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Documento BOE-A-2007-18376

Resolución de 1 de octubre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos: rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas, inmersión lingüística y centros de educación ambiental durante el año 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2007, páginas 42865 a 42871 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-18376

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos: Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Inmersión Lingüística y Centros de Educación Ambiental durante el año 2007, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio.

Madrid, 1 de octubre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y EL GOBIERNO DE CANTABRIA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS: RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS, AULAS DE NATURALEZA, INMERSIÓN LINGÜÍSTICA Y CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DURANTE EL AÑO 2007

En Madrid, a 20 de septiembre de 2007.

INTERVIENEN

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la Excma. Sra. Dña. Dolores Gorostiaga Saiz, Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos del Gobierno de Cantabria, con CIF S3933002B, y con sede en C/ Peña Herbosa 29, 39003, Santander, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto 11/2007, de 12 de julio, autorizado el presente Convenio por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 9 de agosto de 2007. Que ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente plena capacidad para el otorgamiento del presente convenio, y

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30 de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado por la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, y reformado por la Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, dispone en su artículo 26.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes. Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. Esta colaboración, en el año 2007, se extenderá a los siguientes programas:

A. Rutas Literarias.

B. Escuelas Viajeras. C. Rutas Científicas. D. Aulas de Naturaleza. E. Inmersión lingüística. F. Centros de Educación Ambiental.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso, por tanto, articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria durante el año 2007.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Cantabria, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo, para llevar a cabo durante el año 2007, los Programas de Cooperación Territorial de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Aulas de Naturaleza, Inmersión Lingüística y Centros de Educación Ambiental.

Segunda. Desarrollo de los programas.-El Ministerio de Educación y Ciencia convocará, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las correspondientes convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Centros de Educación Ambiental y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas. El Gobierno de Cantabria, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas. Asimismo, efectuará la selección de los grupos participantes de su Comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, el Gobierno de Cantabria llevará a cabo la organización de estos programas en su Comunidad. Con excepción del programa de Aulas de la Naturaleza, los alumnos participarán en las actividades acompañados por profesores de los que les imparten clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, los cuales prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de sus alumnos. Todos los compromisos económicos de las partes recogidos en el presente convenio con cargo al presupuesto del año 2007 están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia, las aportaciones para 2007 ascenderán a un máximo de 195.423,95 con el desglose por programas que se indica a continuación.

A. Programa de rutas literarias

A.1 Descripción del programa:

«Rutas Literarias» es un programa educativo dirigido al alumnado de 2.º ciclo de Educación Secundaria Obligatoria; que pretende promover el interés hacia la lectura mediante el desarrollo de una ruta literaria apoyada en textos de escritores cuya obra está vinculada con los lugares que la ruta recorre.

El alumnado de 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria seleccionado realiza un itinerario educativo por otra Comunidad Autónoma que gira en torno a un libro o un personaje o un autor relevante sobre el que han trabajado en sus centros. De este modo el alumnado de Cantabria realizará la ruta literaria por otra Comunidad Autónoma, mientras que los alumnos de otras Comunidades Autónomas recorrerán una ruta literaria de Cantabria. Son objetivos generales de esta actividad:

Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal. Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos. Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente. Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo

A.2 Actividades a realizar:

a) Rutas literarias a efectu ar por alumnos de Cantabria.-Los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria recorrerán los itinerarios del Programa educativo Rutas Literarias establecidos en otras Comunidades Autónomas. A estos efectos, el Gobierno de Cantabria seleccionará a los alumnos y profesores acompañantes y remitirá los listados y datos necesarios al Ministerio de Educación y Ciencia. Además teniendo en cuenta las instrucciones emitidas al efecto por dicho Ministerio, garantizará la coordinación necesaria para que los profesores de Cantabria desarrollen sus cometidos a lo largo del itinerario que recorran.

La selección se efectuará teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por dos profesores de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos. b) Rutas literarias a realizar en Cantabria por alumnos de otras Comunidades Autónomas.-Los alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas realizarán un itinerario por la ruta establecida en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, diseñará la misma, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a los servicios correspondientes de las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en el desarrollo del Programa educativo Rutas Literarias.

