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Documento BOE-A-2007-18564

Resolución de 4 de octubre de 2007, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se aprueban el pliego de bases y los documentos relacionados con el procedimiento de subasta del déficit reconocido «ex ante» en las liquidaciones de las actividades reguladas

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 2007, páginas 43574 a 43583 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-18564

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1634/2006, de 29 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica a partir del 1 de enero de 2007 reconoce ex ante la existencia de un déficit de ingresos en las liquidaciones de las actividades reguladas que se generará entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de marzo de 2007 que asciende a 750.000 miles de euros. Asimismo, establece que en los Reales Decretos por los que se modifiquen las tarifas eléctricas durante el año 2007, se reconocerá «ex ante» un déficit en las liquidaciones de las actividades reguladas, en cuyo cálculo se tendrá en cuenta el déficit o superávit de trimestres anteriores. Dichos déficit se financiarán con los ingresos que se obtengan mediante la subasta del derecho a percibir un determinado porcentaje de la facturación mensual por tarifas de suministro y tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución. El Real Decreto 1634/2006 habilita también al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y al Ministerio de Economía y Hacienda a regular mediante Orden Ministerial conjunta las características de los derechos de cobro y el procedimiento para su subasta. El Real Decreto 871/2007, de 29 de junio, por el que se ajustan las tarifas eléctricas a partir del 1 de julio de 2007 reconoce ex ante la existencia de un déficit adicional de ingresos en las liquidaciones de las actividades reguladas que se generará entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2007 que asciende a 750.000 miles de euros. Con fecha 7 de julio de 2007 se publicó en el «BOE» la Orden PRE/2017/2007, de 6 de julio, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta. Dicha Orden, en el apartado 4 del artículo 8, establece que las subastas serán gestionadas por la Comisión Nacional de Energía. Asimismo, en el apartado 5 de este mismo artículo se expresa que el gestor de la subasta será responsable de la redacción y el establecimiento del pliego de bases y de los contratos necesarios para la celebración de las subastas, que deberán ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la CNE. Por otro lado, la disposición final primera de esa misma Orden autoriza a la CNE a adoptar las medidas necesarias para su ejecución. Por todo ello, esta Resolución pretende establecer de manera detallada el marco operativo en el que se va a desarrollar la subasta mediante la presentación de las reglas que regularán su funcionamiento, anexando los documentos que se requerirán en las distintas etapas del proceso. En su virtud, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su sesión de 4 de octubre de 2007 acuerda:

Único.-Aprobar el Pliego de Bases de la subasta organizada para adjudicar el derecho de cobro que tiene por objeto financiar el déficit «ex ante» reconocido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de marzo de 2007, así como el reconocido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2007, que se adjunta como anejo a la presente Resolución, así como los formularios y demás documentación que se anexa a dicho Pliego.

Madrid, 4 de octubre de 2007.-La Presidenta de la Comisión Nacional de Energía, María Teresa Costa Campi.

ANEJO Pliego de bases de la subasta

1. Objeto del pliego de bases

El presente pliego tiene por objeto establecer las bases del procedimiento de subasta organizado para adjudicar el derecho de cobro que tenga por objeto financiar un déficit «ex ante» reconocido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de marzo de 2007, así como el reconocido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2007.

2. Gestión de la subasta

2.1 La Comisión Nacional de Energía gestionará la subasta. 2.2 Los gastos de gestión de la subasta que se generen se repercutirán a cada adjudicatario en proporción a su importe adjudicado. Con anterioridad a la celebración de la subasta se publicará en la página Web de la CNE una estimación orientativa y no vinculante de los gastos y, posteriormente, la Comisión publicará los gastos de gestión generados junto con los resultados de la subasta.

