El estudio informativo a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado d), grupo 9, anexo I, del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:
1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Segura.
El proyecto tiene como objeto dar solución a la necesidad hídrica para el riego existente en la zona debido a la persistente sequía reinante. Para ello, se rehabilitará la antigua toma que tenía la Comunidad de Regantes de Ricote en el río Segura llevando a cabo la canalización del agua hasta las infraestructuras de la comunidad de regantes, en las inmediaciones del pueblo de Ricote (Murcia). El proyecto incluye la demolición de la actual estación de bombeo, construyéndose otra en el mismo lugar y sustituyéndose el grupo de bombeo. Se realizará la electrificación mediante una línea subterránea de 400 metros de longitud. Para realizar la impulsión, está prevista la colocación de un total de 800 metros de tubería de fundición dúctil de 250 mm de diámetro. Esta tubería estará montada en el tramo inicial de la impulsión que coincide con ladera de montaña, sobre pilares de hormigón, anclajes u otros apoyos especiales, y en las zonas donde la orografía del terreno lo permita, enterrada en zanja y cubierta mediante una capa de arena de protección. La Comunidad de Regantes de Ricote detraerá del río Segura un volumen máximo de 961.848 m3/año, con un caudal continuo de 30,5 l/s, según resolución administrativa de fecha 5 de diciembre de 1974, manteniéndose siempre el caudal ecológico establecido para ese tramo.
2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.
Las actuaciones objeto del presente estudio se localizan, en el término municipal Ricote (Murcia), concretamente aguas abajo del azud de Ojós, siguiendo hacia el pueblo de Ricote entre dos sistemas montañosos, la Sierra del Salitre y la Sierra Alto de la Umbría.
Espacios naturales protegidos: En la zona de actuación se encuentran el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Sierra de Ricote y La Navela», con códigos ES6200026 y ES0000257, respectivamente. El 94,4 % de estas zonas sensibles corresponden con montes declarados de «Utilidad Pública».
A lo largo del recorrido de la tubería se atraviesan los siguientes hábitat:
856121. Sabinares de Juniperus phoenicea termófilos de carácter rupícola.
433527. Retamares de Genista valentina propios de suelos coluviales y zonas afectadas por incendios. 433316. Murtedas de ramblas algo húmedas bajo ombroclima seco. 433442. Tomillares murciano-meridionales. 721155. Vegetación fisurícola termófila alicantino-murciana. 723041. Tomillares subrupícolas propios de laderas rocosas.
Vegetación: En las riberas del río Segura predominan los cañaverales. Mientras que en la orilla del embalse encontramos carrizal, con algunos pinos, juncos, adelfas y tarays.
En el interior del LIC «Sierras de Ricote y La Navela» están presentes carrascales, comunidades rupícolas y sabinares de Juniperus phoenicea, considerada «vulnerable» en el Decreto 50/2003, de 30 de mayo, por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia. Además se encuentran comunidades de Sedum sediforme, lastones de Brachypodium, comunidades halófilas de Limonium, considerada «vulnerable» en la Región de Murcia y palmito, asociado a coscojales y retamares.
Fauna: En la zona de actuación y dentro del espacio designado como ZEPA destaca el águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), considerada «en peligro de extinción» en la Región de Murcia. Además, están presentes el águila real (Aquila chrysaetos), considerada como «vulnerable», y el halcón común (Falco peregrinus), el búho real (Bubo bubo), y el águila calzada (Hieraaetus pennatus), consideradas como de interés especial en el citado catalogo.
En cuanto a los quirópteros, podemos encontrar, Miniopterus schreibersii, Rhinolophus euryale, Rhinolophus mehelyi, y Myotis emarginatus, considerados como especies vulnerables en los catálogos nacional y/o autonómico de especies amenazadas. Respecto a la fauna del río destacar la presencia de la nutria (Lutra lutra), catalogada «en peligro de extinción» en la Región de Murcia. Mientras que la fauna piscícola está compuesta de barbo (Barbas sclateri), carpa (Cyprinus carpio), black-bass (Micropterus salmoides), anguila (Anguilla anguilla) y boga de río (Chondrostoma polylepis).
Hidrología: El río Segura es el eje hidrológico principal de la Región de Murcia. Además, es utilizado para transportar los recursos del Trasvase Tajo-Segura hasta el azud de Ojós.
La zona de estudio no presenta acuíferos de interés, sin embargo la Sierra de Ricote está incluida dentro de los acuíferos carbonatados de Mula-Aledo.
Paisaje: La zona de actuación se encuentra ubicada entre dos sistemas montañosos, la Sierra del Salitre y la Sierra Alto de la Umbría y una parte del tramo fluvial del río Segura en la cola del embalse de Ojós. El paisaje se caracteriza por ser una zona de media montaña, abrupta y escarpada, con fuertes pendientes.