A.3 Alumnado participante y duración del programa.

Tanto la Ruta Literaria a efectuar por el alumnado de Cantabria en otras Comunidades como la que se efectúe por alumnado de otras Comunidades en ésta, tendrán una duración de una semana, girarán en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivo ofrecer a los alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la historia, de la realidad social, cultural, lingüística y natural de la Comunidad Autónoma que le corresponda

Los grupos serán de hasta 26 personas entre las que figurarán dos profesores/as y de 20 a 24 alumnos/as que cursen estudios de 3.º y 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria. El número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria que recorrerán los itinerarios establecidos en otras Comunidades Autónomas del Programa Educativo Rutas Literarias será de 4. El número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de Cantabria también será de 4. En ambos casos, el recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación. La Consejería de Educación, teniendo en cuenta las instrucciones emitidas al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia, garantizará la coordinación necesaria para que los profesores acompañantes procedentes de otra Comunidad desarrollen sus cometidos a lo largo del itinerario que recorran. A estos efectos, se les informará de los aspectos educativos del programa y de las medidas necesarias para la guarda y custodia de los alumnos, así como de cualesquiera otras medidas precisas para su realización. Las Comunidades Autónomas receptoras de grupos de Cantabria harán lo propio con el profesorado acompañante de alumnado de esta Comunidad.

A.4 Participación y aportaciones de las partes.

a) Rutas literarias a efectuar por alumnos de Cantabria.-Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia: El Ministerio de Educación y Ciencia a propuesta de la Consejería de Educación, fijará el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas correspondiente.

El Ministerio de Educación y Ciencia, en colaboración con la Comunidad Autónoma receptora, asegurará el alojamiento y manutención de los alumnos y profesores procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria seleccionados para participar en una Ruta Literaria de otra Comunidad Autónoma. Asimismo, el Ministerio de Educación y Ciencia, facilitará la participación de dichos alumnos en el programa, concediendo ayudas para cubrir los gastos, tanto, de preparación de la actividad, como de desplazamiento desde la localidad de origen a la cabecera del itinerario para los participantes:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Comunidad Autónoma de Cantabria las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 14.610,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2006/2007, por Orden de 27 de diciembre de 2006. El Gobierno de Cantabria habilitará el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para los gastos de alojamiento y manutención a los centros beneficiarios de las mismas con cargo al 09.05.324A.229 del presupuesto de 2007 relativo a gastos de funcionamiento de los centros.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

1. La coordinación del programa en la Consejería de Educación garantizará la participación tanto de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa en otras Comunidades.

b) Rutas literarias a realizar en Cantabria por alumnos de otras Comunidades Autónomas.-Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

El Ministerio de Educación y Ciencia ofrecerá el recorrido del itinerario diseñado en la Comunidad Autónoma de Cantabria a los alumnos de otras Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Educación y Ciencia financiará los gastos de alojamiento y manutención así como otros gastos necesarios para el desarrollo de la actividad correspondientes a los alumnos que recorran la Ruta Literaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Para sufragar estos gastos de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la «Ruta literaria» establecida en Cantabria el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 16.329,60 euros Además, el Ministerio de Educación y Ciencia contratará el transporte preciso para el desarrollo de la actividad durante la ruta.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2006/2007, por Orden de 27 de diciembre de 2006. El Gobierno de Cantabria habilitará el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad con cargo al 09.05.324A.229 del presupuesto de 2007 relativo a gastos de funcionamiento de los centros.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

La Consejería de Educación se encargará expresamente de supervisar los trabajos y tareas de coordinación del programa y remitirá a los centros seleccionados para participar en su Ruta Literaria, previamente a su participación, el diseño del mismo, y organizará el recorrido en autocar de acuerdo con los contenidos establecidos.

La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, pone a disposición del Programa Rutas Literarias un coordinador como responsable del desarrollo de la actividad y la infraestructura del Centro de Programas Educativos de Viérnoles, tanto en lo referente a sus instalaciones y recursos materiales, como al personal de Administración y Servicios y Docente destinado en el Centro. El funcionamiento del Centro de Programas Educativos se financia con cargo al presupuesto ordinario de la Consejería de Educación, correspondiendo al programa objeto del presente convenio gastos de personal por importe de 15.233,16 € que se imputan a través del Capítulo I de los Programas 321N y 322A y gastos de funcionamiento por importe de 3.739,93 €, que se imputan a través del Concepto 229 del Programa 324A.

