Visto el expediente de indulto de don Zacarías Marcos Cordero, condenado por la Audiencia Provincial, Sección Segunda, de León, en sentencia de 22 de febrero de 2006, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de octubre de 2007,
Vengo en conmutar a don Zacarías Marcos Cordero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de octubre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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