Tanto al norte como al sur se encuentran formas llanas con abarrancamientos que se corresponden con materiales más arcillosos y formas de diapiros erosionados e irregulares en yesos.
3. Resumen del proceso de evaluación:
3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. 3.1.1 Entrada documentación inicial.-Con fecha 23 de marzo de 2006, se recibe el documento comprensivo del proyecto iniciándose su tramitación.
3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha de 3 de octubre de 2006, estableció un período de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. La relación de consultados se exponen a continuación, señalando que no se recibió ninguna respuesta.
Relación de consultados |
Respuestas recibidas |
D.G. para la Biodiversidad |
- |
Delegación del Gobierno en Murcia |
- |
D.G. de Cultura de la Región de Murcia |
- |
D.G. de Calidad Ambiental de la Región de Murcia |
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Secretaria Autonómica de Desarrollo Sostenible y Protección del Medio Ambiente |
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Ayuntamiento de Ricote |
- |
Departamento de Ecología e Hidrología de la Universidad de Murcia |
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A.D.E.N.A. |
- |
Ecologistas en Acción |
- |
Greenpeace |
- |
S.E.O. |
- |
Amigos de la Tierra |
- |
3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.-Durante el período de consultas previas no se recibieron contestaciones a las consultas. No obstante la Confederación Hidrográfica del Segura remite informe de la Dirección General del Medio Natural de la Región de Murcia en relación al proyecto, de fecha 27 de junio de 2006. En dicho informe destacan las siguientes consideraciones:
Se informará al Jefe de Comarca de la Zona Forestal con anterioridad al comienzo de las obras, así como durante el transcurso de las mismas.
En el caso de que se detecte la reproducción de especies protegidas en las inmediaciones de la zona de actuación, no se llevarán a cabo obras durante el periodo de reproducción, debiendose aplazar las mismas hasta el final de dicho período. La vegetación de ribera afectada por las obras deberá ser restaurada a su estado original. Se realizará un correcto balizamiento de la superficie donde se proyecta actuar y durante la fase de construcción se deberán prevenir los incendios forestales. Todos los residuos generados durante las obras serán trasladados a vertedero autorizado. El promotor indica que todas las consideraciones establecidas serán tenidas en cuenta durante la ejecución de la obra. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente indica al promotor, con fecha 20 de diciembre de 2006, la amplitud y nivel de detalle que debe tener el estudio de impacto ambiental.
3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. 3.2.1 Información pública. Resultado.-La Confederación Hidrográfica del Segura somete a información pública el estudio de impacto ambiental (EsIA) del «Proyecto de impulsión de aguas desde el azud de Ojós a los embalses de la Comunidad de Regantes de la huerta de Ricote. Término municipal de Ricote», mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 2007. Del mismo modo, se emite anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 80, de 9 de abril de 2007.
Con fecha 13 de julio de 2007, se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, el expediente completo, que comprende el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública. Durante el período de información pública se han recibido dos alegaciones remitidas por Ecologistas en Acción de la Región de Murcia. Las principales cuestiones planteadas son las siguientes:
Solicitan que la restauración vegetal de la zona se realice con especies autóctonas, por lo que aporta un listado de especies que considera adecuadas. Además indica que el periodo de plantación debe estar comprendido entre los meses de octubre y febrero. El promotor señala como óptimas las especies señaladas por Ecologistas en Acción. Respecto al período de plantación el promotor determina que el periodo se limitará hasta el mes de marzo, siempre y cuando existan las condiciones óptimas de los meses precedentes.
Se solicita conocer el caudal concedido. El promotor informa que por resolución de 5 de diciembre de 1974 se concede un caudal continuo de 30,5 l/s para el riego de 188,72 ha. La extracción de aguas se realizará en función de los caudales circulantes por el río y manteniendo el caudal ecológico del mismo. En la actualidad se están revisando las características de los aprovechamientos, adaptando las dotaciones antiguas a las establecidas en el Plan Hidrológico de Cuenca, siendo en cualquier caso, menores a las que se consideraban años atrás. Los trabajos no deben acometerse en los meses de nidificación de las aves, entre enero y julio. El promotor informa que tal como indica el EsIA, durante el periodo de nidificación y cría de rapaces y otras especies singulares de fauna, no se realizarán desbroces u operaciones ruidosas. En la zona escarpada es conveniente recolocar las rocas que puedan desplazarse, se descompactarán los accesos utilizados y se plantarán en ellos especies como el esparto, el lentisco y la efedra. El promotor recuerda que se realizará una restitución de la zona de manera que vuelva a su estado inicial, incluyendo la plantación de las especies citadas. El cerramiento para evitar la intrusión de la fauna debe minimizarse lo más posible, respecto a lo cual, el promotor indica que el cerramiento solo se aplicará a la caseta del motor y no al trazado de la tubería. Debido a la presencia de fauna nocturna como búhos y murciélagos es importante evitar la contaminación lumínica de la nueva instalación. Al no realizarse trabajos nocturnos el promotor asegura que no es preciso el aporte de luz, tampoco se contempla la necesidad de que se requiera un foco exterior permanente.