B. Programa de escuelas viajeras

B.1 Descripción del programa: La Escuela Viajera es un recurso educativo que permite al alumnado continuar el aprendizaje iniciado en el aula, contribuyendo, especialmente, a potenciar el conocimiento de las distintas Comunidades que constituyen España, de su riqueza y características peculiares mediante el seguimiento, durante una semana, de una determinada ruta.

Son objetivos generales de esta actividad:

Lograr un adecuado nivel de conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos de alumnos que comparten la actividad enseñándoles a aceptar y respetar sus diferencias lingüísticas y culturales. Crear hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente. Suscitar en los alumnos una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

B.2 Actividades a realizar:

a) Rutas de Escuelas Viajeras a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.-El alumnado de Cantabria de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañado de su profesor/a, recorre las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas.

La selección de los alumnos se efectuará teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la zona en que se encuentre ubicado el centro docente, a fin de dar oportunidad a los alumnos con menores posibilidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales, o ambientales, y en este sentido, tendrán preferencia los alumnos procedentes de zonas rurales, suburbiales y cinturones periféricos. Los alumnos estarán acompañados por un profesor/a, de los que le imparte clase habitualmente, que velará por el aprovechamiento didáctico y pedagógico del programa y será responsable de todos ellos. b) Rutas de Escuelas Viajeras a realizar por los alumnos procedentes de otras Comunidades en Cantabria.-El alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas realizarán un itinerario por la ruta de Escuelas Viajeras de Cantabria. La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, diseñará la misma, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a los servicios correspondientes de las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en el desarrollo del Programa educativo Escuelas Viajeras.

B.3 Alumnado participante y duración del programa.-Tanto la ruta de Escuelas Viajeras a efectuar por el alumnado de Cantabria en otras Comunidades como la que se efectúe por alumnado de otras Comunidades en ésta, tendrá una duración de una semana que estará diseñada en torno a «Centros de interés» y cuya finalidad consistirá en ofrecer a los alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la realidad social, cultural, lingüística y del medio natural de la Comunidad Autónoma que visiten.

En el diseño de la ruta se procurará incluir encuentros con alumnos del mismo nivel que cursen estudios en centros de la Comunidad Autónoma correspondiente. Los grupos serán de hasta 16 personas entre las que figurarán un profesor/a y de 12 a 15 alumnos/as que cursen estudios de 5.º y 6.º cursos de Educación Primaria. El número máximo de grupos, procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria que recorrerán los itinerarios de Escuelas Viajeras establecidos en otras Comunidades Autónomas será de 11. El número máximo de grupos, procedentes de otras Comunidades que recorrerán el itinerario de la Comunidad Autónoma de Cantabria será de 21. En ambos casos, el recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a diez horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación. La Consejería de Educación, teniendo en cuenta las instrucciones emitidas al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia, garantizará la coordinación necesaria para que los profesores acompañantes procedentes de otra Comunidad desarrollen sus cometidos a lo largo del itinerario que recorran. A estos efectos, se les informará de los aspectos educativos del programa y de las medidas necesarias para la guarda y custodia de los alumnos, así como de cualesquiera otras medidas precisas para su realización. Las Comunidades receptoras de grupos de Cantabria harán lo propio con el profesorado acompañante del alumnado de esta Comunidad. B.4. Participación y aportaciones de las partes.

a) Rutas de Escuelas Viajeras a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

El Ministerio de Educación y Ciencia a propuesta de la Consejería de Educación, fijará el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas correspondiente.

