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Documento BOE-A-2007-16657

Orden ECI/2722/2007, de 29 de agosto, por la que se conceden subvenciones a corporaciones locales, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas para el curso 2007/2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2007, páginas 38367 a 38367 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-16657

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Orden ECI/1560/2007, de 8 de mayo, por la que se convocaron subvenciones a Corporaciones Locales para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, examinada la propuesta elaborada por la Comisión Seleccionadora prevista en el apartado sexto de la mencionada Orden y de acuerdo con lo preceptuado en el apartado noveno de la referida Orden, he dispuesto:

Primero.-Conceder a las Corporaciones Locales que se relacionan en el anexo, las subvenciones cuyas cuantías se señalan en el referido anexo y cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322H.461 del presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Segundo.-Las Corporaciones Locales beneficiarias de las subvenciones deberán ajustarse a las instrucciones que cada Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia establezca sobre el seguimiento de estas actuaciones. Tercero.-1. Las Corporaciones Locales beneficiarias de las subvenciones deberán justificar, de acuerdo con la legislación vigente, la correcta inversión de las mismas mediante la documentación a que se hace referencia en el apartado undécimo de la citada Orden. 2. Las respectivas Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia deberán remitir a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa la documentación a la que se refiere el punto anterior. 3. La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de agosto de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

ANEXO

Provincia

Entidad local

Importe - Euros

Ceuta

Ciudad Autónoma de Ceuta

13.390

Melilla

Ciudad Autónoma de Melilla

22.880

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