Se establecen una serie de consideraciones técnicas en cuanto a la reactivación del punto de toma original. El promotor indica que acepta todas estas consideraciones siempre que sean técnicamente viables para la ejecución del proyecto, integrándolas en el EsIA. 3.2.2 Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado.-Con fecha 12 de febrero de 2007 la Confederación Hidrográfica del Segura envía copia del EsIA y del proyecto, y efectúa consulta a la Consejería de Industria y Medio ambiente y Consejería de Educación y Cultura, ambas de la Región de Murcia, así como a la Dirección General para la Biodiversidad perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente.
Con fecha 19 de abril de 2007 la Dirección General de Cultura de la Región de Murcia emite informe indicando que aunque hay constancia documental de yacimientos arqueológicos en la zona, considera que el EsIA resuelve las incidencias sobre el Patrimonio Histórico e informa favorablemente el proyecto. Asismismo indica que si se produjera hallazgo arqueológico casual se paralizarán los trabajos y se comunicará a la Dirección General de Cultura según la Ley de Patrimonio Histórico Español artículo 44.1. Esta medida es tenida en cuenta por el promotor dentro del EsIA. Con fecha 29 de junio de 2007 la Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Región de Murcia envía como respuesta copia del informe de fecha 27 de junio de 2006, cuyas consideraciones ambientales han sido tenidas en cuenta en la documentación ambiental recibida del proyecto.
4. Integración de la evaluación. 4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-En cuanto a la planificación de la canalización se optó por utilizar la ubicación ya existente, reemplazándola por otra en buenas condiciones. Sin embargo, por la complejidad de acceso de algunas zonas se plantean diferentes alternativas para el proceso constructivo:
Izado de la tubería mediante cables, poleas, traster, etc.
Izado de la tubería mediante helicóptero.
El promotor propone finalmente colocar los tubos mediante un helicóptero de carga que distribuirá por la zona de más difícil acceso tanto los tubos como los materiales necesarios para la ejecución de los macizos de hormigón. Con esta opción se evita el montaje de las torres y el sistema de izado de las tuberías, reduciéndose el tiempo de trabajo con el helicóptero así como el coste de la obra y los posibles impactos negativos.
En cuanto a la electrificación, existía la posibilidad de realizarla mediante un trazado aéreo o subterráneo. Finalmente se optó por enterrarla con objeto de minimizar la afección sobre la avifauna de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). 4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida, y medidas preventivas y correctoras previstas por el Promotor.-Se resumen a continuación los principales efectos ambientales de las actuaciones, como consecuencia de la implantación de las infraestructuras proyectadas.
Afección sobre la vegetación: En la actualidad, la canalización existente se encuentra sobre piedras grandes de escollera, por lo que existe poca vegetación en estos tramos del trazado. Únicamente en las zonas de mayor pendiente la vegetación ha ido invadiendo las márgenes de la tubería. Se despejarán los caminos de acceso al pinar que se utilizaron para realizar la obra de canalización de los años 70, que se encuentran en mal estado y en algunos puntos están cubiertos por la vegetación.
Para la ejecución de la obra es necesario disponer de una franja de terreno de 20 m. de ancho, donde posteriormente se instalará la tubería, con objeto de emplazar maquinaria y utillajes. Debido a lo cual, la vegetación presente en esa franja será eliminada. En caso de que fuera necesario eliminar algún pie arbóreo, se solicitarán los permisos pertinentes a la Consejería de Medio Ambiente, antes del comienzo de las obras. El EsIA indica que se implantará una nueva cubierta vegetal en la mayor parte de la traza, especialmente en los desmontes, terraplenes, canteras y vertederos con especies arbustivas, arbóreas, herbáceas e hidrosiembras autóctonas, procedentes de viveros acreditados. Igualmente como cuidados posteriores a las plantaciones se realizarán binas, escardas y aporcados, riegos de mantenimiento repartidos desde el inicio hasta el final de la época estival, y durante el año posterior a la plantación, se realizarán labores de reposición de marras. Asimismo, el promotor afirma que las labores de revegetación se harán bajo supervisión técnica medioambiental y controlando que las actuaciones previstas se realicen según las consideraciones del informe emitido por la Consejería de Industria y Medio Ambiente de Murcia.
Afección sobre la fauna: Con objeto de evitar la afección a especies como el búho y la nutria, al ser ambos de hábitos nocturnos, en el EsIA se indica que la ejecución de las obras se paralizará durante la noche.
