De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 284 de la Ley Hipotecaria y 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario, se anuncian para su provisión por concurso entre miembros del Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles las vacantes existentes al día de la fecha según se relacionan en el anexo I a la presente resolución. Como consecuencia de las modificaciones legislativas introducidas por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, por la que se aprobó el Estatuto de Autonomía de Cataluña (artículo 147.1.a) esta Comunidad Autónoma ha asumido competencia ejecutiva en lo relativo a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías existentes vacantes en el referido ámbito territorial. Atendida la asunción de competencias ejecutivas por dicha Comunidad Autónoma referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos, se hace preciso que exclusivamente para este concurso se adopten medidas específicas de coordinación entre las Administraciones Públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre las Direcciones Generales de los Registros y del Notariado y de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada Administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial. Igualmente, y con las características expuestas, el tiempo transcurrido desde el último concurso, así como las necesidades del servicio público consecuencia de la última demarcación registral aprobada por el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, con las modificaciones introducidas en la corrección de errores del citado Real Decreto publicado en el «BOE» de 9 de junio de 2007, exigen la inmediata convocatoria de un concurso para proveer los Registros vacantes. La Orden JUS/3132/2007, de 23 de octubre, por la que se dictan normas para la interpretación y ejecución del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, acuerda en su artículo 2 que la Dirección General de los Registros y del Notariado provea en concurso ordinario en el año 2007 los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles creados por el citado RD que se encuentran relacionados en el anexo I de dicha Orden.
Primero. Plazas.-Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio del Estado, con excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña, existentes hasta la fecha.
Segundo. Modelo de presentación.-Las solicitudes, que se ajustarán al modelo publicado como anexo II y II/1 de esta resolución, estarán accesibles en la dirección: www.justicia.es.>empleo público>concursos de provisión de puestos>registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles>convocatoria. La solicitud para tomar parte en esta convocatoria será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña y que, por tanto, figuren en la convocatoria que la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña. En la solicitud se indicará el orden de preferencia si se pidiera más de un Registro. Tercero. Plazos de presentación de solicitudes.-Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», o a partir del día siguiente a la publicación en el último diario oficial, en el caso que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», de acuerdo con el régimen de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo y Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de noviembre de 2003. Cuarto. Lugar de presentación de solicitudes.-La solicitud podrá presentarse tanto en el Registro General del Ministerio de Justicia, como en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, como en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, y artículo 2 del RD 772/1999. En caso que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las restantes solicitudes. Quinto. Resolución.-La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de los Registros y del Notariado dictará resolución dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la finalización del de presentación de solicitudes, que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio del Estado con excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con el objeto de que por el órgano competente de las mismas se proceda al nombramiento de los Registradores que deban ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.
Madrid, 7 de noviembre de 2007.-La Directora General de los Registros y del Notariado, Pilar Blanco-Morales Limones.
ANEXO I Concurso número 273
Comunidad Autónoma de Andalucía
Almería:
Adra.
Almería número 5. El Ejido número 1. Mercantil y de Bienes Muebles de Almería. Mojácar.
Cádiz:
Algeciras número 3.
Conil de la Frontera. Chipiona. La Línea de la Concepción. San Fernando número 1. Vejer de la Frontera. Villamartín.
Córdoba: Córdoba número 1.
Córdoba número 5. Córdoba número 6. Córdoba número 7. Mercantil y de Bienes Muebles de Córdoba. Palma del Río.
Granada: Armilla.
Granada número 5. Granada número 8. Granada número 9. La Zubia. Santa Fe número 1.
Huelva: Almonte.
Ayamonte. Huelva número 2. Huelva número 4. Mercantil y de Bienes Muebles de Huelva. Punta Umbría.
Jaén: Mercantil y de Bienes Muebles de Jaén. Málaga: Fuengirola número 2.
Fuengirola número 3. Málaga número 1. Málaga número 5 (D.A. 3.ª: Málaga número 16). Málaga número 11. Málaga número 12. Málaga número 13. Málaga número 14. Málaga número 15. Marbella número 5. Marbella número 6. Marbella número 7. Mercantil y de Bienes Muebles de Málaga III. Mercantil y de Bienes Muebles de Málaga IV. Mijas número 3. Vélez-Málaga número 1. Vélez-Málaga número 2.
Sevilla: Alcalá de Guadaira número 1.
Camas. Dos Hermanas número 1. Dos Hermanas número 3. La Rinconada. San Juan de Aznalfarache. Sanlúcar la Mayor número 2. Sevilla número 15. Sevilla número 16. Sevilla número 17.
Comunidad Autónoma de Aragón
Huesca:
Sabiñánigo.
Sariñena.
Teruel: Albarracín. Zaragoza: Ateca.
Belchite. Mercantil y de Bienes Muebles de Zaragoza II. Tarazona. Zaragoza número 4. Zaragoza número 8.
Principado de Asturias
Asturias:
Gijón/Xixón número 2.
Gijón/Xixón número 4. Gijón/Xixón número 6. Mercantil y de Bienes Muebles de Oviedo II. Oviedo número 1. Oviedo número 3 (D.A. 3.ª: Oviedo número 6). Tineo.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Illes Balears:
Alcùdia.
