Conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, modificada por el artículo quinto, apartado diecisiete, de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, se dispone la publicación de la revocación de los números de identificación fiscal que figuran en el anexo.
Madrid, 25 de septiembre de 2007.-El Director del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.
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