El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo Nacional del Prado, estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de treinta, nueve de los cuales, al menos, tendrán el carácter de natos conforme al Estatuto. El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo corresponde al Ministro de Cultura nombrar libremente hasta un máximo de 15 vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura. Teniendo en cuenta lo anterior y dada la existencia de una vacante entre los vocales designados, he resuelto:
Designar a don Eduardo Serra Rexach como vocal del Real Patronato del Museo Nacional del Prado por un período de cinco años.
Madrid, 19 de octubre de 2007.-El Ministro de Cultura, César Antonio Molina Sánchez.
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