La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. De acuerdo con ella, por resolución de 11 de enero de 2007 de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, fueron convocadas las ayudas para la promoción del arte español y apoyo a las nuevas tendencias en las artes, correspondientes al año 2007. Vistas por el órgano instructor las solicitudes presentadas por las personas y entidades que han concurrido a la convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo.1 de la resolución citada, y subsanadas las faltas y acompañados los documentos preceptivos, en aplicación del apartado sexto.3 de dicha resolución. Vistos los expedientes por la Comisión de Valoración, designada conforme dispone el apartado séptimo.3 de la resolución de convocatoria por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de 27 de abril de 2007, y reunida la Comisión en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2007, de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo.2 de la Resolución de convocatoria, así como en la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre antes citada y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Teniendo en cuenta que las solicitudes se han valorado con arreglo a los criterios establecidos en el apartado octavo de la resolución de convocatoria, y considerando la solvencia artística y profesional, así como la trayectoria de los concurrentes dentro de la actividad para la que solicitan ayuda y el interés cultural de las actividades propuestas. En ejercicio de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el apartado séptimo.1 de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva, en relación con el apartado primero 2.b de la Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura, he resuelto:
Primero.-Se conceden ayudas a las personas y entidades que se relacionan en el Anexo de la presente resolución para la realización de las actividades que en el mismo se mencionan y en las cuantías que, asimismo, se señalan.
La concesión de la ayuda será notificada individualmente a los solicitantes referidos en el anexo. Estos solicitantes dispondrán de un plazo de diez días para aceptar la ayuda por escrito, contados a partir de la recepción de la notificación. De no aceptarse la ayuda en dicho plazo, se entenderá que el solicitante renuncia a la misma. Segundo.-Se fija el 31 de diciembre de 2007 como fecha límite para ejecutar todas las actividades objeto de la ayuda. Tercero.-Se deniegan el resto de las solicitudes, dada la limitación del crédito presupuestario, en aplicación de los criterios recogidos en el acta de la Comisión de Valoración que se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales (Plaza del Rey, 1, 28071 Madrid). Cuarto.-La presente orden pone fin a la vía administrativa y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o al de su notificación.
Asimismo, la presente orden puede ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el Ministro de Cultura, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 28 de agosto 2007.-El Ministro de Cultura. P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, José Jiménez Jiménez.
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