El Ministerio de Educación y Ciencia, en colaboración con la Comunidad Autónoma receptora, asegurará el alojamiento y manutención de los alumnos y profesores procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria seleccionados para participar en una Ruta Literaria de otra Comunidad Autónoma. Asimismo, el Ministerio de Educación y Ciencia, facilitará la participación de dichos alumnos en el programa, concediendo ayudas para cubrir los gastos, tanto, de preparación de la actividad, como de desplazamiento desde la localidad de origen a la cabecera del itinerario para los participantes:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Comunidad Autónoma de Cantabria las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquella en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a: Campaña de primavera: 15.851,00 €.

Campaña de otoño: 11.002,00 €. Un total de 26.853,00 €.

Las ayudas para preparación y desplazamiento de la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 27 de diciembre de 2006. El Gobierno de Cantabria habilitará el crédito recibido en su presupuesto de 2007.

Las ayudas de la campaña de otoño se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007. Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

La coordinación del programa en la Consejería de Educación garantizará la participación tanto de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa en otras Comunidades.

b) Rutas de Escuelas Viajeras a realizar por los alumnos procedentes de otras Comunidades en Cantabria.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

El Ministerio de Educación y Ciencia ofrecerá el recorrido de la Ruta de Cantabria a las demás Comunidades Autónomas para que los alumnos procedentes de las mismas puedan realizar su recorrido.

El Ministerio de Educación y Ciencia financiará los gastos de alojamiento y manutención así como otros gastos necesarios para el desarrollo de la actividad correspondientes a los alumnos que recorran la Ruta Literaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con las siguientes cantidades:

Gastos de alojamiento y manutención: Campaña de primavera: 10.272,73 €.

Campaña de otoño: 7.704,54 €. Gastos de desarrollo de la ruta:

Campaña de primavera: 1.279,55 €.

Campaña de otoño: 959,67 €. La aportación total del MEC es de 20.216,49 €.

Los gastos de la ruta de la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 27 de diciembre de 2006. El Gobierno de Cantabria habilitará el crédito recibido en su presupuesto de 2007.

Los gastos y ayudas de la campaña de otoño se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

La Consejería de Educación a través de los servicios competentes colaborará con el Ministerio de Educación y Ciencia en el diseño de la ruta, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos de las rutas a efectuar con el fin de garantizar la debida coordinación en el desarrollo del programa Escuelas Viajeras.

La Consejería de Educación se encargará expresamente de supervisar los trabajos y tareas de coordinación del programa y remitirá a los centros seleccionados para participar en su ruta de Escuelas Viajeras, previamente a su participación, el diseño del mismo, y organizará el recorrido en autocar de acuerdo con los contenidos establecidos. La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, pone a disposición del Programa Escuelas Viajeras un coordinador como responsable del desarrollo de la actividad y la infraestructura del Centro de Programas Educativos de Viérnoles, tanto en lo referente a sus instalaciones y recursos materiales, como al personal de Administración y Servicios y Docente destinado en el Centro. El funcionamiento del Centro de Programas Educativos se financia con cargo al presupuesto ordinario de la Consejería de Educación, correspondiendo al programa objeto del presente convenio gastos de personal por importe de 66.667,59 € que se imputan a través del Capítulo I de los Programas 321N y 322A y gastos de funcionamiento por importe de 4.724,48 €, que se imputan a través del Concepto 229 del Programa 324A.

C. Programa de rutas científicas

C.1 Descripción del programa: El programa «Rutas Científicas» es un programa educativo dirigido tanto a alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria como del resto de Comunidades Autónomas que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios.

Los grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorren los itinerarios de la Ruta Científica de la Comunidad Autónoma de Cantabria en tanto que grupos de alumnos de Cantabria recorren la ruta científica establecida en otras Comunidades Autónomas. Son objetivos generales de esta actividad:

Aumentar el interés por las Ciencias e incrementar la matrícula en los estudios relacionados con las Ciencias.

