y situación actual. El acceso a la documentación universitaria. Tema 10. La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. Derecho de los ciudadanos. Tema 11. El sistema bibliotecario español. Legislación y competencias de las distintas Administraciones.

ANEXO III Tribunal

El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el que en su día se designe por Resolución de la Universidad Politécnica de Madrid.

ANEXO IV

Don/doña ........................................................................, con domicilio en .........................................................................., y con documento nacional de identidad número: ...........................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En ..................., a ................... de ................ de ..........

Aspirantes que no posean la nacionalidad española

Don/doña ..........................................................................., con domicilio en .........................................................................., y con documento nacional de identidad número: ..........................

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En ..................., a ................... de ................ de ..........

ANEXO V

Don/doña ........................................................................, con domicilio en .........................................................................., y con documento nacional de identidad número: ..........................,

Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

En ..................., a ................... de ................ de ..........

ANEXO VI

Don ....................................................................................., Cargo ...................................................................................

Certifica: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos: Datos del opositor: Apellidos y nombre ...............................................................

Documento Nacional de Identidad ......................................... Cuerpo o Escala a la que pertenece ........................................ Número de Registro de Personal ............................................. Destino actual .......................................................................

Promoción interna: 1. Antigüedad reconocida en la Universidad Politécnica de Madrid a efectos de la valoración de la fase de concurso: 1.1 Antigüedad como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo B de la U.P.M. a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Años ............... meses ............... días ...............

1.2 Antigüedad como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C de la U.P.M. a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Años ............... meses ............... días ...............

1.3 Antigüedad como funcionario de carrera en otros Cuerpos o Escalas, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Años ............... meses ............... días ...............

Total antigüedad:

Años ............... meses ............... días ...............

2. Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Grado: .........................

3. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo en propiedad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solilcitudes:

Nivel: .......................

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a .................. de .............. 2007.

ANEXO VII

Don ....................................................................................., Cargo ..................................................................................,

Certifica: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos: Datos del opositor: Apellidos y nombre ...............................................................

Documento Nacional de Identidad .......................................... Cuerpo o Escala a la que pertenece ........................................ Número de Registro de Personal ............................................. Destino actual .......................................................................

Concurso-oposición libre: 1. Servicios efectivos prestados en la Universidad Politécnica de Madrid: 1.1 Como funcionario de carrera, hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Años ............... meses ............... días ...............

1.2 Como funcionario interino en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Politécnica de Madrid, hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Años ............... meses ............... días ...............

Total servicios efectivos prestados:

Años ............... meses ............... días ...............

Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a .................. de .............. 2007.

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