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Documento BOE-A-2007-18712

Resolución de 3 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias para el desarrollo del programa ciudadanía digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2007, páginas 43862 a 43865 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-18712

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 3 de octubre de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 9 de Agosto de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Ros Perán, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, doña Ana Rosa Migoya Diego, en su calidad de Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias, en la representación que ostenta y especialmente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión celebrada el día 1 de agosto de 2007. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 6 de mayo de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1. 21.ª de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Principado de Asturias, con competencias en el fomento de la aplicación y uso de los servicios de la sociedad de la información entre particulares, empresas e instituciones, es la responsable del diseño y ejecución de dichas políticas en el seno del Gobierno del Principado de Asturias. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas

IV. Asimismo, es interés de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias profundizar en el desarrollo de los objetivos generales recogidos en el documento e-Asturias 2007 Estrategia para el desarrollo de la Sociedad de la Información en el Principado de Asturias, entre los que se encuentran el fomento de una sociedad más libre, culta y formada, así como la mejora del nivel de información y conocimiento de los asturianos. Para el logro de estos objetivos el programa ciudadanía contempla una serie de proyectos y actuaciones cuya puesta en marcha contribuirá directamente a la consecución de estos objetivos V. Que el Programa Ciudadanía Digital enmarcado en el área de actuación de «Hogar e Inclusión de Ciudadanos» del Plan Avanza, se orienta a incrementar el número de usuarios de Internet. Con esta finalidad, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha, en colaboración con las CC.AA, un Plan de Extensión de la Banda Ancha en zonas rurales y aisladas (PEBA) a fin de promover el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet. Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua. Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma. Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo. Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares. Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por las siguientes CLÁUSULAS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI).-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete, por la presente Adenda, a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudadanía Digital en el Principado de Asturias a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Administración del Principado de Asturias.-La Administración del Principado de Asturias se compromete a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudadanía Digital, pudiendo contar con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudadanía Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, se informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Principado de Asturias con fecha 6 de mayo de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular:

La Administración del Principado de Asturias podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público, Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma o fundación privada que lleve a cabo la promoción y desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Artículo 3.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones económicas - Euros

MITYC

591.994

Principado de Asturias

484.358

Total Administraciones Públicas

1.076.352

La distribución de fondos por actuaciones es la siguiente:

Año 2007

Acciones

Finaciadores

Aportaciones económicas - Euros

Servicios participación ciudadana.

MITYC.

441.994

Observatorio accesibilidad web.

MITYC.

150.000

Observatorio SI.

Principado de Asturias.

200.000

Alfabetización digital: Servicios Admón. Electrónica.

Principado de Asturias.

284.358

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Administración del Principado de Asturias, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 591.994 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. La Administración del Principado de Asturias aportará su cofinanciación de las partidas 12.08.521A.485.018 y 12.08.521A.485.013 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2007. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Ciudadanía Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Administración del Principado de Asturias presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. De conformidad con lo estipulado en el Convenio Marco de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración del Principado de Asturias, para el desarrollo del Plan Avanza, de 6 de mayo de 2006, la coordinación y seguimiento de las actuaciones contempladas en la Adenda se ajustará a lo establecido en el citado convenio Marco. Séptimo. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Gobierno del Principado de Asturias para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Servicios de participación ciudadana

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Descripción de la acción: Crear estructuras de relación virtual entre la Administración Autonómica y los ciudadanos que permitan la participación de estos en asuntos públicos de interés. Creación de comunidades virtuales temáticas, foros temáticos, tablones de anuncios, espacios de opinión para someter al ciudadano consultas sobre asuntos de interés público. Y todo ello con los mecanismos de seguridad y confidencialidad que permitan un tratamiento adecuado de los dos datos y las identidades, así como las formas y estilos de participación. Todo ello irá acompañado de acciones de difusión. Objetivos:

1.1 Fomentar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.

1.2 Favorecer la participación de los ciudadanos en las tomas de decisión política. 1.3 Detectar la sensibilidad ciudadano respecto a determinados asuntos de interés general. 1.4 Reforzar las tomas redecisión política mediante el conocimiento de la opinión de los ciudadanos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores de medición serán los siguientes:

Número de servicios puestos en marcha.

Número de participantes.