Descubrir y ampliar el conocimiento de campos de trabajo relacionados con las Ciencias. Avanzar en la comprensión del alcance e importancia que para la sociedad tiene el desarrollo de estudios e investigaciones científicas. Conocer sobre el terreno la importancia del trabajo científico y la tecnología para el desarrollo y la mejora de la vida de las personas y sociedades. Conocer las riquezas naturales, económicas y sociales de la Comunidad visitada. Convivir con alumnado de otras Comunidades

Se trata de apoyar los procesos educativos y ofrecer una herramienta que colabore a la formación integral del alumnado, a mejorar sus conocimientos científicos y apoyar el desarrollo del espíritu investigador. C.2. Actividades a realizar:

a) Rutas Científicas a efectuar por alumnos de Cantabria.-Los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria recorrerán los itinerarios del Programa educativo Rutas Científicas establecidos en otras Comunidades Autónomas. A estos efectos, el Gobierno de Cantabria seleccionará a los alumnos y profesores acompañantes y remitirá los listados y datos necesarios al Ministerio de Educación y Ciencia.

La selección se efectuará teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por dos profesores/as de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos. b) Rutas Científicas a realizar en Cantabria por alumnos de otras Comunidades Autónomas.-Los alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas realizarán un itinerario por la ruta establecida en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, diseñará la misma, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a los servicios correspondientes de las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

C.3. Alumnado participante y duración del programa:

Tanto la ruta científica a efectuar por el alumnado de Cantabria en otras Comunidades como la que se efectúe por el alumnado en ésta tendrán una duración de una semana.

Los grupos serán de hasta 26 personas entra las que figurarán dos profesores y entre 20 y 24 alumnos/as. El programa del año 2007 se desarrolla en la primavera del 2007 y en el otoño del mismo año, sin perjuicio de que en lo sucesivo pueda desarrollarse en uno o más períodos. El número máximo de grupos participantes en cada una de las etapas será el siguiente:

Etapa de primavera (curso 2006/2007): El número máximo de grupos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que participarán en otra «Ruta Científica» será de dos.

El número máximo de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Cantabria será de dos.

Etapa de otoño (curso 2007/2008):

El número máximo de grupos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que participarán en otra «Ruta científica» será de dos.

El número máximo de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Cantabria será de dos.

En ambos casos, el recorrido diario del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación. C.4 Participación y aportaciones de las partes.

a) Rutas científicas a efectuar por alumnos de Cantabria.-Corresponderá al Ministerio de Educación y Ciencia: 1. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el desarrollo del programa elaborando las oportunas instrucciones para la participación.

2. Determinar el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas. 3. De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, librará a la Comunidad Autónoma de Cantabria el total de las ayudas que se conceden a los centros de ella dependientes, para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquella en la que se inicie la «Ruta Científica» asignada, que ascienden a un total de:

Etapa de primavera: 5.664,00 €

Etapa de otoño: 6.508,00 € Total en euros: 12.172,00 €

Corresponderá al Gobierno de Cantabria:

1. La coordinación del programa en la Consejería de Educación garantizará la participación tanto de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa en otras Comunidades.

b) Ruta científica a efectuar en Cantabria por los grupos de otras Comunidades Autónomas.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

El Ministerio de Educación y Ciencia ofrecerá el recorrido del itinerario diseñado en la Comunidad Autónoma de Cantabria a los alumnos de otras Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Educación y Ciencia cofinanciará los gastos de alojamiento y manutención así como otros gastos necesarios para el desarrollo de la actividad correspondientes a los alumnos que recorran la Ruta Literaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Para sufragar estos gastos de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la «Ruta Científica» establecida en Cantabria el Ministerio de Educación y Ciencia aportará:

Etapa de primavera: 8.207,04 €.

Etapa de otoño: 8.207,04 €. Total euros: 16.414,08 €.

El total de aportaciones del MEC, tanto para los grupos que salen de la Comunidad como para los que se reciben, asciende a una cuantía máxima de 28.586,08 €.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento de la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 22 de diciembre de 2006. Las ayudas de la campaña de otoño se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007 y su cuantía máxima es de 14.715,04 €. Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

Diseñar en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, la «Ruta Científica», proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

Adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar el correcto desenvolvimiento de las actividades en las visitas programadas y el transporte durante la ruta. La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria pone a disposición del Programa Rutas Científicas un coordinador como responsable del desarrollo de la actividad y la infraestructura del Centro de Programas Educativos de Viérnoles, tanto en lo referente a sus instalaciones y recursos materiales, como al personal de Administración y Servicios y docente destinado en los centros. El funcionamiento del Centro de Programas Educativos se financiará con cargo al presupuesto ordinario de la Consejería de Educación, correspondiendo al programa objeto del presente convenio gastos de personal por importe de 7.500,00 € que se imputan a través del Capítulo I de los Programas 321N y 322A y gastos de funcionamiento por importe de 3.000 €, que se imputan a través del Concepto 229 del Programa 324A.