3. Importe objeto de la subasta

3.1 El objeto de la subasta es el derecho a percibir un determinado porcentaje de la facturación mensual por tarifas de suministro y tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución. El importe base a subastar es de mil quinientos [1.500] millones de euros, esto es, la totalidad del importe del déficit «ex ante» que ha sido reconocido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de marzo de 2007 y entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2007. 3.2 La Comisión Nacional de Energía, previa comunicación a la Dirección General de Política Energética y Minas, podrá aceptar ofertas por un importe inferior al importe total subastado. La cantidad no adjudicada podrá ser incorporada en la siguiente subasta.

4. Agentes que podrán participar en el proceso de subasta

4.1 Podrá participar en la subasta toda persona jurídica, salvo que la normativa que le sea de aplicación le impida realizar las actividades que conlleva tal participación. 4.2 Podrán presentarse de forma conjunta dos o más personas jurídicas, considerándose en este caso una única oferta. Dichas personas jurídicas quedarán obligadas solidariamente ante la Comisión Nacional de Energía. Estas personas jurídicas necesariamente intervendrán en el procedimiento de la Subasta por medio de un único representante o entidad directora (que actuará por medio de un representante legal), canalizándose exclusivamente con dicho representante o entidad directora todas las comunicaciones y requerimientos con la CNE, así como, en su caso, los cobros y pagos que tengan lugar como consecuencia de la adjudicación. No obstante, para que dos o más personas jurídicas puedan realizar una oferta conjunta, previamente cada una de dichas personas jurídicas deberá estar individualmente inscrita en el Registro de la Subasta. 4.3 Cada persona jurídica únicamente podrá participar en una sola oferta de la subasta, ya sea de forma individual o conjunta.

5. Sesiones informativas y divulgación de la información relativa al proceso de subasta

5.1 La Comisión habilitará los medios de comunicación adecuados para que esté disponible la información relacionada con la subasta que estime oportuno. En particular, los canales habilitados son los siguientes:

Apartado específico en su página web (www.cne.es)

Dirección de correo electrónico: Subastasdeficit@cne.es Teléfono de atención: 91.432.96.93

5.2 Adicionalmente, se celebrarán dos sesiones informativas de contenido equivalente:

Sesión 1.-Lunes 15 de octubre de 2007 a las 11:00 horas en la sede de la Comisión Nacional de Energía, sita en la calle Alcalá 47 de Madrid.

Sesión 2.-Viernes 19 de octubre de 2007 a las 11:00 horas en la sede de la Comisión Nacional de Energía, sita en la calle Alcalá 47 de Madrid.

A dichas sesiones podrán acudir las personas que se hayan acreditado previamente. Para ello, habrán de remitir debidamente cumplimentado el documento recogido en el anexo II del presente Pliego de Bases a la dirección de correo electrónico Subastasdeficit@cne.es con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha de celebración de la sesión informativa a la que pretendan asistir.

Estas sesiones se desarrollarán en castellano con traducción simultánea al inglés. En el caso de que en la Sesión 2 se incorporase, respecto de la anterior Sesión, nueva información relevante, ésta se comunicará a los asistentes de la Sesión 1 por correo electrónico y se publicará en la página web de la CNE. 5.3. La dirección de correo indicada en el Anexo II como «e-mail de contacto de información» se utilizará por el gestor de la subasta para comunicar cualquier información adicional que se considere de interés.

6. Fases y lugar de ejecución del procedimiento de desarrollo de subasta

6.1 El procedimiento de la subasta se desarrollará con las siguientes fases: (1) fase de calificación; (2) fase de presentación y validación de ofertas; (3) fase de celebración de la subasta; (4) fase de comunicación de los resultados; y (5) fase de ingreso de las cantidades asignadas. En el Anexo I aparece un esquema simplificado y un calendario orientativo con los principales hitos de la subasta. 6.2 Todas las fases, salvo comunicación contraria que será publicada en la página Web de la CNE, se desarrollarán en la sede de este organismo, gestor de la subasta, sito en Madrid, Calle Alcalá, número 47. 6.3 a entrega de la documentación requerida para la calificación como agente e inscripción en el Registro de la Subasta o para la presentación de la oferta económica debe realizarse en mano y en soporte papel en el Registro General de la CNE. En cada asiento registral que se practique deberá figurar el número de registro, la fecha y hora de presentación, la naturaleza de la solicitud/escrito, la identificación de la entidad que presenta la solicitud/escrito así como de la/s persona/s firmante y compareciente y un código de participación que se mantendrá en todo el proceso de la subasta. Se entregará copia de la solicitud/escrito presentado con fecha y hora de entrada y código de participación. La documentación aportada por cada solicitante será custodiada por la Comisión Nacional de Energía hasta el momento de la apertura de los sobres con la oferta económica.

