Visto el expediente de indulto de doña Nuria Sola Escrig, condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 2 de marzo de 2006, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial, para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 617,90 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de septiembre de 2007,
Vengo en conmutar a doña Nuria Sola Escrig la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de septiembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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