Eivissa número 1 y Mercantil. Eivissa número 3. Eivissa número 4. Manacor número 2. Mercantil y de Bienes Muebles de Palma de Mallorca II. Palma número 3 (D. A. 3.ª: Palma número 12). Palma número 11.
Comunidad Autónoma de Canarias
Las Palmas:
Corralejo.
Las Palmas de Gran Canaria número 3 (D.A. 3.ª Las Palmas de G.C. número 7). Mercantil y de Bienes Muebles de Las Palmas de Gran Canaria II. Pájara (1). Santa Lucía de Tirajana. Teguise. Telde número 2. Telde número 3.
Santa Cruz de Tenerife: Arona.
Guía de Isora. Güímar. Los Realejos. Mercantil y de Bienes Muebles de Santa Cruz de Tenerife II. San Cristóbal de la Laguna número 2. San Miguel de Abona.
Comunidad Autónona de Cantabria
Cantabria:
El Astillero.
Potes. Santander número 1. Santander número 5. Torrelavega número 1.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Ávila:
Ávila número 1 y Mercantil y de Bienes Muebles de Ávila.
Piedrahíta.
Burgos: Burgos número 4.
Mercantil y de Bienes Muebles de Burgos. Villadiego.
León: Mercantil y de Bienes Muebles de León. Palencia: Baltanás.
Carrión de los Condes. Palencia número 3. Saldaña.
Salamanca: Salamanca número 5. Segovia: Riaza. Valladolid: Valladolid número 7. Zamora: Villalpando.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Albacete:
Villarrobledo.
Ciudad Real: Mercantil y de Bienes Muebles de Ciudad Real.
Piedrabuena. Socuéllamos.
Cuenca: Belmonte.
Motilla del Palancar.
Guadalajara: Guadalajara número 1 y Mercantil y de Bienes Muebles de Guadalajara.
Molina de Aragón.
Toledo: Illescas número 3.
Comunitat Valenciana
Alacant/Alicante:
Aspe.
Benissa. Elche/Elx número 2. Elche/Elx número 5. Guardamar del Segura. Jijona/Xixona. Mercantil y de Bienes Muebles de Alacant/Alicante III. Mercantil y de Bienes Muebles de Alacant/Alicante IV. San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig. Villajoyosa/La Vila Joiosa número 1.
Castellón/Castelló: Benicarló.
Castellón de la Plana/Castelló de la Plana número 2. Castellón de la Plana/Castelló de la Plana número 5. Lucena del Cid. Oropesa del Mar/Orpesa número 1.
València/Valencia: Alzira número 1.
Burjassot. Chiva número 1. La Pobla de Vallbona. Mercantil y de Bienes Muebles de València/Valencia V. Mercantil y de Bienes Muebles de València/Valencia VI. Paterna número 1. Puçol. Torrent número 1. Torrent número 3. Xirivella.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Badajoz:
Badajoz número 2.
Villafranca de los Barros.
Cáceres: Cáceres número 2.
Hervás. Hoyos.
Comunidad Autónoma de Galicia
A Coruña:
A Coruña número 3.
Arteixo. Ferrol. Mercantil de Santiago de Compostela. Narón. Padrón.
Lugo: Sarria. Ourense: Mercantil y de Bienes Muebles de Ourense.
Ourense número 3.
Pontevedra: Mercantil y de Bienes Muebles de Pontevedra II.
Pontevedra número 2.
Comunidad de Madrid
Madrid:
Alcalá de Henares número 2.
Alpedrete. Arganda del Rey número 1. Chinchón. Ciempozuelos. Collado Villalba número 1. Collado Villalba número 2. Colmenar Viejo número 2. Guadarrama. Las Rozas de Madrid número 1. Las Rozas de Madrid número 2. Madrid número 13. Madrid número 15. Madrid número 31. Madrid número 43. Madrid número 47 (D.A. 3.ª: Madrid número 45). Madrid número 55 (D.A. 3.ª: Madrid número 56). Meco. Mercantil Central III. Mercantil y de Bienes Muebles de Madrid XVIII. Mercantil y de Bienes Muebles de Madrid XIX. Moralzarzal. Pozuelo de Alarcón número 2. San Agustín del Guadalix. San Lorenzo de El Escorial número 2. Torrejón de Ardoz número 3. Torrelodones. Villaviciosa de Odón.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Murcia:
Alhama de Murcia.
Archena. Jumilla. La Unión número 1. Lorca número 3. Mercantil y de Bienes Muebles de Murcia III. Molina de Segura número 1. Molina de Segura número 2. Murcia número 3. Murcia número 9. Santomera. Torre-Pacheco.
Comunidad Foral de Navarra
Navarra:
Aoiz/Agoitz número 2.
Pamplona/Iruña número 8.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Álava:
Laguardia/Biasteri.
Mercantil y de Bienes Muebles de Álava.
Guipúzcoa: Tolosa número 1.
Tolosa número 2.
Vizcaya: Amorebieta-Etxano.
Bilbao número 4. Bilbao número 5. Bilbao número 12. Bilbao número 13.
Comunidad Autónoma de La Rioja
La Rioja:
Logroño número 4.
Logroño número 5. Mercantil y de Bienes Muebles de Logroño.
(1) Real Decreto 1121/2005, de 26 de septiembre, «BOE» de 7 de octubre de 2005.
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