7. Constitución y desarrollo de Mesas

7.1 Como órgano colegiado, se constituye una Mesa de Validación con la composición que se determinará mediante Resolución del Consejo de Administración de la CNE publicada en el «BOE» y en la página Web de la CNE con anterioridad a la celebración de su primera sesión. 7.2 Como órgano colegiado, se constituye una Mesa de Adjudicación de la Subasta con la composición que se determinará mediante Resolución del Consejo de Administración de la CNE publicada en el «BOE» y en la página web de la CNE con anterioridad a su celebración. 7.3 Todos los miembros de las Mesas están obligados a guardar sigilo de cuantas informaciones tuvieran conocimiento en cuanto a su condición de componentes de la Mesa. 7.4 Las Mesas celebrarán sus sesiones a puerta cerrada. Las decisiones de las Mesas se tomarán por mayoría simple, con voto de calidad del Presidente en caso de empate. 7.5 Concluida la sesión de cada Mesa, se levantará acta que refleje fielmente lo sucedido y que será firmada por todos los miembros de la Mesa asistentes. Las actas tendrán carácter confidencial.

8. Fase de calificación

La fase de calificación constará, a su vez, de dos etapas que debe cumplir cada agente interesado: (i) etapa de prerregistro y (ii) etapa de validación. Para que un agente quede adecuadamente calificado para participar en la subasta, el prerregistro y la validación deben haberse cumplimentado correctamente en plazo.

8.1 Prerregistro. Las personas jurídicas que pretendan participar en la subasta habrán de solicitar a la CNE su inscripción en el Registro de la Subasta y deberán cumplimentar y presentar en castellano, con traducción jurada en su caso, en soporte papel la documentación que se detalla a continuación. (1) Impreso Solicitud de Registro de la entidad solicitante para su inclusión en el Registro de la Subasta, según el modelo contenido en el Anexo III.A. del presente Pliego de Bases.

(2) Formulario con Información Básica del Solicitante, según modelo contenido en el Anexo III.B del presente Pliego de Bases. (3) Original o copia compulsada de la escritura de constitución o de adaptación de Estatutos Sociales y Estatutos Sociales actuales, debidamente inscritos en el Registro correspondiente de la persona jurídica, o documentos extranjeros equivalentes. (4) Copia compulsada del CIF de la entidad o documentos extranjeros equivalentes. (5) Original o copia compulsada de poder notarial bastante a favor de la persona que, en representación del solicitante, firme los documentos presentados ante la CNE en la fase de prerregistro. (6) Copia compulsada del DNI o documento extranjero equivalente del representante legal de la persona jurídica. (7) Compromiso de no colusión constituido mediante la presentación convenientemente cumplimentada del documento incluido en el Anexo IV, debidamente firmado por apoderado/representante de la persona jurídica con poder bastante. (8) Aval por un importe de un millón de euros prestado por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca autorizados para operar en España, con modelo ajustado al Anexo VIII de este Pliego. El aval se entenderá solidario respecto del/de los obligado/s principal/es, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división y pagadero a primer requerimiento de la Comisión Nacional de Energía. Este aval responderá de la obligación de desembolso del importe total que corresponda al/a los obligado/s principal/es según notificación de adjudicación remitida por la CNE.

