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Documento BOE-A-2007-18131

Resolución de 3 de septiembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa de difusión del DNI electrónico, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 2007, páginas 42085 a 42089 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-18131

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI Electrónico, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 3 de septiembre de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ANEXO Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI electrónico en el marco del Plan Avanza

En Madrid, a 23 de julio de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra parte, Excmo. Sr. Conselleiro de Innovación e Industria, Don Fernando Xabier Blanco Álvarez según nombramiento efectuado por el Decreto 213/2005, de 3 de agosto, por el que se nombran los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 febrero, de la Xunta y su presidente, Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 16 de junio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) A la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia le corresponden las políticas autonómicas en relación con elaboración, proposta, coordinación, ejecución y control de los programas destinados a promover y fomentar la implantación de la sociedade de la información y el impulso das tecnoloxías de la información e de las telecomunicacións en todos los ámbitos de la actividad económica y social de la Comunidade Autónoma de Galicia. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas

IV. El Interés de la Comunidad Autónoma en el desarrollo de actuaciones del Plan Avanza y del Programa de difusión del DNI electrónico cuyas actuaciones están encaminadas lograr un desarrollo efectivo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma, promoviendo aquellas acciones que faciliten e impulsen el uso del DNI electrónico como instrumento para la incorporación de toda la sociedad a los nuevos recursos tecnológicos de la información e de las comunicaciones e la implicación de los ciudadanos gallegos en la utilización de las novas tecnologías como factor generador de nuevas capacidades, de empleo y de desarrollo económico V. Que el Programa de Difusión del DNI Electrónico enmarcado en el área de actuación de eConfianza del Plan Avanza, pretende: a) aumentar el grado de concienciación, formación y sensibilización de los ciudadanos, empresas y AAPP, b) impulsar la identidad digital, y c) estimular la incorporación de la seguridad en las organizaciones como factor crítico para el aumento de su competitividad, promoviendo para ello la adopción de mejores prácticas. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán responder a alguna de las siguientes topologías:

Medidas de comunicación y divulgación del DNIe: Actuaciones centradas en reforzar la comunicación y la divulgación del DNIe como herramienta de seguridad de la información entre ciudadanos, empresas y administraciones. En particular, informar sobre los beneficios y la oportunidad que supone la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y administraciones.

Medidas de impulso para la incorporación del DNIe: Actuaciones diseñadas para ayudar a la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y entidades públicas, para así facilitar y potenciar el desarrollo de servicios para los ciudadanos basados en el DNIe.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa De Difusión del DNI Electrónico en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Difusión del DNI electrónico en la Comunidad Autónoma de Galicia a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de Galicia se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Difusión del DNI Electrónico, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia con fecha 16 de junio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones Económicas (€)

MITYC

440.000,00

CA

300.000,00

Total Administraciones Públicas

740.000,00

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Galicia a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 440.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

Las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma de Galicia serán satisfechas con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

Partida presupuestaria

Actuación

Importe (€)

Año

16.03.323A.626.0

Actuación 2. Lectores de DNI electrónico en oficinas de empleo de la Xunta de Galicia.

30.000

2007

10.04.571A.744.0

Actuación 5. Programa de ayudas para la realización de eventos y formación para el impulso del dni electrónico entre los ciudadanos.

135.000

2007

10.04.571A.781.1

135.000

Las actuaciones podrán ejecutarse desde la firma de la Adenda hasta el 31 de diciembre de 2008 en el caso de tener fondos de cofinanciación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y una vez efectuada la incorporación de los créditos no ejecutados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 69 y 71 del Decreto Legislativo 1/1999, del 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

Sexto. Competencias de la comisión bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa de Difusión del DNI Electrónico, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de Galicia presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta Adenda estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2008. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Conselleiro de Innovación e Industria, Fernando Xabier Blanco Álvarez.

ANEXO

Programa Difusión del DNI Electrónico

Actuación 1. Lectores de DNI Electrónico en puntos de información de las oficinas de formación y colocación

1. Descripción

Antecedentes:

En los años 2004 y 2005, la Dirección Xeral de Formación e Colocación ha desplegado un total de 52 puntos de información en diferentes ayuntamientos de la Comunidad Autónoma. A finales del año 2006 adquiere 140 nuevos puntos de información que desplegará en el primer semestre de 2007 en todas las oficinas de empleo y en algunos de los ayuntamientos que no disponen de ellos. De la totalidad de los puntos de información instalados solamente se dispone de 153 adaptados a personas con movilidad restringida.

