Por Resolución de 10 de abril de 2006 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 21 de abril), de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se convoca procedimiento selectivo de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño. Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, por Resolución de 2 de julio de 2007 (B.O.P.A. de 17 de julio), se declaran aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 24 de octubre de 2006. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 10 de abril de 2006, que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo de la Administración del Estado por el que han superado el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2007. Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 24 de octubre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Subsecretario de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.
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