D. Programa «Aulas de la Naturaleza»

D.1 Descripción del programa: «Aulas de la Naturaleza» es un programa que, a la vez que propicia el contacto entre alumnos de distintas Comunidades Autónomas, tiene como objetivo fundamental fomentar la integración de alumnos que presentan necesidades educativas especiales, aprovechando la oportunidad que aporta la convivencia en un entorno educativo no formal.

Se dirige a chicos-as entre 10 y 14 años, excepcionalmente hasta 16 y acepta hasta un 30% de alumnado con necesidades educativas especiales.

D.2 Actividades a realizar:

a) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El alumnado perteneciente a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, acompañado de una persona responsable de este programa durante el desplazamiento hasta su incorporación al mismo y viceversa, participará en uno de los turnos programados en otra Comunidad. b) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos procedentes de otras Comunidades en Cantabria. El alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas viajará a la Comunidad Autónoma de Cantabria para llevar a cabo el programa en el Centro de Programas Educativos de Viérnoles.

D.3 Alumnado participante y duración del programa:

Todos los turnos de este programa tienen una duración de doce días.

El alumnado de Cantabria participa de un turno de este programa en uno de los centros sedes del programa y en un número de 47 alumnos/as. El centro de Programas de Viérnoles dependiente de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria recibe cuatro turnos de alumnado procedente de otras Comunidades con un máximo de 80 alumnos/as por turno.

D.4 Participación y aportaciones de las partes:

a) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

La selección de alumnos, para cada uno de los turnos.

La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes en los distintos turnos. Proporcionar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos. Proporcionar el equipo de personal encargado de llevar a cabo las actividades. La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa. La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo. El respeto y cuidado de las instalaciones.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

La Consejería de Educación propondrá al MEC, una vez valorados, los alumnos participantes de la Comunidad.

La Consejería de Educación se hará cargo de los gastos de traslado hasta el emplazamiento en que se les ha adjudicado su participación, así como el de regreso a su domicilio una vez finalizada la actividad. La coordinación del programa en la Consejería de Educación garantizará la participación y acompañara al grupo en el desplazamiento de ida y vuelta al centro sede de la actividad.

b) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos procedentes de otras Comunidades en Cantabria.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

La selección de alumnos, para cada uno de los turnos.

La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes en los distintos turnos. Suministrar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos. Proporcionar el equipo de personas encargado de llevar a cabo las actividades. La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa. La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo. El respeto y cuidado de las instalaciones. El Ministerio de Educación y Ciencia, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482, librará los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia de los alumnos por un importe de 66.960 euros.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

Poner a disposición del Programa la utilización de las instalaciones del Centro de Programa Educativos de Viérnoles (pabellones, comedor, aulas...)

Prestar los servicios derivados de la estancia de los participantes en el Programa (alojamiento, manutención, limpieza...) El mantenimiento de las instalaciones durante la estancia de los participantes en el Programa. Prestar la asistencia necesaria para garantizar la seguridad y bienestar de los participantes. El funcionamiento del Centro de Programas Educativos se financia con cargo al presupuesto ordinario de la Consejería de Educación, correspondiendo al programa de Aulas de la Naturaleza una imputación máxima de 61.857,77 € al Capítulo I de los Programas 321N y 322A, y de 7.887,67 € al concepto 229 del Programa 324A.

E. Programa de inmersión lingüística

E.1. Descripción del programa: «Inmersión lingüística» es un Programa Educativo dirigido al alumnado de Educación Primaria de Centros Educativos Públicos consistente en la realización de actividades orientadas a mejorar su fluidez en el uso de la lengua inglesa, mediante la asistencia, en régimen de internado, a centros ubicados en distintos puntos de la geografía española fuera del entorno escolar habitual.