Estos puntos de información están conectados a la red corporativa de la Xunta de Galicia y disponen de una conexión a Internet desde la cual se pueden conectar a diferentes Organismos Públicos, en concreto con todos los relacionados con los Servicios Públicos de Empleo, Eures y con las Instituciones de la Comunidad Autónoma. En la actualidad los puntos de información ofrecen el servicios de renovación de la demanda de empleo. En estos casos el demandante se le reconoce mediante la lectura de la huella dactilar a través de un lector biométrico. A finales de Enero de 2007, se dispone de más de 50.000 demandantes de empleo con la impresión dactilar registrada para poder realizar la renovación de la demanda de empleo desde un punto de información.

Descripción:

Se plantea equipar a las 192 unidades de puntos de información desplegadas en la Comunidad Autónoma con un lector de DNI electrónico. El proyecto incluye los desplazamientos, modificación de los anclajes de componentes existentes, instalación de los nuevos anclajes y de los lectores de DNIe.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida

Dotar a todos los puntos de información ya instalados en los diferentes ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de un lector de DNI electrónico para facilitar los trámites con el Servicio Público de Empleo y demás organismos de la Administración. El portal de empleo de la Comunidad Autónoma dispondrá en breve de la autenticación por medio del DNIe. En portal de empleo estará disponible en los puntos de información, Esto hace que más de 100.000 personas interaccionen cada tres meses con un punto de información que les ofrece la posibilidad real de utilizar el DNIe para un trámite cotidiano. Fomentando su uso y a su vez generando la necesidad de usarlo.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo

Para evaluar el impacto de la medida se propone las siguientes métricas:

Población cubierta los puntos de información.

Población usuaria de los servicios proporcionados con DNIe. Acciones realizadas con DNIe desde los puntos de información.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

MITYC

Xunta de Galicia

Total

40.000 €

0 €

40.000 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Xunta de Galicia

40.000 €

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio

Subdirección Xeral de Colocación. Dirección Xeral de Formación e Colocación. Consellería de Traballo. Xunta de Galicia.

7. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 2. Lectores de DNI Electrónico en oficinas de empleo de la Xunta de Galicia

1. Descripción

Antecedentes:

En los últimos años la Dirección Xeral de Formación y Colocación ha desplegado puntos de información por diferentes puntos ayuntamientos de la Comunidad Autónoma. En la actualidad se disponen de 192 unidades ya desplegadas o en vías de instalación.

Por otro lado se ha construido un portal de empleo que incorporará la autenticación de los usuarios basados en el software @fima del MAP.

Descripción:

Se plantea desplegar lectores de DNIe en todos los puestos de trabajo de las oficinas de empleo. El lector irá incorporado al teclado del funcionario.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida

Facilitar las tareas de autenticación del ciudadano, evitando los problemas de dualidad de identificadores y trascripción de la identidad al Servicio Público de Empleo. Permitir la firma electrónica de la modificación de los datos cedidos al Servició Público de Empleo y así facilitar el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos personales.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo

Para evaluar el impacto de la medida se propone las siguientes métricas:

Población usuaria de los Servicios Públicos de Empleo.

Identificaciones realizadas a ciudadanos por medio de DNIe. Firmas electrónicas realizas con DNIe.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

MITYC

Xunta de Galicia

Total

0 €

30.000 €

30.000 €

La Dirección Xeral de Formación e Colocación correrá con los gastos derivados de la modificación del aplicativo de Intermediación Laboral para que pueda incorporar los datos del DNIe para su tratamiento.

5. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Xunta de Galicia

30.000€

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio

Subdirección Xeral de Colocación. Dirección Xeral de Formación e Colocación. Consellería de Traballo. Xunta de Galicia.

7. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

Actuación 3. Fomento del DNI Electrónico a través de la aplicación del Registro Público de Demandantes de Vivienda de Protección Autonómica

1. Descripción

Fomento de la utilización del D.N.I. electrónico a través de la aplicación «Registro Público de Demandantes de Vivienda de Protección Autonómica».

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida

Desarrollo de una aplicación con la que los ciudadanos puedan gestionar telemáticamente la inscripción/modificación/cancelación/renovación en el registro de demandantes de vivienda haciendo uso de tecnologías de certificados digitales con el fin de acercar la Administración al ciudadano y avanzar hacia la Administración Electrónica completa. Adecuación de la aplicación para que pueda ser utilizada con el D.N.I electrónico. Adquisición de lectores de D.N.I. electrónico para servicios centrales, las cuatro delegaciones y las siete oficinas de vivienda actualmente operativas.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo

N.º de operaciones (inscripciones, modificaciones, cancelaciones, renovaciones o consultas) realizadas con D.N.I. electrónico. N.º de operaciones (inscripciones, modificaciones, cancelaciones, renovaciones o consultas) realizadas de forma presencial para comparar con las operaciones hechas a través del D.N.I. electrónico. N.º de preinscripciones realizadas a través de la web. N.º accesos totales a la web del programa.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

MITYC

Xunta de galicia

Total

150.000 €

0 €

150.000 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Xunta de Galicia

150.000€

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio

Jefe de Informática. Consellería de Vivenda e Solo.

7. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 4. Programa de difusión y asesoramiento del DNI electrónico en las PYMES

1. Descripción

El desarrollo de la Sociedad de la Información y la difusión de los efectos positivos que de ella se derivan exigen la generalización de la confianza de los ciudadanos en las comunicaciones telemáticas. Como respuesta a esta necesidad, y en el marco de las directivas de la Unión Europea, el Estado español ha aprobado un conjunto de medidas legislativas, como la Ley de Firma Electrónica y el RD sobre el Documento Nacional de Identidad electrónico, para la creación de instrumentos capaces de acreditar la identidad de los intervinientes en las comunicaciones electrónicas y asegurar la procedencia y la integridad de los mensajes intercambiados. El nacimiento del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) responde, por tanto, a la necesidad de otorgar identidad personal a los ciudadanos para su uso en la nueva Sociedad de la Información, además de servir de impulsor de la misma. Así, el DNIe es la adaptación del tradicional documento de identidad a la nueva realidad de una sociedad interconectada por redes de comunicaciones. De este modo, cada ciudadano podrá hacer realizar múltiples gestiones de forma segura a través de medios telemáticos y asegurando la identidad de los participantes en la comunicación. Para contribuir a hacer realidad los objetivos definidos en el marco de Avanza, se proponen actuaciones de impulso para la implantación de la identidad digital y la firma electrónica centradas en el DNIe, en las pequeñas y medianas empresas.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida

Los objetivos que se pretenden se agrupan en dos líneas:

Medidas de comunicación y divulgación del DNI: en particular, informar sobre qué consiste, los beneficios y la oportunidad que supone la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas. Esta medida se llevará a cabo a través de distintas jornadas de difusión, repartidas entre las distintas asociaciones empresariales existentes.

Medidas de impulso para la incorporación del DNIe: asesoramiento para ayudar a la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas, para así facilitar y potenciar el desarrollo de servicios para los ciudadanos basados en el DNIe.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo

No contamos con indicadores anteriores, se pretende concienciar a las empresas de las ventajas y utilidad del DNIe. Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

MITYC

Xunta de Galicia

Total

250.000 €

0 €

250.000 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Xunta de Galicia

250.000€

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio

Directora General de la Dirección Xeral de Promoción Industrial e Sociedade da Información.

7. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 5. Programa de ayudas para la realización de eventos y formación para el impulso del DNI electrónico entre los ciudadanos

1. Descripción

Las tecnologías de la información están provocando enormes cambios en nuestra forma de aprender, trabajar, comprar, vender, crear y obtener información, es decir, de relacionarnos con nuestro entorno. Por ello, es necesario que desde las administraciones públicas se hagan un esfuerzo para favorecer la difusión y la formación para que todos los ciudadanos puedan acceder a las ventajas que para este nuevo mundo ofrece el nuevo DNI electrónico En Galicia se ha detectado una gran «brecha digital» en cuanto a la implantación de las TIC en relación con las regiones de su entorno. Dicha «brecha» frena las posibilidades de desarrollo económico y social, ya que cada vez más, las nuevas tecnologías son un elemento de mayor peso. Es necesario, por tanto, llevar a cabo programas que acerquen y muestren todas las posibilidades que la Sociedad de la Información ofrece.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida

El objetivo que se persigue es impulsar la realización de actuaciones de difusión, de sensibilización y de formación que estén específicamente relacionadas con la implantación del DNI electrónico en la Comunidad Autónoma de Galicia. Con el fin de alcanzar los anteriores objetivos se lleva a cabo una orden en concurrencia competitiva, en la que se otorgan ayudas para la realización de eventos que posibiliten la aproximación de la ciudadanía al uso del DNI electrónico. Dichas ayudas están dirigidas a entidades de derecho público y privado, sin ánimo de lucro, con excepción de las administraciones públicas, incluyendo también a las universidades.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores que reflejan la «brecha digital» existente y que se pretende que mejoren con la realización de esta iniciativa son los siguientes:

España

Galicia

Hogares con Internet

39,1

29,6

Personas que han usado el ordenador en los últimos 3 meses

54,0

48,7

Personas que han accedido a Internet en los últimos 3 meses

47,9

41,9

Personas que han utilizado el DNI electrónico

nd

nd

Datos obtenidos de Instituto Nacional de Estadística para la segunda ola de 2006.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

MITYC

Xunta de Galicia

Total

0 €

270.000 €

270.000 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Xunta de Galicia

270.000€

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio 7.

Directora General de la Dirección Xeral de Promoción Industrial e Sociedade da Información.

8. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

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