El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, han suscrito el 25 de septiembre de 2007, una prórroga del Convenio Marco de colaboración, firmado el 28 de julio de 2006, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico y planes de control de tensión en Castilla-La Mancha, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, cuyo texto figura a continuación.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 18 de octubre de 2007.-EL Secretario General de Energía, Ignasi Nieto Magaldi.
En Madrid a 25 de septiembre de 2007.
REUNIDOS
El Sr. D. Ignasi Nieto Magaldi, Secretario General de la Energía del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto 1556/2005, de 23 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 2006.
El Sr. D. José Manuel Díaz-Salazar Martín de Almagro, Consejero de Industria y Sociedad de la Información de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado por Decreto 104/2007, de 2 de julio, en ejercicio de las competencias otorgadas por el Decreto 132/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Industria y Sociedad de la Información. En función de sus respectivos cargos,
EXPONEN
Que en fecha 28 de julio de 2006, se firmó el Convenio-Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Industria y Tecnología de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico y planes de control de tensión en la Comunidad Autónoma.
Que el Real Decreto 1556/2005, de 23 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 2006, en su artículo 4 sobre planes de calidad de servicio establece:
«De acuerdo con el artículo 48.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre y su normativa de desarrollo, se incluye en la tarifa del año 2006, dentro de los reconocidos para la retribución de la distribución, una partida específica que no podrá superar los 90.000 miles de euros con objeto de realizar inversiones en instalaciones para mejorar la calidad del servicio en zonas donde se superen los índices de calidad establecidos para la actividad de distribución, 10.000 miles de euros se destinarán a planes para realizar la limpieza de la vegetación de las márgenes por donde discurran líneas eléctricas de distribución.
La ejecución de esta partida deberá realizarse en régimen de cofinanciación con las Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas, mediante Convenios de Colaboración que contemplen planes de mejora de calidad de servicio suscritos entre la Secretaría General de la Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y las Comunidades y Ciudades de Ceuta y Melilla que incluyan inversiones en instalaciones de distribución en las zonas citadas. La Comisión Nacional de la Energía abrirá una cuenta en régimen de depósito a estos efectos y la comunicará mediante Circular publicada en el «Boletín Oficial del Estado», donde irá ingresando en cada liquidación la parte que le corresponde a este fin. Dicha cuenta se irá liquidando a las empresas distribuidoras previa autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas una vez realizada la puesta en marcha de las instalaciones incluidas en los convenios citados.»
Por otra parte, la cláusula sexta del convenio suscrito de acuerdo con la tarifa correspondiente al ejercicio 2005, establece que,
«La vigencia del convenio será de dos años a contar desde la fecha de su firma sin perjuicio de que si existiera partida tarifaria en años sucesivos pueda ser prorrogado en los términos, cuantías y obras que se establezcan de común acuerdo, siempre que ninguna de las zonas esté incluida en un plan de más de dos años, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107.2.b) del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En todo caso, podrá finalizar por:
Finalización de los trabajos con anterioridad a la fecha límite de vigencia del convenio.
Denuncia fehaciente de alguna de las partes comunicada al menos con un mes de antelación. Incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones previstas en el mismo.»
ACUERDAN
Que, toda vez que existe partida tarifaria para el ejercicio presupuestario de 2006 y no han variado las condiciones del convenio que se prorroga, resultando vigente y de plena aplicación las estipulaciones del Convenio-Marco suscrito por las partes con fecha 28 de julio de 2006, están de acuerdo con dicha prórroga y la misma tendrá una vigencia de dos años a contar desde el día siguiente a la firma de la presente prórroga.
Asimismo, incluir las obras del programa para la mejora de la calidad del servicio, propuestas por el órgano competente de la comunidad autónoma, los planes de control de tensión y planes para realizar la limpieza de la vegetación de las márgenes por donde discurran líneas eléctricas de distribución, que figuran en los anexos I, II y III del presente documento. La inversión total de las obras a realizar con cargo a la presente prórroga, asciende a un máximo de 25.703.835,88 euros, de los cuales 19.090.767,47 van destinados a planes de mejora de calidad, 4.773.164,91 euros destinados a planes de control de tensión y 1.839.903,51 euros para planes de limpieza de vegetación de las márgenes por donde discurren líneas eléctricas de distribución, con el desglose de financiación previsto en el cuadro siguiente:
Financiación de los proyectos (importes máximos) |
||||||||||
Tarifa 2006 |
CC.AA. |
Empresas |
Total inversión |
|||||||
Calidad+Tensión |
% |
Limpieza Márgenes |
% |
Calidad+Tensión |
% |
Calidad+Tensión |
% |
Limpieza Márgenes |
% |
Euros |
4.772.786,47 |
20 |
551.971,05 |
30 |
2.386.393,24 |
10 |
16.704.752,67 |
70 |
1.287.932,46 |
70 |
25.703.835,89 |
La aportación de la cantidad a aportar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será objeto de imputación a la partida presupuestaria G722A/77555, de acuerdo con la planificación de ejecución de obras que quedará especificada para cada una de ellas en los acuerdos específicos que se firmen con las compañías distribuidoras como desarrollo de esta prórroga al Convenio Marco, con el siguiente desglose por anualidades:
Anualidad 2007: 911.749,53 euros.
Anualidad 2008: 1.474.643,71 euros.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en cuyo contenido se afirman y ratifican, suscriben la presente prórroga por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
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