El Ministerio de Educación y Ciencia contratará, por medio de concurso público, con empresas del sector, la organización del Programa y la utilización de las instalaciones en que se desarrolle. Una parte del coste del Programa será abonada directamente por el Ministerio de Educación y Ciencia a la/s empresa/s adjudicataria/s y otra parte será sufragada por los centros educativos que participen en el mismo.

E.2 Participación y duración:

La participación de los alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria será de un máximo de tres grupos de 25 alumnos de sexto curso de Primaria, que convivirán en los centros con, al menos, otro grupo de alumnos procedentes de una comunidad autónoma distinta.

La actividad se realizará durante periodos semanales comprendidos entre los meses de octubre y noviembre de 2007.

E.3 Participantes y aportaciones de las partes:

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia: 1. Organizar cursos de inmersión lingüística en inglés para un máximo de tres grupos de 25 alumnos de sexto curso de Educación Primaria matriculados en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. A estos efectos, el Ministerio de Educación y Ciencia contratará con empresas del sector la utilización del inmueble y la prestación de todos los servicios y el material pedagógico requeridos durante la estancia de los grupos de alumnos, incluyendo el equipo de personal especializado encargado de llevar a cabo las actividades y que actuará conjuntamente con los profesores que acompañen a los alumnos participantes.

2. Conceder ayudas a los centros seleccionados hasta cubrir la totalidad del precio del Programa, que resultará de la adjudicación del concurso correspondiente y que comprenderá hasta un máximo de 5.800 Euros por grupo. Estas ayudas se abonarán a las empresas con cargo al crédito 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 2007. Como consecuencia de lo anterior, este Programa no implicará transferencia directa de fondos por parte del Ministerio de Educación y Ciencia a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Corresponderá a la Comunidad Autónoma de Cantabria:

1. Seleccionar a los grupos de la Comunidad que participarán en el Programa, de acuerdo con la convocatoria que haga pública el Ministerio de Educación y Ciencia.

2. Financiar la participación de los centros seleccionados para asistir al Programa, con 3.500 euros por cada grupo, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.05.324A.229 correspondiente a los Presupuestos Generales para el año 2007. 3. Organizar el traslado de los grupos hasta la ubicación del centro en que se desarrolle el programa, para lo cual, financiará el transporte de los grupos de Cantabria por un importe máximo de 7.400 € con cargo a la aplicación presupuestaria 2007.09.05.324A.223 de los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

F. Programa de centros de educación ambiental

F.1 Descripción del programa: La finalidad principal del Programa es el desarrollo de proyectos de educación ambiental que propicien la adquisición de conocimientos, hábitos y conductas que conduzcan al cuidado y mejora del entorno medioambiental, mediante el análisis de los problemas derivados de la relación del hombre con el medio y la participación en actividades que llevan a la reflexión, el compromiso y la actuación responsable hacia el entorno.

Asimismo, trata de fomentar hábitos de vida saludable, constituyendo un recurso que facilite la incorporación de la educación ambiental y de otras enseñanzas transversales (educación para la salud, educación del consumidor, educación moral y cívica etc.) al currículo escolar. Son objetivos del programa:

Relacionar a los alumnos con el entorno físico, social y cultural de forma que se tome conciencia de la pertenencia a la red de relaciones del Ecosociosistema que nos sostiene.

Fomentar el intercambio y la convivencia entre personas de distinta procedencia. Conocer las técnicas y métodos más adecuados que respeten y ayuden a desenvolverse en un medio natural. Estudiar y analizar las formas de relación con el entorno, desarrollando hábitos y actividades favorables para su cuidado y mejora. Analizar el impacto ambiental que las actividades humanas tienen sobre el medio. Conocer, valorar y respetar el patrimonio cultural, artístico e histórico. Fomentar en los alumnos participantes el uso enriquecedor del tiempo libre, y el aprovechamiento de las posibilidades de su entorno habitual. Posibilitar la reflexión sobre los beneficios que suponen los hábitos de vida saludable: ejercicio físico, higiene y alimentación equilibrada.

F.2 Alumnado participante y duración del programa:

Las actividades se desarrollarán en períodos semanales de lunes a sábado.