El número de usuarios, así como los asuntos expuestos a decisión pública no serán relevantes en el 2007, ya que este año será de desarrollo de los servicios y puesta en marcha. En sucesivos años los criterios de números de usuarios y asuntos expuestos a opinión pública pasarán a ser indicadores de medición.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin. 3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

Euros

MITYC

441.994

Principado de Asturias

0

Total

441.994

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Euros

Principado de Asturias

441.994

Total

441.994

5. Periodo de ejecución Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 2. Observatorio accesiblidad web

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Descripción de la acción: Crear un observatorio orientado a ayudar a la admón. autonómica, las administraciones locales y a los organismos que gestionan fondos públicos al cumplimiento de la Ley de Accesibilidad Web. Bajo el concepto de una web para todos y entendiendo que todas las personas, independientemente de su discapacidad, tienen derecho a la información que las administraciones públicas exponen en sus servicios electrónicos, se hace necesario generar mecanismos y herramientas que nos acerquen al objetivo señalado. Objetivos:

a) Diagnosticar la situación de cumplimiento de la ley de Accesibilidad en el ámbito autonómico y en los servicios electrónicos de las distintas administraciones, así como en los sitios web de los organismos que gestionan fondos públicos.

b) Prestar apoyo a los organismos públicos autonómicos así como aquellos que gestionan fondos públicos a la aplicación de la Ley de Accesibilidad web mediante soporte técnico (redacción de pliegos, construcción de documentos de políticas tecnológicos de accesibilidad y validación de desarrollos). c) Construir herramientas orientadas a mejorar el diagnóstico, la validación o la corrección de servicios de administración electrónica.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores de medición serán los siguientes:

Número de sitios web analizados y auditados.

Número de informes. Número de consultorías realizadas. Número de adaptaciones realizadas (este será un efecto diferido a años sucesivos y como consecuencia de la difusión, informes, auditorías y consultorías realizadas).

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

Euros

MITYC

150.000

Principado de Asturias

0

Total

150.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Euros

Principado de Asturias

150.000

Total

150.000

5. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

Actuación 3. Observatorio S.I.

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Descripción de la accion: Ante las numerosas acciones que se realizan en la región en el ámbito de S.I. y financiadas a través de fondos públicos y en el marco de la estrategia nacional (Plan Avanza) y la estrategia regional (e-Asturias 2007), se hace necesario determinar el grado de desarrollo, avance seguimiento y detección de nuevas necesidades. Para ello se crea el observatorio de S.I. Objetivos:

1. Realizar el seguimiento y la monitorización de las acciones de S.I. que se desarrollan en la región independientemente de su fuente de financiación.

2. Monitorizar la estrategia regional de S.I. 3. Catalogar y analizar las competencias de las organizaciones que ejecutan proyectos en materia de sociedad de la información 4. Detectar las deficiencias o nuevas necesidades de intervención sobre las que hay que planificar nuevas actuaciones o correcciones a las acciones existentes. 5. Complementar los análisis cuantitativos realizados por el INE.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores de medición serán los siguientes:

Número de informes realizados.

Evolución de los indicadores establecidos por el Plan Avanza en materia de S.I. y su convergencia con Europa.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

Euros

MITYC

0

Principado de Asturias

200.000

Total

200.000

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Euros

Principado de Asturias

200.000

Total

200.000

5. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

Actuación 4. Alfabetización digital: Servicios de admón. electrónica

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Descripción de la acción: La existencia de servicios electrónicos por parte de las administraciones no es garantía de uso por parte de los ciudadanos. Es por ello que se requieren acciones de difusión, sensibilización y formación para favorecer el uso de los mismos por parte de los ciudadanos. Estas acciones deben intensificarse en las zonas rurales. Las acciones se realizarán aprovechando las infraestructuras públicas de accesos a Internet como son los telecentros. Objetivos:

1. Fomentar el uso de los servicios públicos de la administración electrónica por parte de los ciudadanos.

2. Planificar acciones concretas relacionadas con paquetes se servicios electrónicos públicos. 3. Realizar campañas de difusión 4. Realizar talleres de formación sobre servicios electrónicos específicos 5. Cuantificar el número de usuarios de los servicios de Admón. Electrónica de la administración regional

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores de medición serán los siguientes:

Número de personas participantes en talleres de formación o sensibilización de servicios electrónicos públicos.

Número de talleres realizados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2007

Euros

MITYC

0

Principado de Asturias

284.358

Total

284.358

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008

Euros

Principado de Asturias

284.358

Total

284.358

5. Periodo de ejecución

Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

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