Asimismo, se paralizarán las obras durante el periodo de reproducción y cría de las especies singulares de la zona, incluidas las aves. Esta medida se complementará con la vigilancia durante las obras y en el entorno de éstas, así como en la zona del río afectada, para detectar la presencia de la nutria y otras especies singulares, informando en caso positivo a la Consejería de Industria y Medio Ambiente de Murcia. Al situarse el proyecto en una ZEPA, el promotor indica que la línea eléctrica necesaria para el bombeo será soterrada para evitar la posible colisión y electrocución de las aves. Con objeto de evitar la intrusión de fauna, el promotor instalará un cerramiento con una malla progresiva alrededor de la caseta del motor junto al río, de forma que en la parte basal el entramado sea más denso. Asimismo, dado que muchos micromamíferos son excavadores, se considerará el enterramiento de 30 cm básales de la malla por debajo de la cota del terreno y su reforzamiento con una barra metálica o cable dada la presencia de jabalí en la zona. La distancia considerada entre postes será de 3 metros y a causa de la presencia de zorro en la zona, la altura de la valla de cerramiento estará entre 1,6 y 1,8 metros. La tubería de impulsión podría producir un efecto barrera sobre la fauna, al impedir el transito entre ambos lados de la tubería. El promotor evita esta afección al disponer los apoyos de sujeción de la tubería de tal forma que pueden ser atravesados por los vertebrados. En relación a la fase de explotación, el EsIA indica que la impulsión existente hacia el canal del trasvase Tajo-Segura a escasos metros de la toma del proyecto, hace que el incremento del ruido provocado por la extracción del presente proyecto sea prácticamente inapreciable. No obstante el EsIA indica que se cumplirán las condiciones de aislamiento anti-ruido de la instalación del nuevo motor de impulsión, se ha previsto un incremento en el nivel de insonorización del generador mediante su realojamiento en caseta y se cumplirá en todo momento la legislación vigente.
Afección sobre el paisaje: La instalación de una tubería en un entorno no urbano podría ocasionar un impacto visual, que en este caso no es relevante, al tratarse de la sustitución de una canalización ya existente. No se produce afección a las vías pecuarias del área de estudio. Afección al Patrimonio Histórico-Artístico:
El promotor informa que los yacimientos arqueológicos presentes en la zona de estudio se han considerado condicionantes a la hora de realizar el trazado, y por ello se ha evitado cualquier afección sobre los mismos. Aún así, el promotor realizará una prospección arqueológica de la franja de afección del trazado, a cargo de una persona competente y autorizada para tal fin.
Así mismo el promotor indica que en el caso de que durante la obras se realizase el hallazgo de un yacimiento no conocido en la actualidad, se procederá de acuerdo a lo recogido en la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español.
Permeabilidad territorial: Las conducciones discurrirán por zonas de Dominio Público Hidráulico, por el Monte de Utilidad Pública (MUP) n.º 25 del C.U.P, y en su parte final junto a un camino de servicio. El promotor indica que se realizarán las estructuras necesarias para mantener la permeabilidad territorial y se repondrán todos los servicios afectados. 5. Condiciones al proyecto. El promotor realizará una adecuada gestión de los residuos procedentes de las fases de demolición y de construcción del proyecto. Se realizará una codificación de los residuos producidos según la lista europea de residuos publicada por orden MAM/304/2002, de 8 de febrero. Se indicarán las medidas de prevención que se establecerán, el destino previsto (reutilización, valorización o eliminación), las medidas de separación de los residuos en obra e instalaciones destinadas a su gestión. Asimismo se realizará un inventario de los residuos peligrosos generados con objeto de prever su retirada selectiva. Del mismo modo se llevará a cabo una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos producidos. 6. Especificaciones para el seguimiento ambiental. El estudio de impacto ambiental presentado por el promotor incorpora un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de las afecciones y la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en dicho estudio. El programa de vigilancia ambiental contempla las fases de construcción y de explotación.
Los aspectos que serán objeto de seguimiento son la delimitación del perímetro de obra, protección de la fauna, localización de instalaciones auxiliares y restauración del área afectada, control de los niveles de emisión sonora, protección atmosférica e hidrológica, vigilancia de la erosión y estabilidad de suelos y taludes, vigilancia de la protección de especies y comunidades singulares de flora y fauna, seguimiento de la restauración de la cubierta vegetal, vigilancia del mantenimiento de la permeabilidad territorial, etc. El promotor deberá explicitar el «Boletín Oficial del Estado» en el que se publica la DIA, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado. En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 25 de septiembre de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto 20060109CON «Proyecto de impulsión de aguas desde el azud de Ojós a los embalses de la Comunidad de Regantes de la Huerta de Ricote. Término municipal de Ricote», concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y con las medidas protectoras y correctoras anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.
Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Segura para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 18 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
Madrid, 26 de septiembre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.
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