Los grupos de alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas distintas Cantabria que estarán conformados por entre 20 y 25 alumnos/as y dos profesores, previa selección de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la convocatoria de ayudas, realizarán las actividades de Educación Ambiental en los períodos de primavera y otoño de 2007, con arreglo a los datos de participación que a continuación se indican:

N.º de grupos participantes en el programa: 42.

N.º de grupos por semana: 2. N.º de profesores participantes: 84. N.º de profesores por grupo: 2. N.º total de semanas: 21.

F.3 Participación y aportaciones de las partes:

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia: Seleccionar los centros participantes en el programa de acuerdo con la convocatoria de ayudas en colaboración con las Comunidades Autónomas en las que tiene lugar el programa.

Cofinanciar los gastos de alojamiento, manutención y demás gastos necesarios para el desarrollo de la actividad en el Centro de Educación Ambiental de Viérnoles. Para ello con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482 del año 2007 transferirá a la Comunidad Autónoma de Cantabria la cantidad de 73.682,70 euros. Con el fin de colaborar en el óptimo desarrollo de las actividades programadas en el Centro de Educación Ambiental, el Ministerio de Educación y Ciencia, destinará una cuantía máxima de 3.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.324N.630 de los Presupuestos Generales del Estado, para inversiones en material pedagógico, que se mantendrá de propiedad del Ministerio, con el fin de su utilización por los alumnos que participen en el programa educativo. Las inversiones se ejecutarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Corresponde a la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria:

La Consejería de Educación se encargará expresamente de supervisar los trabajos y tareas de coordinación del programa.

La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, pone a disposición del Programa de Centros de Educación Ambiental un funcionario docente como director del Centro de Educación Ambiental que será responsable del desarrollo de la actividad y la infraestructura del Centro de Programas Educativos de Viérnoles, tanto en lo referente a sus instalaciones y recursos materiales, como al personal de Administración y Servicios y Docente destinado en el Centro. El funcionamiento del Centro de Programas Educativos se financia con cargo al presupuesto ordinario de la Consejería de Educación, correspondiendo al programa objeto del presente convenio gastos de personal por importe de 362.720,32 € que se imputan a través del Capítulo I de los Programas 321N y 322A y gastos de funcionamiento por importe de 14.541,95 €, que se imputan a través del Concepto 229 del Programa 324A.

Tercera. Justificación del Convenio.-La Consejería de Educación, a efectos de la justificación del gasto, acopiará la documentación correspondiente y la remitirá al Ministerio de Educación y Ciencia (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa) mediante la documentación especificada y en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria, incluyendo una certificación que exprese que los libramientos efectuados se han ingresado en su presupuesto y se han destinado a los fines previstos, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas, en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por el Gobierno de Cantabria, dos por el Ministerio de Educación y Ciencia, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Autónoma de Cantabria que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

2. Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos. 3. La Comisión Mixta se reunirá, al menos, una vez al año, o cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.-Cada parte se compromete a hacer constar la participación de la otra en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por el Gobierno de Cantabria por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Ciencia y la mención expresa:»Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia». Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación y Ciencia contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas». Sexta. Vigencia.-El presente Convenio tendrá vigencia desde el día siguiente al de su firma hasta el 31 de diciembre de 2007, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de dos meses antes del término de su vigencia. En caso de prórroga, se incorporará una addenda al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para la ejecución de los programas en el año de que se trate, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en las correspondientes aplicaciones presupuestarias. Séptima. Causas de resolución.-No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, serán causa de resolución el mutuo acuerdo, la denuncia comunicada por escrito a la otra parte, con al menos dos meses de antelación a la fecha en que vaya a terminar su vigencia, o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Octava. Jurisdicción.-La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la ejecución y la interpretación del presente Convenio, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdicional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad y de aceptación expresa, y para que así conste, las partes intervinientes, después de haber leído detenidamente el documento, lo suscriben en dos ejemplares, sin enmiendas, tachaduras, ni raspaduras, ambos con idéntica fuerza vinculante, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por el Gobierno de Cantabria, Dolores Gorostiaga Saiz.

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