Por Resolución de 22 de febrero de 2007, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2 de marzo de 2007), se convocó procedimiento selectivo, turno especial, para acceso a los cuerpos docentes no universitarios del personal laboral fijo que realiza funciones docentes, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Concluido el citado procedimiento, por Resolución de 20 de septiembre, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 3 de octubre), se aprueba el expediente del procedimiento selectivo convocado por la anteriormente citada Orden de 22 de febrero de 2007. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley; Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros a los seleccionados en el concurso-oposición convocado por Resolución de 22 de febrero de 2007, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo de la Administración del Estado por el que han superado el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de febrero de 2008. Tercero.-Contra esta Orden, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 29 de octubre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Subsecretario de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid