Visto el expediente de indulto de don Óscar Chavarría Gutiérrez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Gerona-Girona, en sentencia de fecha 6 de mayo de 2003, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2007,
Vengo en conmutar la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por un año de trabajos en beneficio de la comunidad y multa de un año, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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