Visto el expediente de indulto de don Ramón Sangra Bernadi, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección quinta, en sentencia de 24 de enero de 2000, como autor de un delito permanente contra el medio ambiente, a la pena de cuatro años de prisión y multa de 24 meses con una cuota diaria de 10.000 pesetas, e inhabilitación especial para el ejercicio de actividades industriales por tiempo de tres años, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1993 a 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de enero de 2007,
Vengo en conmutar a don Ramón Sangra Bernadi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia y a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de enero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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