Para que dos o más personas jurídicas puedan realizar una oferta conjunta habrán de especificar esta circunstancia en las solicitudes de inscripción adaptándolas a la participación conjunta, la documentación personal aportada se presentará respecto de cada una de las empresas componentes del grupo y el Aval será único para todos los obligados principales. Asimismo, en documento público, estas personas jurídicas deberán responsabilizarse solidariamente del cumplimiento de todas las obligaciones dimanantes de la inscripción en el Registro de Subasta y, en particular, de la adjudicación y, además, deberán nombrar un representante único o una entidad directora (que actuará por medio de un representante legal) con facultades bastantes para actuar en el procedimiento de la subasta, ejercitando los derechos y cumpliendo las obligaciones que se deriven de la adjudicación. Este documento público debe aportarse junto con la Solicitud de Registro.

La fecha límite para entregar en el Registro de la sede de la Comisión Nacional de Energía la Solicitud de Calificación, junto con su documentación anexa será el viernes 26 de octubre de 2007. El horario de presentación de esta documentación será de 9:30 horas a 12:30 horas, de lunes a viernes, excepto días festivos en la ciudad de Madrid.

8.2 Validación.

Una vez finalizado el periodo de prerregistro, la CNE llevará a cabo la validación de la solicitud. Este trámite consistirá en comprobar que las solicitudes de calificación presentadas así como la documentación adjunta se han cumplimentado y entregado de forma correcta y completa. Con este objeto, se celebrará una sesión de la Mesa de Validación el día 26 de octubre a las 13:00 horas.

La Mesa, después de analizar las Solicitudes de Calificación presentadas, en el caso de que observe que alguna Solicitud de Calificación ha sido cumplimentada de forma incorrecta o esté incompleta, adoptará el acuerdo de comunicar esta circunstancia al afectado antes de los dos días hábiles siguientes a la celebración de la Mesa por una doble vía: (1) al número de fax del representante de la entidad indicado en el documento del Anexo III.B, y (2) en la página Web, haciendo referencia a su código de participación y requerirle para que subsane la documentación. El horario de presentación de esta documentación de subsanación será de 9:30 horas a 12:30 horas, los días 29, 30 y 31 de octubre de 2007. Por tanto, la fecha límite de presentación de subsanaciones por parte de los afectados en el Registro de la CNE será el día 31 de octubre de 2007 a las 12:30 horas. El día 31 de octubre de 2007, a las 13:00 horas, se reunirá nuevamente la Mesa de Validación a los efectos de analizar las solicitudes de Calificación presentadas con las subsanaciones recibidas. A la vista de la documentación presentada, la Mesa acordará:

a) Reconocer la condición de Agente Calificado como participante-oferente en la Subasta a celebrar el 7 de noviembre de 2007, inscribir en el Registro de la Subasta a aquella persona jurídica que haya presentado completa y correctamente en plazo su Solicitud de Calificación y remitir a esta persona jurídica, incluyendo el código de participación, una comunicación escrita con dicha circunstancia en el plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de celebración de la Mesa.

b) No reconocer la condición de Agente Calificado como participante en la Subasta a aquellas personas jurídicas que no han presentado ni/o han subsanado en tiempo y forma su Solicitud de Calificación y remitirles una notificación escrita de no calificación como Agentes participantes en el plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de celebración de la Mesa. Las personas jurídicas que no hayan resultado calificadas y, por tanto, no hayan sido inscritas en el Registro de la Subasta, tendrán derecho a la devolución o cancelación de la garantía que hubieran presentado, a partir del momento de la notificación de su no calificación y no inscripción en el Registro de la Subasta.

9. Fase de presentación y validación de ofertas

Los agentes calificados inscritos en el Registro de la Subasta que lo deseen podrán participar en la Subasta a celebrar el día 7 de noviembre de 2007 presentando a la CNE sus ofertas y la Comisión, como gestor de la subasta, las validará con anterioridad a la celebración de la subasta. Dentro de esta fase, se distinguen dos etapas diferentes: (i) presentación de ofertas, (ii) validación de las ofertas.

