Suscrito el 3 de octubre de 2007, Convenio Específico para el año 2007 del Protocolo General de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Departamento de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 7 de noviembre de 2007.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.
ANEXO Convenio Específico para el año 2007 del Protocolo General de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Departamento de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón
En Madrid, a 3 de octubre de 2007.
REUNIDOS
De una parte, don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 961/2007, de 6 de julio, «BOE» de 9 de julio, en representación del Gobierno de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el Apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998, sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas («BOE» de 16 de julio de 1998), de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
De otra, la señora doña Luisa María Noeno Ceamanos, Consejera de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón, debidamente facultada para este acto por Decreto de la Presidencia de 6 de julio de 2007 («BOA» 81, de 9 de julio de 2007).
EXPONEN
Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y el Departamento de Salud y Consumo de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,
ACUERDAN
Primero.-Que la actuación del Departamento de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón en el año 2007 se concretará en el desarrollo de los programas:
Programa de formación para la prevención y atención precoz del consumo de cocaína: 2.000,00 €.
Programa de formación para la prevención y atención del consumo de cocaína en el medio laboral: 10.000,00 €. Formación sobre drogodependencias, especialmente cocaína, para formadores en opinión: 5.000,00 €. Programa interactivo de prevención de drogodependencias a través de la Red: 30.000,00 €. Prevención de drogodependencias dirigida a jóvenes a través del teatro: 25.000,00 €. Programa destinado a mujeres afectadas por la problemática de la drogadicción: 12.000,00 €. Recogida de datos de los indicadores de Urgencias Hospitalarias en consumidores de drogas psicoactivas y mortalidad por reacción aguda a sustancias psicoactivas en la C A. Aragón: 10.000,00 €.
Segundo.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 25 de abril de 2.007, con un total de 94.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.
Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el Departamento de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos. Cuarto.-Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por el Departamento de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el ejercicio 2007. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público Sexto.-El presente Convenio queda excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados. Firmado.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms. La Consejera de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón, Luisa María Noeno Ceamanos.
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