9.1 Presentación de ofertas.

Cada agente calificado presentará una única oferta económica que tendrá carácter irrevocable, incondicional y vinculante desde el momento de su presentación y, en el caso de resultar adjudicada su oferta, supondrá la automática asunción por parte del oferente de las obligaciones que se deriven de la oferta, en particular, el ingreso de la cantidad que se le adjudique.

Las ofertas deberán realizarse por un importe mínimo de 25 millones de euros o por importes superiores que sean múltiplos de dicha cantidad. En el caso de la presentación de una oferta conjunta por varias personas jurídicas, esta oferta sólo podrá hacerse por el importe mínimo de 25 millones de euros. Las ofertas se presentarán en un sobre cerrado que contendrá exclusivamente la siguiente documentación:

(1) Original o copia compulsada del poder notarial bastante a favor de la persona que, en representación del solicitante, firme la oferta económica y la Declaración Responsable, en el caso de que el representante sea una persona distinta a la que actuó en representación del solicitante en la fase de calificación.

(2) Declaración Responsable, según el documento que se adjunta en el Anexo V «Declaración Responsable», convenientemente cumplimentado (todos los campos rellenos con letra legible) y que deberá estar firmado por la misma persona que firma la oferta económica. (3) Sobre cerrado que contenga únicamente dos documentos:

(i) Oferta económica, según el modelo que aparece en el Anexo VI «Oferta Económica» de este Pliego, firmado por la misma persona que firme la «Declaración Responsable» y convenientemente cumplimentado (todos los campos rellenos con letra legible)

(ii) Comunicación de calificación remitida por la CNE incluyendo el código de participación asignado.

La presentación de las Ofertas en el Registro General de la CNE se realizará el día 5 de noviembre de 2007, en horario de 9:30 horas a 14:30 horas. 9.2 Validación de las ofertas.

Una vez finalizado el periodo de presentación de las ofertas, la CNE llevará a cabo su validación. Este trámite consistirá en comprobar que la documentación se ha cumplimentado y entregado en tiempo y forma.

Con este objeto, se reunirá nuevamente la Mesa de validación el día 5 de noviembre a las 16:00 horas y después de analizar las ofertas presentadas, excepto en su sobre cerrado (3), en el caso de que observe que alguna oferta ha sido cumplimentada de forma incorrecta o está incompleta, adoptará el acuerdo de comunicar esta circunstancia al afectado antes de los dos días siguientes a la celebración de la Mesa por una doble vía: (1) al número de fax del representante de la entidad indicado en el documento del Anexo III.B y (2) en la página Web, haciendo referencia a su código de participación y requerirle para que subsane la documentación presentada. El horario de presentación de esta documentación de subsanación será de 9:30 horas a 12:30 horas el día 6 de noviembre de 2007 y de 9:30 a 12:00 el día 7 de noviembre de 2007. Por tanto, la fecha límite de presentación de subsanaciones por parte de los afectados en el Registro de la CNE será el día 7 de noviembre de 2007 a las 12:00 horas. Finalizado el plazo de subsanación se celebrará nueva Mesa de Validación el día 7 de noviembre de 2007 a las 12:30 horas con el objeto de calificar la documentación de subsanación presentada, acordándose remitir a los agentes afectados notificación con el aceptación o rechazo de la oferta presentada, dependiendo de si su oferta finalmente se ha presentado o no en tiempo y forma.

10. Fase de celebración de la subasta

10.1 La celebración de la subasta, con la consiguiente apertura de las ofertas será realizada por la Mesa de Adjudicación de la Subasta que se celebrará el día 7 de noviembre de 2007 a las 13:00 horas. 10.2 Tras abrir los sobres (3) con la oferta económica, la Mesa calificará todas las ofertas presentadas, declarando su admisión o rechazándolas si no han sido presentadas en tiempo y forma. En todo caso, serán causas de inadmisión las siguientes: si el documento «Oferta Económica» está firmado por una persona diferente de la que firmó la Declaración Responsable, si se presenta en un formato diferente al que se incluye en este Pliego de Bases, si incluye comentarios o cláusulas no contempladas en el mismo, si en su cumplimentación aparecen campos vacíos o los mismos son ilegibles o si la oferta se presenta por un importe no permitido. 10.3 La Mesa de Adjudicación procederá a realizar la casación de las ofertas admitidas, siguiendo el procedimiento descrito en el artículo 8.9 de la Orden PRE/2017/2007:

Las peticiones se ordenarán en orden ascendente en términos del diferencial ofertado.

Se irán aceptando todas las peticiones, siguiendo dicho orden ascendente, hasta que la suma de los importes adjudicados iguale a la fracción del derecho de cobro objeto de subasta o al importe que el gestor determine según el apartado 3 de este Pliego de Bases. Todas las peticiones, cuyo diferencial ofertado sea igual o menor que el máximo aceptado, quedarán automáticamente adjudicadas. En el caso de que se presente un mismo diferencial ofertado en varias ofertas a las que debiera adjudicarse un tramo del importe objeto de la subasta y que el importe pendiente de adjudicación sea inferior a los importes ofertados, el importe pendiente se adjudicará siguiendo la regla de prorrata. A partir de aquí, se calculará el diferencial medio ponderado resultante de las ofertas adjudicadas. Finalmente, el diferencial que se adjudicará a cada una de las ofertas se determinará a partir de las siguientes reglas:

a) Las peticiones cuyo diferencial ofertado sea menor o igual al diferencial medio ponderado se adjudicarán a dicho diferencial medio ponderado.

b) Las peticiones en las que el diferencial ofertado sea mayor al diferencial medio ponderado e inferior o igual al máximo ofertado se adjudicarán al diferencial ofertado de cada una de las peticiones aceptadas.

10.4 La Mesa elevará el Acta al Consejo de Administración de la CNE para éste resuelva la adjudicación y restantes condiciones económicas aplicables.

11. Fase de Comunicación de resultados

11.1 Una vez acordada la adjudicación de la subasta, la CNE notificará a cada uno de los agentes adjudicatarios (i) el importe que les ha sido adjudicado, (ii) el diferencial adjudicado, (iii) los gastos de gestión de la subasta que le correspondan, (iv) el número de cuenta bancaria en el que debe hacerse el desembolso. También se notificará a los Agentes Calificados participantes en la subasta no adjudicatarios este hecho. El modelo de comunicación aparecerá en la página web de la CNE. 11.2 De conformidad con el artículo 8.10 de la Orden PRE/2017/2007, dentro de los dos días hábiles siguientes a la celebración de la subasta, la CNE mediante una Resolución que se publicará en el «BOE» y en su página Web, hará públicos los siguientes resultados:

Importe total adjudicado.

Diferencial marginal de la subasta. Diferencial medio ponderado. Gastos de Gestión de la subasta.

12. Fase de Ingreso de las cantidades asignadas

12.1 De conformidad con el apartado 12 del artículo 8 de la Orden PRE/2017/2007, las entidades adjudicatarias tendrán que desembolsar el importe correspondiente a sus ofertas aceptadas, más los gastos de gestión de la subasta que les correspondan, en la fecha valor correspondiente al tercer día hábil posterior a la publicación en el BOE de los resultados. 12.2 A partir del momento en que la CNE tenga constancia de que el Agente adjudicatario haya desembolsado en la cuenta bancaria la cantidad total que le corresponde en tiempo y forma, tendrá derecho a la devolución o cancelación de la garantía que hubiera presentado. Los Agentes Calificados que no resulten adjudicatarios, tendrán derecho a la devolución o cancelación de la garantía que hubieran presentado, desde el momento de la notificación de su no adjudicación. 12.3 En caso de que los Agentes adjudicatarios incumplan su obligación de desembolso del importe notificado, la CNE ejecutará el aval requerido.

13. Actuación en caso de incumplimiento

El incumplimiento por parte de los Agentes de cualquiera de las obligaciones dimanantes de la legislación de aplicación así como del presente Pliego de Bases se sancionará, en su caso, de conformidad con la normativa vigente

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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